En resumen
- En Colombia, si el empleador termina el contrato con justa causa por abandono del cargo, se pagan cesantías, intereses, prima y vacaciones, pero no la indemnización del artículo 64.
- Con un salario de $ 2.000.000 y 450 días de contrato, la liquidación por abandono es de unos $ 3.650.909, sin indemnización.
- Los días de ausencia sin justificar no se pagan: con 5 días y $ 2.000.000 de salario, son $ 333.333 que no se reciben.
- Si la ausencia sí tenía causa, la terminación sería sin justa causa y se suman unos $ 2.333.333 de indemnización, para un total de $ 5.984.242.
¿Qué se paga por abandono del cargo en Colombia?
Si tu contrato termina porque dejaste de ir al trabajo sin justificar, se te paga lo que ya ganaste: cesantías, intereses de cesantías, prima de servicios y vacaciones pendientes. No se paga la indemnización por despido, porque la terminación tiene justa causa. Con un salario de $ 2.000.000 y 450 días de contrato, la liquidación es de unos $ 3.650.909.
Esta calculadora es solo para Colombia y para contratos de trabajo del sector privado. Los empleados públicos tienen su propio régimen de abandono del cargo, que no se calcula aquí. Es una estimación, no un documento oficial.
¿Qué dice la ley sobre el abandono del cargo?
El Código Sustantivo del Trabajo (CST) no usa la palabra «abandono» para el trabajador privado, pero sí dice dos cosas:
- El artículo 60, numeral 4, prohíbe al trabajador faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del empleador.
- El artículo 62, letra A, numeral 6, permite al empleador terminar el contrato con justa causa por violar de forma grave esas prohibiciones, o por una falta grave que el contrato o el reglamento interno califiquen como tal.
La ley no fija cuántos días de ausencia son abandono. Lo dicen tu contrato o el reglamento interno. Además, el parágrafo del artículo 62 obliga a decir la causa en el momento de terminar el contrato: después no se pueden alegar otras. Puedes leer el texto en el Código Sustantivo del Trabajo (Régimen Legal de Bogotá).
Cómo usar la calculadora
- Salario mensual: el básico, sin auxilio de transporte. La calculadora lo suma sola si ganas hasta 2 salarios mínimos.
- Fechas de inicio y de terminación: la de terminación es la de la carta con la que se acaba el contrato.
- Días seguidos sin ir: los días de ausencia sin justificar.
- ¿Tenía la ausencia una causa válida? Elige «Sí» si hubo incapacidad, permiso o fuerza mayor. Entonces no hay abandono y se calcula como terminación sin justa causa.
- Opciones avanzadas: días de salario sin pagar, vacaciones ya tomadas, prima o cesantías ya pagadas, salario integral, y el salario mínimo y el auxilio de transporte, que cambian cada año.
¿Cómo se calcula la liquidación?
Cada concepto sale de tu base (salario más auxilio de transporte, si te corresponde), con año de 360 días:
Cesantías = base × días del año / 360 Intereses = cesantías × días del año × 12 % / 360 Prima = base × días del semestre / 360 Vacaciones = salario × (días del contrato × 15 / 360) / 30 Días ausentes que no se pagan = salario × días de ausencia / 30
Las cesantías y los intereses son los del año en que termina el contrato, y la prima, la del semestre. Las vacaciones son 15 días hábiles por año, pagadas en dinero. Las fuentes son los artículos 186, 249 y 306 del CST y la Ley 52 de 1975.
Ejemplo
Un trabajador gana $ 2.000.000 al mes y su contrato va del 1 de julio de 2025 al 30 de septiembre de 2026 (450 días). Faltó 5 días seguidos sin justificar.
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Cesantías (270 días) | $ 1.686.821 |
| Intereses de cesantías | $ 151.814 |
| Prima de servicios (90 días) | $ 562.274 |
| Vacaciones (18,75 días) | $ 1.250.000 |
| Total de la liquidación | $ 3.650.909 |
Los 5 días de ausencia valen $ 333.333 de salario y no se pagan. La indemnización es $ 0.
¿Qué pasa con los días de ausencia?
Los días que no trabajaste no se pagan: no hubo servicio. Esos días, por defecto, siguen contando como tiempo de servicio para las prestaciones, porque el CST solo permite descontar el tiempo de las suspensiones del artículo 51 (licencia, permiso o suspensión disciplinaria) y no menciona la ausencia sin justificar. Es el criterio más prudente. Si tu empleador los descuenta, márcalo en Opciones avanzadas: con 5 días restados, el total baja a unos $ 3.568.974.
¿Y si la ausencia sí tenía una causa?
Si faltaste por una incapacidad, un permiso o una fuerza mayor, no hay abandono. Terminar el contrato por eso sería una terminación sin justa causa, y se suma la indemnización del artículo 64 del CST. Con contrato indefinido y el mismo ejemplo (1,25 años), son 35 días de salario: $ 2.333.333. El total sube a $ 5.984.242. Para más casos de indemnización, mira la indemnización por despido sin justa causa.
Errores comunes
- Pensar que 3 días son siempre abandono. La ley no fija ese número: depende de tu contrato y del reglamento.
- No decir la causa. Quien termina el contrato debe indicar el motivo en ese momento.
- Olvidar lo ya pagado. Si te dieron la prima o consignaron cesantías por adelantado, ponlo en Opciones avanzadas.
- Confundir con renuncia. Dejar de ir no es renunciar: la renuncia se comunica por escrito. Mira la liquidación laboral completa.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días hay que faltar para que sea abandono del cargo?
La ley laboral no da un número. Lo definen el contrato de trabajo o el reglamento interno de la empresa, que pueden calificar la falta como grave. Revisa esos documentos.
¿Me pagan la liquidación si abandono el trabajo?
Sí. Cesantías, intereses, prima y vacaciones ya causados se pagan siempre, sea cual sea la forma de terminar el contrato. Lo que no se paga es la indemnización.
¿Se paga el salario de los días que no fui?
No. Sin servicio no hay salario. En el ejemplo, 5 días con $ 2.000.000 de salario son $ 333.333 que no se reciben.
¿Hay indemnización si abandono el cargo?
No, porque la terminación tiene justa causa. Solo hay indemnización si la ausencia tenía causa válida y el contrato termina sin justa causa.
¿Cuándo se paga la liquidación después de un abandono del cargo?
Al terminar el contrato, igual que en cualquier otra forma de terminación. Los valores de esta página son estimaciones; el cálculo final depende de tus documentos y de lo que ya te hayan pagado.
