Un CCT (convenio colectivo de trabajo) es un acuerdo entre un sindicato y el empleador, o una cámara de empleadores, que fija las condiciones de trabajo de una actividad o de una empresa: escala de sueldos por categoría, jornada, adicionales y otros beneficios.
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) lo cuenta entre las fuentes que regulan el contrato (artículo 1, inciso c). Los convenios se homologan o se registran ante la autoridad de aplicación (artículo 245).
Qué puede y qué no puede decir
Un convenio puede mejorar lo que dice la ley, pero no empeorarlo. Los artículos 7 y 8 de la LCT dicen que las partes no pueden pactar condiciones menos favorables para el trabajador que las de las normas legales o las del convenio, y que las normas más favorables de un convenio son válidas y se aplican.
La LCT también le da al convenio un papel en temas concretos:
- Período de prueba. Dura 6 meses, y un convenio puede ampliarlo hasta 8 meses en empresas de 6 a 100 trabajadores y hasta 1 año en las de hasta 5 (artículo 92 bis).
- Tope de la indemnización por despido. La base no puede pasar de 3 veces el sueldo promedio del convenio aplicable, y nunca baja del 67 % del sueldo (artículo 245).
- Fondo de cese. Un convenio puede reemplazar la indemnización por un fondo o sistema de cese laboral a cargo del empleador (artículo 245).
Ejemplo
El sueldo promedio de tu convenio es de 800.000 pesos al mes (cifra de ejemplo) y tu mejor sueldo normal y habitual es de 3.000.000:
tope = 3 × 800.000 = 2.400.000 mínimo = 67 % × 3.000.000 = 2.010.000 base de la indemnización = 2.400.000
El tope de 2.400.000 queda por encima del mínimo de 2.010.000, así que ese es el valor que se multiplica por tus años de antigüedad. Con un sueldo de 4.000.000, el mínimo del 67 % sería 2.680.000, más alto que el tope, y la base subiría a 2.680.000. Pon el tope de tu convenio en la calculadora de indemnización por despido.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé qué convenio me corresponde?
Depende de la actividad de tu empleador. Mira tu contrato o tu recibo de sueldo, o pregúntalo en tu empresa; la Secretaría de Trabajo está en argentina.gob.ar.
¿El convenio puede pagar menos que el salario mínimo?
No. Ningún sueldo puede estar por debajo del SMVM, salvo los casos que prevé la ley, como la jornada reducida.
¿Todo trabajador tiene convenio?
No. Hay trabajadores excluidos de todo convenio. En el cálculo del tope de la indemnización, para quien no está en ningún convenio se usa el del establecimiento donde trabaja o el más favorable si hay más de uno (artículo 245).
