En resumen
- En Colombia, tras un despido sin justa causa, el empleador tiene 60 días desde la terminación para informar por escrito el estado de pago de la seguridad social y pagar lo atrasado.
- Si no demuestra el pago de los últimos tres meses de aportes, la terminación del contrato no produce efecto.
- Con un contrato terminado el 31 de julio y pago el 15 de septiembre, pasaron 46 días: quedaban 14 de margen.
- Con un salario de $ 3.000.000, cada día de retraso equivale a $ 100.000 de salario diario; con 66 días, serían unos $ 6.600.000.
¿Hasta cuándo puede pagar el empleador los aportes tras un despido?
Hasta 60 días después de la terminación del contrato. Esa es la regla del parágrafo 1 del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, en el texto que le dio el artículo 29 de la Ley 789 de 2002. Es una regla solo para Colombia.
Para terminar un contrato por despido sin justa causa (artículo 64), el empleador debe informarte por escrito, a tu última dirección registrada, el estado de pago de salud, pensión, riesgos laborales y aportes parafiscales de los últimos tres meses anteriores a la terminación. Debe adjuntar los comprobantes de pago.
Si no demuestra que pagó, la ley dice que la terminación del contrato no produce efecto. Eso sí: puede pagar durante los 60 días siguientes, con los intereses de mora.
Cómo usar la calculadora
- Fecha de terminación del contrato: el día en que terminó el contrato por despido.
- Fecha en que informa y paga: el día en que el empleador te entrega el estado de pago y paga lo atrasado. Si aún no lo ha hecho, prueba con una fecha futura para ver cuánto margen queda.
- Tu salario mensual: sirve para el salario diario y para la estimación del salario corrido.
Cómo se cuenta el plazo
fecha límite = fecha de terminación + 60 días días usados = fecha de pago - fecha de terminación retraso = días usados - 60 (si es mayor que 0) salario diario = salario mensual / 30
Se cuentan días calendario, no hábiles. El día 60 todavía está dentro del plazo. Un pago el día 61 llega tarde.
Ejemplo
Contrato terminado el 31 de julio de 2026, salario de $ 3.000.000. El empleador informa y paga el 15 de septiembre de 2026.
| Dato | Resultado |
|---|---|
| Fecha límite | 29 de septiembre de 2026 |
| Días desde la terminación | 46 días |
| Días que quedan | 14 días |
| Retraso | Ninguno |
| Salario diario | $ 100.000 |
Ahora cambia el pago al 5 de octubre de 2026. Han pasado 66 días: son 6 de retraso y la terminación no produciría efecto. La calculadora estima el salario que seguiría corriendo como el salario diario por los días transcurridos: $ 100.000 por 66 días, unos $ 6.600.000. Es una estimación para tener una idea; la ley no fija esa cifra.
¿Depende del salario?
No. El parágrafo 2 del artículo 29 limita a quien gana más de un salario mínimo el inciso 1, que trata de la indemnización por falta de pago de salarios y prestaciones. El plazo de 60 días del parágrafo 1 no tiene ese límite, así que esta calculadora lo aplica a cualquier salario.
Qué no calcula
- Los intereses de mora de los aportes: dependen de cada entidad y de cada mes.
- La indemnización por despido ni las prestaciones: para eso usa la calculadora de liquidación laboral o la de indemnización por despido sin justa causa.
- La indemnización moratoria por no pagar salarios y prestaciones al terminar: es otra figura.
Son estimaciones con la ley escrita. Cada caso concreto lo interpreta la autoridad laboral competente.
Fuente oficial
Ley 789 de 2002, artículo 29: texto en Colpensiones.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el empleador paga el día 60?
Está dentro del plazo. La ley le permite pagar durante los 60 días siguientes a la terminación, con intereses de mora. El día 61 ya es tarde.
¿Qué aportes cubre el estado de pago?
Salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales (como caja de compensación) de los últimos tres meses antes de la terminación. Debe mostrar los comprobantes.
¿Qué significa que la terminación no produce efecto?
Que, según la ley, el despido no queda completo mientras no se demuestre el pago. Los efectos concretos, como el salario que sigue corriendo, los define cada caso; la calculadora solo da una estimación.
¿Importa cuánto gane el trabajador?
No para el plazo de 60 días: el parágrafo 1 no distingue por salario. El salario solo sirve aquí para la estimación del salario diario.
¿Los 60 días son hábiles?
No, son días calendario contados desde el día siguiente a la terminación.
¿La calculadora incluye los intereses de mora?
No. Solo calcula plazos y una estimación del salario diario acumulado.
