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Calculadora de baja de autónomos: cuánto cobras en España

Escribe lo que ganas al mes (o tu base de cotización) y los días de baja, y verás cuánto cobras al día y en total, y desde qué día ya no pagas la cuota de autónomos. Solo sirve para autónomos de España.

Solo España · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en euros (€)
¿Por qué estás de baja?
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€

Lo que facturas sin IVA menos los gastos de tu actividad. Con eso se estima la base mínima de tu tramo, que es la que paga la mayoría de autónomos.

días

Días naturales, contando fines de semana y festivos, desde el primer día de baja.

Opciones avanzadas

Con la cuota reducida, la baja se calcula con la base mínima del tramo 1 de la tabla general (950,98 €) y no con lo que pagas.

€

Dato oficial que cambia cada año (Orden PJC/297/2026). Si lo dejas vacío o a 0, se usa 5.101,20 €.

€

Dato oficial que cambia cada año (tramo 1 de la tabla reducida).

%

Dato oficial que cambia cada año. Incluye comunes, profesionales, cese de actividad, formación y MEI.

Cobras por 30 días de baja 713,49 € en bruto, antes de impuestos
Al mes, desde el día 21 906,98 € 75 % de tu base reguladora × 30 días
Tu cuota de autónomos al mes 380,88 € la pagas los 60 primeros días de baja

Del día 4 al 20 cobras el 60 % de tu base (24,19 € al día) y desde el 21, el 75 % (30,23 € al día). Si la baja llega al día 61, dejas de pagar la cuota.

Base de cotización que se usa
1.209,15 €
Base reguladora diaria (base ÷ 30)
40,31 €
Cada día del 4 al 20 (60 %)
24,19 €
Cada día desde el 21 (75 %)
30,23 €
Días sin cobrar nada
3
Cuota que pagas en los 60 primeros días de baja
380,88 €
Tu tramo de la tabla de 2026 (de 1 a 15)
8

Ver lo que cobras por tramos de días

Días N.º % Prestación
Días 1 a 3 3 0 % 0,00 €
Días 4 a 20 17 60 % 411,16 €
Días 21 a 30 10 75 % 302,33 €
Cómo se ha calculado, con tus números
  1. Base reguladora diaria = 1.209,15 € ÷ 30 = 40,31 €
  2. Días 4 a 20: 40,31 € × 60 % = 24,19 € al día; desde el 21: × 75 % = 30,23 € al día
  3. Total de la baja = 713,49 €

Solo para España, autónomos del RETA (régimen de trabajadores por cuenta propia).

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Bases y tipos de 2026.
  • La base se ha estimado con la mínima de tu tramo. Si cotizas por otra base, cámbiala en «Mi base de cotización».
  • La base reguladora es la base de cotización del mes anterior al mes previo a la baja, dividida entre 30 (artículo 318.h de la Ley General de la Seguridad Social, añadido por el Real Decreto-ley 31/2026). A fecha de hoy ese real decreto-ley está pendiente de convalidarse en el Congreso.
  • No hay empresa que adelante el pago: lo abona directamente tu mutua o el INSS. Para cobrar tienes que estar al corriente de pago de tus cuotas.
  • Para cobrar por enfermedad común necesitas 180 días cotizados en los últimos 5 años; si es un accidente o una enfermedad profesional, no se exige un mínimo.
  • La cuota de los días de baja a partir del día 61 se calcula proporcionalmente (días ÷ 30). Es una estimación: el importe exacto lo fija tu mutua o el INSS.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Boletín Oficial del Estado · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de baja de autónomos: cuánto cobras en España · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Un autónomo con base de 1.209,15 € al mes cobra 713,49 € en una baja de 30 días por enfermedad común: nada los 3 primeros días, 24,19 € al día del 4 al 20 y 30,23 € desde el 21.
  • Desde el día 61 de baja no pagas la cuota de autónomos: la paga la mutua. Con 380,88 € de cuota, en 90 días de baja te ahorras 380,88 €.
  • En accidente de trabajo cobras el 75 % de tu base desde el día siguiente a la baja.
  • Cobras directamente de tu mutua o del INSS: no hay empresa que te adelante nada.

¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

Un autónomo de baja cobra el 60 % de su base reguladora diaria del día 4 al 20 y el 75 % desde el día 21, si la baja es por enfermedad común. Si es un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, cobra el 75 % desde el día siguiente a la baja. La base reguladora sale de tu base de cotización dividida entre 30.

Lo paga tu mutua o el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). No hay empresa en medio, así que no existe el reparto del día 4 al 15 que ves en la baja de un trabajador por cuenta ajena. Esta calculadora es solo para España y para autónomos del RETA (régimen de trabajadores por cuenta propia). En otros países los autónomos se protegen de otra forma.

Cómo usar la calculadora

  1. Elige el motivo de la baja: enfermedad o accidente fuera del trabajo, o accidente de trabajo y enfermedad profesional.
  2. Escribe lo que ganas al mes (ingresos menos gastos). La calculadora busca tu tramo de 2026 y usa la base mínima de ese tramo, que es la que paga la mayoría. Si conoces tu base de cotización, elige «Mi base de cotización» y escríbela.
  3. Indica los días de baja, contando fines de semana y festivos.
  4. En las opciones avanzadas puedes marcar la tarifa plana o cambiar la base máxima, la base mínima y el tipo de la cuota si cambian.

