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Calculadora de la prestación CUME: cuánto cobras por cuidar a un hijo con cáncer

Calculadora de la prestación CUME, solo para España. Escribe tu sueldo, cuánto reduces la jornada (al menos la mitad) y los meses de cuidado, y verás cuánto te paga la mutua al día, al mes y en total, y cuánto cubre de lo que dejas de cobrar.

Solo España · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en euros (€)
€

Se divide entre 12 y se ajusta a las bases mínima y máxima de 2026.

%

La prestación exige reducir al menos el 50 %. De 8 a 4 horas al día es un 50 %.

¿Quién cuida al menor?
meses
Opciones avanzadas
años

Se cobra hasta los 18 años; hasta los 23 o 26 en algunos casos.

€

Sale en tu nómina. Si la escribes, se usa en lugar del sueldo bruto. Deja 0 si no la sabes.

€

Se dividen entre 365 y se suman a tu base diaria.

€

Grupos 4 a 11: 1.424,40 €. Grupo 3: 1.435,20 €. Grupo 2: 1.649,70 €. Grupo 1: 1.989,30 €.

€
años

Para comprobar el mínimo de cotización.

días
días
Cobras al mes 1.249,95 € 50 % de tu base reguladora, en bruto
Cobras en 12 meses 14.999,40 € en bruto, antes del IRPF
Al día 41,67 € base reguladora de 83,33 € al día

Cobras el 100 % de tu base por la parte de jornada que reduces: 1.249,95 € al mes, que cubre casi todo lo que dejas de cobrar de sueldo (1.250,00 € al mes).

Base de cotización al mes que se usa
2.500,00 €
Base reguladora al día
83,33 €
Sueldo bruto al mes antes de reducir
2.500,00 €
Sueldo que dejas de cobrar al mes
1.250,00 €
Sueldo que sigues cobrando al mes
1.250,00 €
Sueldo más prestación al mes
2.499,95 €
Se cobra hasta que el hijo cumpla
18 años
Lo que cobras al mes
  • Sueldo
  • Prestación
Cómo se ha calculado, con tus números
  1. Base del mes = 2.500,00 €; base reguladora diaria = 2.500,00 € ÷ 30 = 83,33 €
  2. Prestación al día = 83,33 € × 50 % = 41,67 €
  3. En 12 meses (de 30 días) = 14.999,40 €

Solo para España, trabajadores por cuenta ajena.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación en bruto: la prestación tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo (no está entre las exentas del artículo 7 de la Ley del IRPF) y lleva retención.
  • La paga la mutua colaboradora con la Seguridad Social (o la entidad gestora) de tu empresa. Tu empresa te paga el sueldo de la jornada que sigues trabajando.
  • La prestación llega hasta que el hijo cumpla 18 años (hasta los 23 si la enfermedad persiste y se diagnosticó antes de los 18, y hasta los 26 con una discapacidad del 65 %). Mientras la enfermedad exija cuidado directo, continuo y permanente.
  • Las reglas son las del Real Decreto-ley 31/2026, en vigor desde el 23-10-2026 y pendiente de convalidar en el Congreso. Si no se convalida o se cambia, las reglas (por ejemplo, el 50 % cuando cuidan los dos a la vez) podrían ser otras.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Boletín Oficial del Estado · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de la prestación CUME: cuánto cobras por cuidar a un hijo con cáncer · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Con 30.000 € brutos al año y una reducción de jornada del 50 %, la prestación CUME es de 1.249,95 € al mes y de 14.999,40 € en 12 meses, en bruto.
  • La prestación CUME paga el 100 % de tu base reguladora por la parte de jornada que reduces: con una base de 2.500,00 € al mes y un 50 %, cobras 1.249,95 € al mes.
  • Si cuidan los dos progenitores a la vez, cada uno cobra el 50 % de su base, sea cual sea su reducción de jornada (art. 192 de la Ley General de la Seguridad Social).
  • La prestación exige reducir la jornada al menos un 50 % y se cobra hasta los 18 años del hijo, o hasta los 23 o 26 en algunos casos.

¿Cuánto se cobra con la prestación CUME?

La prestación CUME paga el 100 % de tu base reguladora por la parte de jornada que reduces. Con 30.000 € brutos al año y una reducción del 50 %, cobras 1.249,95 € al mes en bruto, además del sueldo de la jornada que sigues trabajando.

CUME son las siglas de «cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave». La paga la mutua de tu empresa, no tu empresa. Está en los artículos 190 a 192 de la Ley General de la Seguridad Social, con los cambios del Real Decreto-ley 31/2026, en vigor desde el 23 de octubre de 2026 y pendiente de convalidar en el Congreso. Esta calculadora es solo para España.

Cómo se calcula

El cálculo tiene tres pasos:

  1. Base del mes: tu sueldo bruto anual entre 12, con las pagas extra repartidas. Se ajusta a la base mínima y máxima de cotización de 2026.
  2. Base reguladora diaria: la base del mes entre 30. Si cobraste horas extra el año anterior, se suman entre 365.
  3. Prestación: la base diaria por el porcentaje de reducción de jornada, y por 30 días en cada mes.
Base reguladora diaria = base del mes ÷ 30 (+ horas extra ÷ 365)
Prestación al día = base reguladora diaria × % de reducción
Prestación al mes = prestación al día × 30

La base es la de accidente de trabajo, no la de una baja común, según el artículo 192 de la Ley General de la Seguridad Social. Se calcula como en el Decreto 1646/1972, igual que la baja laboral por accidente de trabajo.

