El NIT (Número de Identificación Tributaria) es el número con el que la DIAN identifica en Colombia a los contribuyentes, a los responsables del IVA, a los agentes retenedores y a los declarantes. Lo dice el artículo 555-1 del Estatuto Tributario: para efectos tributarios, estas personas se identifican con el NIT que les asigna la DIAN.
Se escribe en dos partes separadas por un guion: el número y, al final, un dígito de verificación. El dígito se calcula con una fórmula de la DIAN a partir de las demás cifras y sirve para detectar errores cuando alguien escribe el número mal.
NIT de una persona y de una empresa
- Persona natural: el NIT está basado en tu número de cédula. Lo ves en el RUT, con su dígito de verificación.
- Empresa o sociedad: recibe un NIT propio cuando se inscribe. La Cámara de Comercio, una vez asignada la matrícula mercantil, debe pedir el NIT a la DIAN a más tardar dentro de los 2 días calendario siguientes. Ese número aparece siempre en los certificados de existencia y de matrícula.
Para qué sirve
- Aparece en las facturas, en las declaraciones de impuestos y en las retenciones.
- Sirve para abrir cuentas de empresa y para firmar contratos.
- Con sus dos últimos dígitos se fija el día en que toca pagar la PILA, la planilla de la seguridad social.
Ejemplo
Si matriculas tu negocio en la Cámara de Comercio un lunes, la Cámara tiene hasta el miércoles para pedirle a la DIAN tu NIT. Cuando lo reciba, tu NIT quedará escrito en el certificado de matrícula y en el RUT.
Si eres persona natural y vas a facturar, tu NIT sale del mismo RUT: lo encuentras en el documento del RUT.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el dígito de verificación?
Es la cifra que va después del guion. Se calcula con las demás y confirma que el número está bien escrito. En las facturas debes escribirlo completo.
¿Cambia mi NIT si cambio de actividad?
No. El NIT es el mismo mientras exista la persona o la empresa; lo que cambia son las responsabilidades que figuran en el RUT.
¿Dónde consulto un NIT?
En el RUT o en la página de la DIAN.
