En resumen
- En Venezuela, quien gana un concurso público es nombrado en periodo de prueba, y su desempeño se evalúa en un lapso que no excede de 3 meses (art. 43 de la LEFP).
- Con un nombramiento el 2 de marzo, el periodo de prueba puede durar hasta el 1 de junio, que son 92 días.
- Si superas la prueba, ingresas como funcionario de carrera; si no, el nombramiento se revoca.
- Es un máximo: la evaluación puede terminar antes.
¿Cuánto dura el periodo de prueba de un funcionario público?
Como máximo tres meses. Si ganaste un concurso público en Venezuela, empiezas en periodo de prueba y tu desempeño se evalúa dentro de ese lapso. Esta calculadora es solo para Venezuela y solo para la administración pública, no para trabajadores de empresas privadas.
Con un nombramiento el 2 de marzo, el periodo puede durar hasta el 1 de junio: son 92 días.
Qué dice la ley
La Ley del Estatuto de la Función Pública (LEFP) lo regula así:
- Artículo 43: la persona seleccionada por concurso es nombrada en periodo de prueba. Su desempeño se evalúa en un lapso que no exceda de tres meses. Si lo supera, ingresa como funcionario de carrera en el cargo del concurso. Si no, el nombramiento se revoca.
- Artículo 19: es funcionario de carrera quien ganó el concurso, superó el periodo de prueba y fue nombrado con carácter permanente.
Puedes leerlos en el texto oficial de la LEFP en la web del Ministerio del Trabajo.
Cómo usar la calculadora
- Escribe la fecha de tu nombramiento en periodo de prueba.
- Si quieres, en opciones avanzadas elige 1, 2 o 3 meses y la fecha de consulta.
- Mira la fecha límite, los días del periodo y los que faltan.
La ley no dice cómo contar el último día. Usamos el criterio prudente: el lapso vence el día anterior a la misma fecha, tres meses después. Si ese día no existe en el mes final, se usa el último día del mes.
Ejemplo
Te nombran el 2 de marzo. Tres meses después es el 2 de junio, y el lapso vence el 1 de junio. Son 92 días contando el primero y el último. Si hoy es el 15 de abril, llevas 44 días y te quedan 47.
Errores comunes
- Contar tres meses como 90 días. Los meses no tienen los mismos días. Desde el 2 de marzo son 92 días; desde el 30 de noviembre son 90, porque febrero es más corto.
- Contar desde otra fecha. El lapso se cuenta desde el nombramiento, no desde la fecha del concurso ni desde la publicación de los resultados.
- Creer que son tres meses fijos. La ley dice que la evaluación no puede pasar de tres meses, pero tu organismo puede evaluarte en menos tiempo.
- Confundirlo con un cargo de libre nombramiento y remoción. Ese tipo de cargo no pasa por concurso, así que no tiene periodo de prueba.
Qué pasa al terminar el periodo
- Si superas la evaluación: pasas a ser funcionario de carrera. Desde entonces, la condición solo se pierde por destitución (art. 44 de la LEFP).
- Si no la superas: el nombramiento se revoca.
Mientras dura la prueba, conviene guardar tu acta de nombramiento y cualquier comunicación escrita sobre tu evaluación, porque ahí consta la fecha desde la que se cuenta el lapso. Esta calculadora da una estimación de fechas. Para el dato oficial, consulta con la oficina de recursos humanos de tu organismo.
Preguntas frecuentes
¿El periodo de prueba puede ser más largo de tres meses?
No. El artículo 43 de la LEFP dice que el desempeño se evalúa en un lapso que no exceda de tres meses. Puede ser menor.
¿Quién tiene periodo de prueba?
La persona que ganó un concurso público para un cargo de carrera. Los cargos de libre nombramiento y remoción no pasan por concurso.
¿Cuenta el día del nombramiento?
En el cálculo, sí: se cuenta el primer día y el último. Por eso un nombramiento el 2 de marzo da 92 días hasta el 1 de junio.
¿Y si no supero la prueba?
El nombramiento se revoca. Si la superas, entras como funcionario de carrera en el cargo del concurso.
¿Se aplica a trabajadores de empresas privadas?
No. Para ellos rige otra ley. Esta página es solo para funcionarios públicos de Venezuela.
¿Esta fecha es oficial?
Es una estimación con el máximo legal. La fecha exacta la confirma tu organismo.
