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Calculadora de liquidación de trabajador en misión en Colombia

Solo para Colombia. Escribe tu salario y los días de la misión. Verás cuánto te debe pagar la empresa de servicios temporales de cesantías, intereses, prima y vacaciones, con la fórmula de cada parte.

Solo Colombia · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos colombianos (COP)
$

El salario básico de tu contrato con la empresa de servicios temporales, sin el auxilio de transporte. Por ley es igual al de los trabajadores de la empresa donde trabajas en la misma actividad.

Opciones avanzadas

Solo cambia un aviso sobre la duración máxima; no cambia las cifras.

Se suma a la base de las cesantías y la prima, no a las vacaciones.

días

Días hábiles que ya tomaste o te pagaron en esta misión.

$

Si ya te pagaron la prima del semestre en que termina, se resta.

$

Las del año en que termina la misión que ya te consignaron o pagaron.

$

Valor de 2026. Consulta el vigente en el Ministerio del Trabajo.

$

Valor de 2026. Cambia cada año con el salario mínimo.

Total de tu liquidación $ 1.877.537 al terminar la misión
Cesantías e intereses $ 1.086.021
Prima y vacaciones $ 791.516

Tras 6 meses de misión, la empresa de servicios temporales te debe pagar unos $ 1.877.537: $ 1.024.548 de cesantías, $ 61.473 de intereses, $ 341.516 de prima y $ 450.000 de vacaciones.

Días de misión (meses de 30 días)
180
Base de cesantías y prima (salario + auxilio)
$ 2.049.095
Auxilio de transporte incluido
$ 249.095
Días de vacaciones por pagar
7,5
De qué se compone tu liquidación
Total$ 1.877.537
  • Cesantías $ 1.024.548 54,6 %
  • Intereses $ 61.473 3,3 %
  • Prima $ 341.516 18,2 %
  • Vacaciones $ 450.000 24,0 %

Ver cada concepto y su fórmula

Concepto Fórmula Valor
Cesantías base × 180 días / 360 $ 1.024.548
Intereses de cesantías cesantías × 180 días × 12 % / 360 $ 61.473
Prima de servicios base × 60 días / 360 $ 341.516
Vacaciones salario × 7,5 días / 30 $ 450.000
Total suma de todo $ 1.877.537

Solo para Colombia.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Ley 50 de 1990 (arts. 76, 77 y 79), Código Sustantivo del Trabajo (arts. 186, 249 y 306) y Ley 52 de 1975, con el salario mínimo y el auxilio de transporte de 2026 (editables en Opciones avanzadas).
  • Las cesantías e intereses son los del año en que termina la misión y la prima, la del semestre: las de antes se consignaron en el fondo o se pagaron en su fecha.
  • Es una estimación: no incluye salarios pendientes, horas extra ni indemnización, que dependen de tu contrato.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: alcaldiabogota.gov.co y Secretaría del Senado de Colombia · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de liquidación de trabajador en misión en Colombia · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Un trabajador en misión en Colombia tiene las mismas prestaciones que cualquier empleado: cesantías, intereses del 12 % anual, prima y vacaciones, pagadas por la empresa temporal.
  • Con un salario de $ 1.800.000 y 6 meses de misión, la liquidación es de unos $ 1.877.537, con $ 1.024.548 de cesantías.
  • La ley dice que las vacaciones y la prima se pagan proporcionales al tiempo, aunque la misión dure pocos días.
  • Tu salario debe ser igual al de los empleados de la empresa donde trabajas en la misma actividad.

Qué prestaciones tiene un trabajador en misión

Un trabajador en misión tiene derecho a cesantías, intereses de cesantías, prima de servicios y vacaciones, igual que quien tiene un contrato directo. La que te las paga es la empresa de servicios temporales (EST), porque es tu empleadora. La empresa donde trabajas, llamada usuaria, solo recibe tu servicio.

La Ley 50 de 1990 lo dice así:

  • Art. 74: eres trabajador en misión si la EST te envía a las instalaciones de la usuaria a hacer la tarea que esta contrató.
  • Art. 75: se te aplica el Código Sustantivo del Trabajo.
  • Art. 76: las vacaciones y la prima se te pagan en dinero, proporcionales al tiempo trabajado, sea cual sea. Si trabajas 10 días, cobras 10 días de prima y de vacaciones.
  • Art. 79: tu salario es igual al de los empleados de la usuaria que hacen la misma actividad, con sus escalas de antigüedad.

