En resumen
- Se comparan las cuotas pagadas con las del tramo que te tocaba por tus ingresos reales: si pagaste menos, ingresas la diferencia; si pagaste más, te la devuelven.
- Con 24.000 € de rendimiento neto y la base mínima de 1.209,15 € todo el año, te pedirían unos 246,27 €.
- Con 20.000 € de rendimiento y una base de 3.000 € al mes todo el año, te devolverían unos 904,32 €.
- Si te piden dinero, lo ingresas antes de que acabe el mes siguiente al aviso; si te devuelven, es de oficio.
¿Qué es la regularización de la cuota de autónomos?
Es el ajuste que hace la Seguridad Social cuando acaba el año: compara la cuota que pagaste, que era una previsión, con la que te correspondía según lo que ganaste de verdad. Si pagaste menos de lo que tocaba, ingresas la diferencia. Si pagaste más, te la devuelven. Si estabas dentro de lo que te correspondía, no pasa nada.
Cada mes eliges una base de cotización según lo que esperas ganar. Esa base es provisional. Cuando Hacienda le comunica a la Seguridad Social tus ingresos reales, se calcula tu tramo definitivo y se compara. Está en el artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social, regla por regla. Para la cuota de cada mes tienes la calculadora de cuota de autónomos.
Cómo usar la calculadora
- Año que se regulariza. Elige 2025 o 2026. Cada año tiene su tabla y su tipo.
- Rendimiento neto del año. El que sale en tu declaración de la renta, después de restar las cuotas de autónomo.
- Bases que pagaste. Si tuviste la misma todo el año, una sola fila. Si la cambiaste, una fila por cada periodo, con los meses y la base. Las ves en tus recibos.
- Opciones avanzadas. Para autónomos societarios, para quien no presentó la Renta y para cambiar cuotas, tipo o bases si la ley cambia.
La calculadora da una estimación. El importe exacto te lo comunica la Seguridad Social.
Cómo se calcula tu base definitiva
Se hace en cuatro pasos, y la calculadora los muestra con tus números.
- Se parte del rendimiento neto y se le suman las cuotas de autónomo que pagaste, porque ya se habían restado.
- Se aplica una deducción por gastos genéricos del 7 %, o del 3 % si eres societario o familiar colaborador.
- El resultado se reparte entre los meses en que estuviste de alta. Eso da tu rendimiento computable al mes.
- Con ese importe se busca tu tramo en la tabla del año, que tiene una base mínima y una máxima.
computable al mes = (rendimiento neto + cuotas pagadas) × (1 − 7 % o 3 %) ÷ meses de alta
Las tablas y los tipos de cada año están en la Orden de cotización de 2026 y en la Orden de cotización de 2025. El tipo total es del 31,4 % en 2025 y del 31,5 % en 2026.
Cuándo pagas y cuándo te devuelven
La regla compara dos cuotas del año: la que pagaste y la que saldría con la base mínima o la máxima de tu tramo real.
- Pagaste menos que la cuota con la base mínima del tramo: ingresas la diferencia. El plazo es el último día del mes siguiente al aviso. Si pagas en ese plazo, no hay recargo ni interés.
- Pagaste más que la cuota con la base máxima del tramo: la Tesorería te devuelve la diferencia de oficio, sin intereses, antes del 30 de abril del año siguiente a aquel en que Hacienda comunicó tus ingresos.
- Estabas entre las dos: no hay pago ni devolución. Si cotizaste más que la mínima, ese exceso queda como cotización para tu pensión.
Las cuotas que no pagaste en plazo no se devuelven ni se cambian. Los recargos y los intereses tampoco.
Qué cambia si ganas más o menos de lo que preveías
La base que eliges cada mes es una apuesta sobre lo que vas a ganar. Hay tres casos típicos.
- Ganas más de lo previsto. Tu tramo real sube y su base mínima también. Si tu base estaba por debajo, al final del año ingresas la diferencia de golpe. Es lo que le pasa a quien se queda siempre en la base mínima mientras su negocio crece.
- Ganas menos de lo previsto. Tu tramo real baja. Si elegiste una base por encima de la máxima de ese tramo, te devuelven el exceso. Pasa sobre todo a quien eligió una base alta y luego facturó menos.
- Ganas lo previsto. Tu base cae dentro del tramo y no pasa nada.
