El ICA, o impuesto de industria y comercio, es un impuesto municipal. Lo pagan en Colombia las personas y las empresas que hacen actividades industriales, comerciales o de servicios en una ciudad, aunque no tengan local. No lo cobra la DIAN: lo cobra cada alcaldía, y cada una fija sus propias tarifas.
Cómo se calcula
La base son los ingresos del año, menos las devoluciones, rebajas, exportaciones y la venta de activos fijos. Sobre esa base se aplica una tarifa por mil, que decide el concejo de cada municipio.
ICA = ingresos netos × tarifa por mil / 1.000 avisos y tableros = ICA × 15 % (si tienes aviso visible desde la calle)
El artículo 342 de la Ley 1819 de 2016 pone los límites generales: de 2 a 7 por mil para actividades industriales y de 2 a 10 por mil para comerciales y de servicios. Algunas actividades, como las financieras, tienen reglas especiales. La tarifa exacta depende de tu código de actividad.
El ICA pagado se puede deducir en la declaración de renta: es deducible el 100 % de los impuestos y tasas relacionados con la actividad, según el artículo 115 del Estatuto Tributario.
Ejemplo
Un negocio de servicios con ingresos de 120.000.000 pesos al año y una tarifa de 7 por mil, con un aviso en la fachada:
ICA = 120.000.000 × 7 / 1.000 = 840.000 avisos y tableros = 840.000 × 15 % = 126.000 total al año = 966.000 pesos
De cada 1.000 pesos que ganas, pagas 7 pesos de ICA. Para Bogotá, haz la cuenta con la calculadora del ICA en Bogotá.
Preguntas frecuentes
¿Pagan ICA los independientes?
Si tu actividad es comercial, industrial o de servicios y eres independiente, sí. Los profesionales liberales dependen de las reglas de cada municipio.
¿Quién está en el régimen Simple paga ICA aparte?
No. El régimen simple incluye el ICA dentro de un solo pago.
¿Qué es la reteICA?
Es un adelanto del ICA que te descuentan al pagarte una factura. Después lo restas cuando declares.
