En resumen
- En Colombia, si te despiden con justa causa te pagan cesantías, intereses de cesantías, prima y vacaciones, pero no la indemnización del artículo 64.
- Con un salario de $ 2.000.000 y 600 días trabajados, el total es de $ 4.478.036, con $ 2.061.671 de cesantías e intereses y $ 2.416.365 de prima y vacaciones.
- Con el mismo salario, un despido sin justa causa en contrato indefinido habría sumado $ 2.888.889 de indemnización.
- Las cesantías se calculan con el salario más el auxilio de transporte si ganas hasta 2 salarios mínimos.
¿Qué te pagan si te despiden con justa causa?
Si te despiden con justa causa en Colombia, te pagan todo lo que ya ganaste: cesantías, intereses de cesantías, prima de servicios y vacaciones. Lo que no te pagan es la indemnización por despido. Esa solo existe cuando el despido es sin justa causa.
Con un salario de $ 2.000.000 y 600 días trabajados (20 meses de 30 días), el total es de $ 4.478.036. De ahí, $ 2.061.671 son cesantías e intereses y $ 2.416.365 son prima y vacaciones.
Solo para Colombia. Es una estimación con la ley laboral y el salario mínimo de 2026. Para el caso general de cualquier salida del trabajo, usa la calculadora de liquidación laboral.
Qué no se paga: la indemnización
El artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo dice que la indemnización se paga cuando el empleador termina el contrato sin justa causa. Si la causa es justa, no se paga.
La calculadora te enseña, solo como dato, cuánto sería esa indemnización en un contrato indefinido. Con el ejemplo de $ 2.000.000 y 600 días serían $ 2.888.889. Ese dinero no entra en el total. Para ver la tabla completa de esa indemnización, entra en la calculadora de indemnización por despido sin justa causa.
Cómo usar la calculadora
- Tu salario mensual: el salario básico, sin el auxilio de transporte. Si cambia cada mes, escribe el promedio del último año.
- Fecha de inicio del contrato y fecha del despido: el primer y el último día de trabajo. Se cuentan meses de 30 días.
- Opciones avanzadas: el auxilio de transporte, los días de vacaciones que ya tomaste, la prima y las cesantías que ya te pagaron, el salario integral y los valores del salario mínimo y del auxilio.
El resultado sale al momento con los valores de ejemplo. Cámbialos por los tuyos.
Cómo se calcula cada parte
- Cesantías: un mes de salario por año. Se calcula con la base (salario más auxilio de transporte) por los días trabajados en el año del despido, dividido entre 360. Están en los artículos 249 y 253 del Código.
- Intereses de cesantías: el 12 % anual sobre las cesantías, en proporción a los días. Los fija la Ley 52 de 1975.
- Prima de servicios: un mes de salario por año, que se paga por semestres. Se cuenta el semestre en que termina el contrato (artículo 306).
- Vacaciones: 15 días hábiles por año trabajado, pagados en dinero al terminar. Se calculan con el salario sin auxilio de transporte (artículos 186 y 189).
El auxilio de transporte se suma a la base solo si ganas hasta 2 salarios mínimos. En 2026, el salario mínimo es de $ 1.750.905 y el auxilio, de $ 249.095. Si tienes salario integral, las cesantías, los intereses y la prima ya van incluidos, y solo se suman las vacaciones.
Ejemplo
Salario de $ 2.000.000, contrato desde marzo de 2025 hasta octubre de 2026, con 600 días en total.
- Base: $ 2.000.000 más $ 249.095 de auxilio, es decir, $ 2.249.095.
- Cesantías: 300 días del año del despido. Son $ 1.874.246.
- Intereses: $ 187.425.
- Prima: 120 días del semestre. Son $ 749.698.
- Vacaciones: 25 días de vacaciones, que son $ 1.666.667.
- Total: $ 4.478.036.
Si ya te pagaron algo, como una parte de la prima, ponlo en opciones avanzadas y la calculadora lo resta.
Cuándo el despido deja de ser con justa causa
La lista de causas está en el artículo 62 del Código. Para que valga, el empleador debe decirte la causa al terminar el contrato, y después no puede cambiarla por otra. Esta calculadora parte de que la causa es justa y no la califica.
Si la causa no está en la ley, o no se te comunicó, el despido se trata como sin justa causa y se suma la indemnización. Si el empleador no paga lo que debe al terminar, el artículo 65 prevé un día de salario por cada día de retraso. Para ese caso, mira la calculadora de indemnización moratoria.
Preguntas frecuentes
¿Me pagan cesantías si me despiden con justa causa?
Sí. Las cesantías son un derecho por trabajar, no depende de cómo termine el contrato. Si ya las consignaron en el fondo, solo cuentan las del último año, que aún no se han depositado. Mira más en la calculadora de cesantías.
¿Me pagan la prima aunque me despidan por justa causa?
Sí, la parte proporcional del semestre en que termina el contrato. En el ejemplo, 120 días de prima son $ 749.698. Puedes ver más en la calculadora de prima de servicios.
¿Y las vacaciones que no he tomado?
Se pagan en dinero, en proporción al tiempo trabajado. Cada año da 15 días hábiles. Si ya tomaste algunos, escríbelos y se restan. Hay más detalle en la calculadora de vacaciones.
¿Por qué no hay indemnización?
Porque la ley solo la prevé cuando el despido es sin justa causa. Con una causa justa, el empleador no debe indemnizar.
¿El salario integral cambia el resultado?
Sí. Con salario integral no se calculan cesantías, intereses ni prima, porque ya van dentro del salario. Solo se suman las vacaciones.
¿Cuánto me van a pagar exactamente en Colombia con esta cifra?
Es una estimación hecha con la ley y el salario mínimo vigente. La cifra final depende de tu contrato y de lo que ya te hayan pagado.
