En resumen
- En Venezuela, un funcionario público que falta 2 días hábiles sin justificar dentro de 30 días continuos merece una amonestación escrita.
- Con 3 días hábiles sin justificar en esos 30 días continuos hay abandono del trabajo y causal de destitución.
- Tres amonestaciones escritas en 6 meses también son causal de destitución.
- La amonestación se notifica por escrito y el funcionario tiene 5 días hábiles para alegar y 15 días hábiles para el recurso jerárquico.
Cuántas faltas llevan a la amonestación o a la destitución
En Venezuela, un funcionario público que falta 2 días hábiles sin justificar dentro de 30 días continuos recibe una amonestación escrita. Si llega a 3 días hábiles, se considera abandono del trabajo y es causal de destitución. Así lo dice la Ley del Estatuto de la Función Pública, en sus artículos 83 y 86.
Esta página es solo para Venezuela y para funcionarios públicos. Si trabajas en una empresa privada, mira el descuento por faltas. Es una estimación: la sanción real exige el procedimiento legal.
Cómo usar la calculadora
- Escribe los días hábiles que el funcionario faltó sin justificar dentro de un lapso de 30 días seguidos.
- Si quieres, abre las opciones avanzadas y escribe cuántas amonestaciones escritas recibió en los últimos 6 meses.
- Mira la sanción, los días que faltan para el siguiente nivel y la tabla.
Los 30 días son continuos, es decir, corridos, con fines de semana incluidos. Pero solo se cuentan las faltas en días hábiles.
Qué dice la ley
| Situación | Consecuencia | Artículo |
|---|---|---|
| 2 días hábiles sin justificar en 30 días continuos | Amonestación escrita | 83, numeral 5 |
| 3 días hábiles sin justificar en 30 días continuos | Destitución (abandono) | 86, numeral 9 |
| 3 amonestaciones escritas en 6 meses | Destitución | 86, numeral 1 |
Las dos sanciones disciplinarias que prevé el artículo 82 son la amonestación escrita y la destitución.
Ejemplo
Un funcionario falta 2 días hábiles sin justificar en el mismo mes y no tiene amonestaciones previas. Le corresponde una amonestación escrita. Le falta 1 día hábil más para llegar al abandono y a la causal de destitución. Cuenta 1 amonestación de las 3 que causarían destitución en 6 meses.
Si fuera 1 día hábil, no habría causal: le faltaría 1 día hábil más para la amonestación.
Qué pasa después de la amonestación
El supervisor inmediato notifica por escrito el hecho y el funcionario tiene 5 días hábiles para presentar sus alegatos (artículo 84). Contra la amonestación puede presentar un recurso jerárquico, facultativo, en 15 días hábiles desde la notificación (artículo 85). La máxima autoridad decide en 30 días hábiles.
Qué cuenta como falta injustificada
Una falta es injustificada cuando el funcionario no avisa ni presenta un motivo válido, como un reposo médico o un permiso. Si después demuestra la causa, esa falta deja de sumar. Cada día hábil se cuenta una sola vez y los 30 días se miran hacia atrás desde la última falta, no por mes de calendario. Dos faltas en dos meses distintos pueden sumar si caen dentro de esos 30 días seguidos.
Errores comunes
- Contar sábados, domingos o feriados como faltas. Solo cuentan los días hábiles.
- Mirar el mes del calendario. El lapso es de 30 días continuos, que pueden cruzar de un mes a otro.
- Olvidar las amonestaciones previas. Con dos ya recibidas en seis meses, una tercera por faltas lleva a la destitución.
- Pensar que la sanción llega sola. Primero hay notificación escrita y plazo para defenderse.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días puede faltar un funcionario público sin que lo sancionen?
Hasta 1 día hábil sin justificar dentro de 30 días continuos no hay causal por inasistencia. Desde el segundo día hábil corresponde la amonestación escrita.
¿Cuántas faltas son abandono del trabajo?
Tres días hábiles sin justificar dentro de 30 días continuos. Es causal de destitución según el artículo 86, numeral 9.
¿Las faltas justificadas cuentan?
No. La ley habla de inasistencia injustificada. Si el funcionario justifica la falta, no suma a estos días.
¿Los sábados y domingos cuentan como faltas?
No. Se cuentan solo días hábiles. Los 30 días del lapso sí son corridos.
¿Cuántas amonestaciones llevan a la destitución?
Tres amonestaciones escritas en el transcurso de seis meses son causal de destitución (artículo 86, numeral 1).
¿La destitución es automática?
No. Es una causal. Debe aplicarse con el procedimiento que fija la ley y el funcionario puede defenderse. Esta calculadora solo estima qué causal encaja.
