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Calculadora de impuesto por forex y CFD en Nicaragua

Calculadora solo para Nicaragua. Escribe tus ganancias, pérdidas y costos de trading y verás el resultado neto y el IR estimado según el trato fiscal. La ley no nombra el forex: el resultado es una estimación.

Solo Nicaragua · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en córdobas (NIO)
C$

Suma de las operaciones con resultado positivo.

C$

Suma de las operaciones con resultado negativo.

C$

Comisiones, diferenciales y financiación, con comprobante.

La ley no nombra el forex: elige el trato que te indique la DGI.

Opciones avanzadas
C$

Solo las que la DGI te autorizó compensar (art. 86).

C$
%

Es del 10 % (art. 87). Cámbiala si la ley cambia.

%

Es del 30 % reducido un punto por año durante cinco años: 25 %.

IR estimado C$4,800.00
Resultado neto del período C$48,000.00
Resultado después de IR C$43,200.00

Ganas C$48,000.00 y el IR estimado es C$4,800.00: de cada 100 de ganancia, 10 van al impuesto.

Ganancias
C$80,000.00
Pérdidas y costos
C$32,000.00
Base del impuesto
C$48,000.00
IR retenido o pagado
C$0.00
Saldo de IR (negativo: pagado de más)
C$4,800.00
¿A dónde van tus ganancias?
GananciasC$80,000
  • Pérdidas y costos C$32,000 40 %
  • IR C$4,800 6 %
  • Resultado después de IR C$43,200 54 %

Cálculo paso a paso

Concepto Importe
Ganancias C$80,000
Menos: pérdidas -C$30,000
Menos: comisiones y costos -C$2,000
Resultado neto C$48,000
Menos: pérdidas anteriores autorizadas C$0
Base del impuesto C$48,000
IR estimado C$4,800
Saldo después de retenciones C$4,800
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • La Ley 822 no nombra el forex ni los CFD: es una estimación y el trato lo confirma la DGI.
  • Las pérdidas se compensan solo con autorización de la DGI y para ganancias de capital (art. 86).
  • Escribe los importes en córdobas, convertidos al cambio de cada operación.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Cómo lo calculamos y de dónde salen los datos

Calculadora de impuesto por forex y CFD en Nicaragua · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Nicaragua, si tus ganancias de forex y CFD se tratan como ganancia de capital, el IR es del 10 % del resultado neto (artículo 87 de la Ley 822).
  • Con C$80,000 de ganancias, C$30,000 de pérdidas y C$2,000 de costos, el resultado es C$48,000 y el IR estimado, C$4,800.
  • Si el trading es tu actividad habitual, se grava como actividad económica: con 25 %, el mismo resultado paga C$12,000.
  • Una pérdida no genera IR, pero solo se compensa con ganancias futuras con autorización de la DGI (artículo 86).

Cómo se calcula el impuesto por forex y CFD en Nicaragua

Para saber cuánto IR te toca por operar divisas o contratos por diferencias, primero obtén tu resultado neto (lo ganado menos lo perdido y menos los costos) y luego aplica el porcentaje del trato fiscal que te corresponda. Si se trata como ganancia de capital, el porcentaje es el 10 % (artículo 87 de la Ley 822 de Concertación Tributaria).

resultado neto = ganancias − pérdidas − costos
IR = resultado neto × alícuota

Si el resultado neto es cero o negativo, no hay IR que pagar. Esta calculadora es solo para Nicaragua.

La Ley 822 no menciona el forex ni los CFD. Quién decide cómo se tratan es la DGI, así que el resultado es una estimación.

Cómo usar la calculadora

  • Ganancias, pérdidas y costos: escribe el total de las operaciones ya cerradas en el período, en córdobas. Los costos son las comisiones, los diferenciales y la financiación que puedas justificar con comprobante.
  • Trato fiscal: elige entre los tres que verás en la tabla de abajo.
  • Opciones avanzadas: aquí puedes añadir pérdidas de períodos anteriores que la DGI haya autorizado, el IR que ya te retuvieron o pagaste, y cambiar las alícuotas por si la ley se modifica.

Qué trato fiscal elegir

TratoCuándo encajaAlícuota
Ganancia de capitalOperas de forma ocasional10 % (artículo 87)
Actividad económicaEl trading es tu ocupación habitual25 % (artículo 52)
Fuente fuera de NicaraguaLa renta no proviene de Nicaragua0 % (artículo 10)

La ley grava las rentas de fuente nicaragüense (artículo 10). Si operas con frecuencia y como ocupación, la DGI puede verlo como actividad económica. Esa alícuota parte del 30 % y baja un punto cada año durante cinco años desde 2016, por eso la calculadora usa 25 %. Además, las ganancias de capital se suman a la actividad económica cuando superan el 40 % de la renta gravable de esa actividad (artículo 38). El pago mínimo definitivo no está incluido.

Ejemplo con números

Imagina un período con C$80,000 de ganancias, C$30,000 de pérdidas y C$2,000 de costos.

ConceptoImporte
GananciasC$80,000.00
PérdidasC$30,000.00
CostosC$2,000.00
Resultado netoC$48,000.00
IR como ganancia de capital (10 %)C$4,800.00
Resultado después de IRC$43,200.00
IR como actividad económica (25 %)C$12,000.00

De cada 100 que ganas, 10 se van en impuesto con el trato de capital. Si además tuvieras C$10,000 de pérdidas anteriores autorizadas, la base bajaría a C$38,000 y el IR sería C$3,800.

Si el período termina en pérdida

Cuando lo perdido supera lo ganado, no pagas IR. Con C$10,000 de ganancias y C$20,000 de pérdidas, el resultado es −C$10,000 y el IR es C$0.

Esa pérdida no se resta sola el año siguiente: el artículo 86 permite compensarla con ganancias de capital del período siguiente solo con autorización de la DGI. Lo que no se aproveche pasa a los tres períodos siguientes, y cada período se compensa por separado.

Qué no cubre esta calculadora

  • No convierte monedas: escribe los importes en córdobas, al cambio de cada operación.
  • No calcula el pago mínimo definitivo ni otros impuestos.
  • Si además cobras sueldo, usa la calculadora de IR sobre salarios.
  • Las leyes pueden reformarse: contrasta siempre con el texto vigente.

Preguntas frecuentes

¿Se paga impuesto por ganar en forex en Nicaragua?

Depende del trato que le dé la DGI. Como ganancia de capital, el IR es del 10 % del resultado neto. Si la renta no es de fuente nicaragüense, puede no gravarse. Confírmalo con la DGI.

¿Los CFD tienen un IR distinto al del forex en Nicaragua?

La Ley 822 no los distingue por nombre. Aquí se calculan igual: ganancias menos pérdidas y menos costos, y luego la alícuota elegida.

¿Puedo restar las comisiones y diferenciales del trading en Nicaragua?

Sí, si tienes comprobante. Se restan como costos antes de aplicar la alícuota.

¿Qué pasa si cierro el año con pérdida por forex?

No pagas IR. Puedes pedir a la DGI autorización para compensar la pérdida con ganancias de capital futuras (artículo 86).

¿Cuándo el forex cuenta como actividad económica?

Cuando operas de forma habitual como ocupación. Entonces se aplica la alícuota del artículo 52 y no el 10 %.

¿El IR de forex y CFD que calcula esta página es definitivo?

No. Es una estimación con el texto original de la Ley 822. Antes de pagar, consulta a la DGI.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Cuando un dato depende de una ley o de un organismo público, se contrasta en su fuente oficial. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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