Desde qué día cobras

En enfermedad común o accidente no laboral, el subsidio se cobra a partir del cuarto día de baja. Los días 1, 2 y 3 no se pagan. En accidente de trabajo o enfermedad profesional se cobra desde el día siguiente a la baja, así que solo se queda sin cobro el primer día (artículo 173.1 de la Ley General de la Seguridad Social).

Si tu baja dura 3 días o menos por enfermedad común, no cobras nada. Los porcentajes salen del Decreto 3158/1966 (75 %) y del Real Decreto 53/1980 (60 % del día 4 al 20).

Cómo se calcula la base reguladora

La base reguladora diaria es tu base de cotización del mes anterior al mes previo a la baja, dividida entre 30. Si te das de baja en noviembre, cuenta la base de septiembre. Lo dice el artículo 318.h de la Ley General de la Seguridad Social, que añadió el Real Decreto-ley 31/2026 (BOE). Ese real decreto-ley está pendiente de convalidarse en el Congreso, así que la regla podría cambiar.

Base reguladora diaria = base de cotización ÷ 30
Días 4 a 20  = base reguladora × 60 % × días
Día 21 en adelante = base reguladora × 75 % × días

Si estás con la tarifa plana, la ley manda usar la base mínima del tramo 1 de la tabla general: 950,98 € al mes (artículo 320.1).

Ejemplo: autónomo que gana 2.000 € al mes

Con 2.000 € al mes, restando el 7 % de gastos genéricos quedan 1.860 €. Eso cae en el tramo de 1.850 € a 2.030 € de la tabla de 2026, cuya base mínima es de 1.209,15 € al mes. La base reguladora diaria es 40,31 € (1.209,15 ÷ 30). En una baja de 30 días por enfermedad común:

Tramo de díasDíasPorcentajeCobras
Días 1 a 330 %0,00 €
Días 4 a 201760 %411,16 €
Días 21 a 301075 %302,33 €
Total30713,49 €

Del día 4 al 20 son 24,19 € al día y desde el 21, 30,23 € al día. Al mes, a partir del día 21, cobrarías 906,98 € (de cada 100 € de base, 75 €).

La cuota de autónomos durante la baja

Tienes que seguir pagando la cuota los 60 primeros días de baja. Desde el día 61, la cuota por todas las contingencias la paga la mutua o el SEPE, siempre que cobres la prestación (artículo 308.2). El tipo de 2026 es el 31,5 % de la base (Orden PJC/297/2026).

Con 1.209,15 € de base, la cuota es de 380,88 € al mes. En una baja de 90 días pagas 761,76 € de cuota (los 60 primeros días) y te ahorras 380,88 € (los 30 últimos). Para ver tu cuota completa, usa la calculadora de cuota de autónomos.

Requisitos para cobrar

  • Estar al corriente de pago de tus cuotas a la Seguridad Social.
  • 180 días cotizados en los últimos 5 años si la baja es por enfermedad común. En accidente (laboral o no) y en enfermedad profesional no se pide ningún mínimo (artículo 172).
  • Tener la baja médica de tu médico de la sanidad pública o de la mutua.

La calculadora es una estimación. El importe exacto lo fija tu mutua o el INSS al reconocerte el subsidio. La prestación se tiene en cuenta en tu declaración de la renta; si quieres calcular tus impuestos de autónomo, mira la calculadora de IRPF de autónomos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un autónomo de baja los primeros días?

Nada los 3 primeros días si la baja es por enfermedad común. Del día 4 al 20 cobra el 60 % de la base reguladora. Si es un accidente de trabajo, solo se queda sin cobro el día de la baja.

¿Quién paga la baja de un autónomo, la mutua o el INSS?

La paga la entidad con la que tengas cubierta la incapacidad temporal: tu mutua colaboradora o el INSS. No hay empresa que te adelante el dinero.

¿Un autónomo que paga la base mínima cobra menos de baja?

Sí. La prestación sale de tu base de cotización, así que con una base baja cobras menos. Con base de 1.209,15 € cobras 30,23 € al día desde el día 21; con 2.000 € de base serían unos 50 €.

¿Cuánto tiempo puedo estar de baja siendo autónomo?

Hasta 365 días, prorrogables 180 más (545 en total), según el artículo 174 de la Ley General de la Seguridad Social. Después se revisa la situación para una posible incapacidad permanente.

¿Puedo trabajar mientras estoy de baja?

Trabajar de baja puede hacer que te quiten o suspendan el subsidio (artículo 175). Pregunta antes a tu mutua qué actividades son compatibles con tu situación.

¿Con la tarifa plana cobro menos de baja?

No por pagar menos cuota. Con tarifa plana la baja se calcula con la base mínima del tramo 1 de la tabla general (950,98 €), no con lo que pagas. Eso da 23,78 € al día desde el día 21.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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