Cómo usar la calculadora

  1. Sueldo bruto anual, con pagas extra.
  2. Cuánto reduces tu jornada: al menos un 50 %. De 8 a 4 horas al día es un 50 %.
  3. Quién cuida: solo tú, o los dos progenitores a la vez.
  4. Meses de cuidado y edad del hijo.

En Opciones avanzadas puedes poner tu base de cotización de la nómina, las horas extra, las bases mínima y máxima, la discapacidad o dependencia del hijo y tus días cotizados para ver si llegas al mínimo.

Ejemplo: 30.000 € brutos y una reducción del 50 %

Con los valores de ejemplo (30.000 € brutos al año, un 50 % de reducción, solo tú cuidas y 12 meses):

Al mesImporte
Base del mes2.500,00 €
Base reguladora al día83,33 €
Prestación al día41,67 €
Prestación al mes1.249,95 €
Sueldo que dejas de cobrar1.250,00 €
Sueldo más prestación2.499,95 €

En 12 meses cobras 14.999,40 € de prestación. De cada 100 € de sueldo que dejas de cobrar, la prestación te devuelve casi los 100 €. Son importes brutos: la prestación lleva retención de IRPF. Para ver tu sueldo neto usa la calculadora de sueldo bruto a neto o la de retención de IRPF en la nómina.

Si cuidan los dos progenitores a la vez

Si los dos progenitores cobran la prestación a la vez por el mismo hijo, cada uno recibe el 50 % de su base reguladora, aunque reduzcan más del 50 % de su jornada. Es lo que dice el artículo 192.1. Con la base del ejemplo, cada uno cobra 1.249,95 € al mes aunque uno reduzca el 75 % de su jornada.

La ley también permite que cuiden por turnos, uno después del otro. Entonces cada uno cobra el porcentaje de su reducción.

Hasta qué edad del hijo se cobra

La prestación llega hasta que el hijo cumple 18 años. Después se puede mantener:

  • hasta los 23 años, si la enfermedad se diagnosticó antes de los 18, persiste y sigue haciendo falta el cuidado;
  • hasta los 26 años, si antes de los 23 el hijo tiene una discapacidad del 65 % o más. Entre los 23 y los 26 años, sin esa discapacidad, ya no se cobra;
  • sin límite de edad, si tiene una discapacidad del 65 % o más o dependencia de grado III y sigue viviendo contigo.

Se cobra mientras la enfermedad exija cuidado directo, continuo y permanente. Un informe del servicio público de salud lo acredita. La prestación se acaba cuando el médico dice que ya no hace falta.

Requisitos y cómo se pide

  • Ser trabajador por cuenta ajena, afiliado y de alta. Los funcionarios tienen otra regla, la del Estatuto Básico del Empleado Público.
  • Que el otro progenitor también trabaje y esté de alta, salvo en familias monoparentales y en algunos casos de separación, divorcio o violencia de género (artículos 190 y 191 de la misma ley).
  • Reducir la jornada al menos un 50 %.
  • Que el hijo tenga cáncer u otra enfermedad grave de la lista del Real Decreto 1148/2011, con un informe del médico.
  • Tener cotizado el mínimo que se pide para el permiso por nacimiento: ninguno si tienes menos de 21 años; 90 días en los 7 últimos años o 180 en toda tu vida laboral entre 21 y 25; y 180 días en los 7 últimos años o 360 en toda tu vida laboral desde los 26.

La solicitud se hace en la mutua de tu empresa. Antes, pides a tu empresa la reducción de jornada con el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. Para ver cuánto baja tu nómina, usa la calculadora de reducción de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa CUME?

Significa cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Es una prestación de la Seguridad Social para madres y padres que reducen su jornada para cuidar a un hijo muy enfermo.

¿Se paga el 100 % del sueldo?

Se paga el 100 % de la base reguladora, pero solo por la parte de jornada que reduces. Con un 50 % de reducción, la prestación cubre ese 50 %. Más tu sueldo de la otra mitad, cobras casi lo mismo que antes, en bruto.

¿Qué enfermedades cuentan?

El cáncer y las enfermedades de la lista del Real Decreto 1148/2011, como algunas enfermedades del corazón, de la sangre o del sistema nervioso. Tu médico del servicio público de salud lo acredita en un informe.

¿Puedo cobrarla si reduzco menos del 50 %?

No. La prestación exige reducir la jornada al menos la mitad. Si reduces menos, solo cobras el sueldo de la jornada que trabajas.

¿Tributa la prestación?

Sí. Tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo, porque no está entre las prestaciones exentas del artículo 7 de la Ley del IRPF: su letra h) solo exime las de nacimiento y cuidado de menor y las de cuidado del lactante. El importe de esta página es bruto y la mutua te aplica una retención, que depende de tus ingresos.

¿Cuánto cobra un autónomo?

Esta calculadora es para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos también pueden cobrarla si reducen su actividad al menos un 50 %, con su base de cotización y una jornada de referencia de 40 horas a la semana (artículo 318 de la Ley General de la Seguridad Social y Real Decreto 1148/2011).

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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