Cuando pagas una diferencia, no es una multa: son cuotas que te faltaban y que también cuentan para tu pensión. Para que no te pille de golpe, la calculadora te dice cuánto sale por mes: es lo que podrías apartar cada mes o sumar a tu base. Para ver cuánto te quedaría neto de la cuota de cada mes, usa la calculadora de cuota de autónomos.
Qué ingresos entran en la cuenta
Cuentan los rendimientos de toda tu actividad económica del año natural, no solo de una parte. Si tienes varias actividades, se suman. Si eres socio de una sociedad y trabajas en ella, también cuentan los rendimientos del trabajo que cobras de ella y los dividendos de las participaciones que marca la ley. Para estimar tu rendimiento neto antes de la Renta, mira la calculadora de IRPF de autónomos y los gastos deducibles de autónomos. Si pagas a cuenta de tu IRPF, los pagos del modelo 130 se calculan con otra fórmula y no cambian este resultado.
Ejemplo
Un autónomo pagó en 2025 la base de 1.209,15 € todos los meses. En la Renta le salen 24.000 € de rendimiento neto.
| Paso | Importe |
|---|---|
| Cuotas pagadas en el año | 4.556,08 € |
| Rendimiento computable del año | 26.557,15 € |
| Rendimiento computable al mes | 2.213,10 € |
| Su tramo real | tramo 6 de la tabla general (2.030 a 2.330 €) |
| Cuota del año con la base mínima de ese tramo (1.274,51 €) | 4.802,35 € |
| Diferencia que le piden | 246,27 € |
Pagó menos que la mínima de su tramo. La Seguridad Social le pide 246,27 €, unos 20,52 € por cada uno de los 12 meses.
Otro autónomo pagó una base de 3.000 € al mes y ganó 20.000 € netos. Cotizó 11.304,00 € y su tramo real tiene una cuota máxima de 10.399,68 €. Le devuelven 904,32 €.
Si cambiaste de base durante el año
Añade una fila por cada periodo. La calculadora suma lo que pagaste en todos y lo compara con la mínima y la máxima de todo el periodo de alta. Un mes de más base puede compensar otro de menos. Si estuviste de alta menos de 12 meses, pon solo esos meses.
Autónomos societarios y quien no presentó la Renta
- Societarios y familiares colaboradores. La deducción baja al 3 % y la base definitiva no puede ser menor que la mínima del grupo 7 del Régimen General: 1.381,20 € en 2025 y 1.424,40 € en 2026 (artículo 3 de cada orden de cotización).
- Quien no presentó la Renta o no declaró ingresos de la actividad: la base definitiva es esa misma base del grupo 7.
Cómo evitar sorpresas
- Compara cada trimestre lo que llevas ganado con el tramo de tu base. Si vas a quedar por encima, sube la base.
- Recuerda que puedes cambiar tu base varias veces al año. Hazlo cuanto antes si ves que tus ingresos cambian.
- Guarda tus recibos: ahí está la base de cada mes.
- Revisa la declaración de la renta: el rendimiento neto que pongas allí es el que usará la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo hacen la regularización de autónomos?
Cuando Hacienda comunica tus ingresos del año a la Seguridad Social, que es después de la campaña de la Renta. Te avisan entonces del resultado. Un año con ingresos de 2025 se regulariza en 2026.
¿Me pueden pedir dinero aunque haya pagado todas mis cuotas?
Sí. Si tus ingresos reales te colocaron en un tramo más alto que la base que elegiste, pagaste menos de la mínima de ese tramo y ingresas la diferencia. Por eso conviene subir la base si ves que ganas más de lo previsto.
¿Hay recargo si me piden la diferencia?
No, si la ingresas hasta el último día del mes siguiente al aviso. Fuera de plazo, se aplican los recargos de las cuotas atrasadas.
¿Puedo cambiar la base durante el año?
Sí. La ley te deja ajustarla para acercarla a lo que vas ganando, y así llegar a la regularización sin sorpresas. Los cambios se piden a la Seguridad Social y tienen efecto en los meses que fija el reglamento.
¿Qué pasa con los meses en que estuve de baja o cobré una prestación?
Los meses cuya base se usó para calcular una prestación quedan fuera de la regularización, según el artículo 309 de la ley. Esta calculadora no los separa: si te pasa, el resultado es solo una referencia.
¿Si Hacienda cambia mis ingresos, cambia la regularización?
Sí. Si Hacienda los modifica después, puedes pedir la devolución de lo ingresado de más. Si suben, la Seguridad Social puede recalcular.
