En resumen
- Un becario con prácticas remuneradas de 600 € al mes genera una cuota de 11,42 €: 10,84 € los paga la empresa y 0,58 € se descuentan a la persona.
- En prácticas no remuneradas, la cuota la paga entera la empresa o el centro: con 20 días de prácticas son 9,88 € al mes.
- Las cuotas de comunes tienen una reducción del 95 % y no llevan desempleo, FOGASA, formación profesional ni MEI.
- Esto vale solo para España y para prácticas formativas incluidas en programas de formación.
¿Cuánto cotiza un becario en España?
Un becario cotiza muy poco: la cuota mensual de unas prácticas formativas suele estar entre 0,50 € y 15 €. Desde la reforma de 2023, quienes hacen prácticas formativas en programas de formación están dados de alta en la Seguridad Social como si fueran trabajadores. La cuota de 2026 sale de la Orden PJC/297/2026. Esto vale solo para España.
Cuenta lo mismo si haces prácticas de un máster, de formación profesional o de enseñanzas artísticas. Si tienes un contrato laboral de formación, no es este caso: aquí se calculan solo las prácticas formativas.
Cómo usar la calculadora
- Elige remuneradas si cobras algo (una beca o un sueldo) o no remuneradas si no cobras nada.
- Si cobras, escribe lo que recibes al mes en bruto. Si no cobras, escribe los días de prácticas del mes.
- En «Opciones avanzadas» puedes cambiar las cifras que fija la ley cada año.
- Revisa el desglose: verás qué parte de la cuota paga la empresa o el centro y qué parte se te descuenta a ti, si se te descuenta algo.
Prácticas remuneradas
Se cotiza como en un contrato de formación en alternancia. Si cobras hasta la base mínima (1.424,40 € al mes), hay una cuota única de 69,23 € en comunes, de la que 57,72 € son de la empresa y 11,51 € tuyos. A eso se suman 7,95 € de accidentes de trabajo, que paga la empresa. Después se aplica una reducción del 95 % a los comunes.
Si cobras más de 1.424,40 €, se añade un 28,30 % (23,60 % la empresa y 4,70 % tú) sobre lo que pasa de esa cifra. Para accidentes se usa el tipo de la actividad de la empresa.
Prácticas no remuneradas
Aquí paga solo la empresa o el centro de formación. La cuota es por día de prácticas: 2,88 € en comunes y 0,35 € en accidentes. Tiene un máximo mensual de 65,42 € y 7,95 €. Después se reduce el 95 % de los comunes. Tú no pagas nada y no cobras baja por enfermedad común de la Seguridad Social.
Ejemplo
Prácticas remuneradas con 600 € brutos al mes:
| Concepto | Empresa | Tú |
|---|---|---|
| Comunes tras la reducción | 2,89 € | 0,58 € |
| Accidentes | 7,95 € | 0,00 € |
| Total | 10,84 € | 0,58 € |
La cuota total es de 11,42 € y te quedan 599,42 € antes de impuestos. Con prácticas no remuneradas de 20 días, la empresa paga 2,88 € de comunes y 7,00 € de accidentes: 9,88 € en total. Cuenta como base 949,60 € para tus prestaciones.
Qué cubre esta cotización
Tienes derecho a asistencia sanitaria, pensiones y prestaciones como nacimiento y cuidado de menor. No hay desempleo ni FOGASA. Los días de prácticas cuentan como cotizados para tu futura pensión: mira los años cotizados.
Los resultados son orientativos y dependen de si las prácticas son remuneradas o no, de la cifra que cobres y de los días realizados en el mes. Si tu convenio de prácticas fija otras condiciones, consulta el texto oficial vigente.
Preguntas frecuentes
¿Los becarios cotizan a la Seguridad Social?
Sí, desde 2023. Quien hace prácticas formativas incluidas en programas de formación se da de alta, aunque no cobre. Lo oficial está en la disposición adicional 52.ª de la Ley General de la Seguridad Social.
¿Quién paga la cuota si no cobro nada?
La empresa donde haces las prácticas, salvo que el convenio con tu centro diga que la paga el centro. A ti no te cobran nada.
¿Se cotiza por horas de prácticas?
No, se cotiza por días. Con 20 días al mes son 9,88 € en total, es decir, menos de 0,50 € por día.
¿Cuenta para la jubilación?
Sí. Los días cotizados suman a tu carrera de cotización, aunque con una base baja.
¿Y si mi beca supera la base mínima?
La parte que pasa de 1.424,40 € cotiza con el 28,30 % reducido un 95 %. Es una cantidad pequeña.
¿Hay que presentar algo cada mes?
No, el alta y la cotización las gestiona la empresa o el centro. Fuente: Orden PJC/297/2026, arts. 46 y 47.
Los importes son una estimación y sirven para hacerte una idea; si tienes dudas sobre tu caso, pregunta en la empresa o en tu centro de formación. La cuota real puede variar con el mes y la actividad de la empresa.