Cómo usar la calculadora

  • Tu salario mensual: el básico, sin auxilio de transporte. La calculadora lo suma sola si ganas hasta 2 salarios mínimos.
  • Primer y último día de la misión: se cuentan meses de 30 días, como hace la ley laboral.
  • Opciones avanzadas: el motivo de la misión, el auxilio de transporte, las vacaciones que ya tomaste, la prima y las cesantías que ya te pagaron, y los valores del salario mínimo y el auxilio.

Por defecto cuenta que no te han pagado nada del periodo. Si ya te pagaron algo, escríbelo y se resta.

Cómo se calcula cada parte

Todo se calcula sobre un año de 360 días. La base de cesantías y prima es tu salario más el auxilio de transporte; la de las vacaciones, solo el salario.

Cesantías  = (salario + auxilio) × días del año / 360
Intereses  = cesantías × días del año × 12 % / 360
Prima      = (salario + auxilio) × días del semestre / 360
Vacaciones = salario / 30 × (días de misión × 15 / 360)
  • Cesantías: un mes de salario por año (CST, art. 249). Cuentan los días del año en que termina la misión.
  • Intereses: el 12 % anual de las cesantías, proporcional a los días (Ley 52 de 1975).
  • Prima: un mes de salario por año, repartido por semestres (CST, art. 306). Cuenta el semestre en que termina la misión.
  • Vacaciones: 15 días hábiles por año, pagados en dinero al terminar.

Ejemplo: seis meses de misión

Una persona con salario de $ 1.800.000, misión del 1 de marzo al 31 de agosto de 2026, 180 días en total. Gana menos de 2 salarios mínimos, así que recibe auxilio de transporte de $ 249.095 y la base es de $ 2.049.095.

ConceptoCálculoValor
Cesantías2.049.095 × 180 / 360$ 1.024.548
Intereses1.024.548 × 180 × 12 % / 360$ 61.473
Prima2.049.095 × 60 / 360$ 341.516
Vacaciones1.800.000 / 30 × 7,5 días$ 450.000
Total$ 1.877.537

La prima de marzo a junio se paga a fin de junio, por eso aquí solo cuentan julio y agosto (60 días). Si tu EST aún no te la pagó, compara con tus colillas de pago.

Cuánto puede durar una misión

Depende del motivo, según el art. 77 de la Ley 50 de 1990:

  1. Labores ocasionales o transitorias (art. 6 del CST).
  2. Reemplazo de personal en vacaciones, licencia o incapacidad por enfermedad o maternidad.
  3. Más producción, ventas o cosecha: hasta 6 meses, prorrogables 6 más.

La Ley 2466 de 2025 añadió que, si la usuaria supera esos límites, puede considerarse a la usuaria como empleadora real, previa decisión de un juez. La calculadora te avisa si una misión por producción pasa de 360 días, pero las cifras no cambian.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga las prestaciones de un trabajador en misión?

La empresa de servicios temporales, porque es tu empleadora. Cobra a la empresa usuaria por el servicio, pero tus prestaciones son una obligación suya contigo.

¿Me pagan prima si la misión dura pocos días?

Sí. El art. 76 de la Ley 50 de 1990 dice que la prima y las vacaciones se pagan proporcionales al tiempo laborado, cualquiera que sea. Con 15 días de misión tienes 15 días de prima.

¿Mi salario puede ser menor que el de los empleados de la usuaria?

No en la misma actividad. El art. 79 exige un salario ordinario equivalente al de los trabajadores de la usuaria que hacen lo mismo, con sus escalas de antigüedad. También tienes derecho a los servicios de transporte, alimentación y recreación del lugar de trabajo.

¿Cuenta el auxilio de transporte en las prestaciones de mi misión?

En una misión temporal, entra en la base de cesantías y de prima si ganas hasta 2 salarios mínimos. No entra en las vacaciones. Mira el detalle en el auxilio de transporte.

¿Qué cambia si pasan a contrato directo?

Se calcula con las reglas del contrato directo: usa la calculadora de liquidación laboral, que también cubre la indemnización por despido.

¿Es exacta la liquidación de un trabajador en misión?

Es una estimación con la ley y el salario mínimo vigentes. No incluye salarios pendientes, horas extra ni indemnización. Si tu contrato o tu empresa tienen beneficios mejores, el valor puede ser mayor.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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