En resumen
- En Colombia, con dos empleos de $ 3.000.000 y $ 2.500.000, tu IBC total es de $ 5.500.000 y cada empleo cotiza sobre su propio sueldo.
- El trabajador paga $ 440.000 al mes: $ 220.000 de salud y $ 220.000 de pensión; las empresas suman $ 467.500 de salud y $ 660.000 de pensión.
- Si tus sueldos suman más de 25 salarios mínimos ($ 43.772.625), el IBC se limita a ese tope y se reparte en proporción al sueldo de cada empleo.
- Si suman menos de 1 salario mínimo ($ 1.750.905), el IBC se sube a ese mínimo.
¿Cómo se pagan los aportes con dos empleos en Colombia?
Si tienes dos empleos a la vez, cada empresa cotiza sobre tu sueldo con ella, y la suma de las bases no puede pasar de 25 salarios mínimos. Con sueldos de $ 3.000.000 y $ 2.500.000, tu IBC total (ingreso base de cotización) es de $ 5.500.000.
Esta calculadora es solo para Colombia y para personas con contrato laboral en dos o tres empleos. Es una estimación para que veas el orden de magnitud. Cada empresa liquida su propia planilla y puede redondear distinto.
La regla está en el artículo 18 de la Ley 100 de 1993, con el texto de la Ley 797 de 2003. Dice que cuando recibes salario de dos o más empleadores, las cotizaciones se hacen en proporción al salario de cada uno y se acumulan sin pasar del tope legal.
Cómo usar la calculadora
- Salario del empleo 1 y del empleo 2: el sueldo mensual de cada contrato, sin el auxilio de transporte. Si solo tienes un empleo, escribe 0 en el segundo.
- Opciones avanzadas: añade un tercer empleo o cambia el salario mínimo si es otro.
Al momento ves el IBC total, el de cada empleo, lo que te descuentan y lo que aportan las empresas.
Si necesitas ver cómo se forma el IBC de un solo empleo, con los pagos que no son salario, usa la calculadora de IBC.
Cómo se reparte el IBC
El IBC total es la suma de tus sueldos, pero nunca menos de 1 salario mínimo ni más de 25. Después se reparte entre los empleos en proporción a lo que pagan.
Suma = salario 1 + salario 2 (+ salario 3) IBC total = la suma, entre 1 y 25 salarios mínimos IBC de cada empleo = IBC total × salario del empleo ÷ suma
De cada $ 100 de la suma, a cada empleo le toca la parte que puso. Si uno paga $ 60 de cada $ 100, ese empleo lleva el 60 % del IBC.
Sobre cada IBC, tú pagas 4 % de salud y 4 % de pensión. Las empresas pagan 8,5 % de salud y 12 % de pensión. Los porcentajes salen de la Ley 100 de 1993, art. 204 y de la Ley 797 de 2003, art. 7.
Además, si tu IBC total llega a 4 salarios mínimos, se suma el fondo de solidaridad pensional (de 1 % a 2 %). Se calcula una sola vez sobre el IBC total, no por empleo. Para ver cada tramo, usa la calculadora del fondo de solidaridad.
Ejemplo con dos empleos
Tienes un empleo de $ 3.000.000 y otro de $ 2.500.000.
- La suma es de $ 5.500.000, dentro de los límites. El IBC total es el mismo.
- El empleo 1 cotiza sobre $ 3.000.000 y el empleo 2 sobre $ 2.500.000.
- Tu descuento de salud es de $ 220.000 y el de pensión, de $ 220.000.
- En total te descuentan $ 440.000. No hay solidaridad, porque el IBC no llega a 4 salarios mínimos.
- Las empresas aportan $ 467.500 de salud y $ 660.000 de pensión entre las dos.
Para saber cuánto te queda en la mano, mira la calculadora de salario neto.
Qué pasa si sumas más de 25 salarios mínimos
El IBC se limita a 25 salarios mínimos: $ 43.772.625 en 2026. Lo que pase de ahí no genera aportes.
Ejemplo: sueldos de $ 30.000.000 y $ 20.000.000 suman $ 50.000.000. Quedan $ 6.227.375 por encima del tope. El IBC se limita a $ 43.772.625 y se reparte en proporción: $ 26.263.575 para el empleo 1 y $ 17.509.050 para el empleo 2.
Como el IBC está por encima de 20 salarios mínimos, la solidaridad es del 2 %: $ 875.453. Con salud y pensión, el descuento total es de $ 4.377.263.
Este tope también marca el límite de la pensión máxima que podrías tener. Lo ves en la calculadora de pensión máxima.
Qué pasa si sumas menos de 1 salario mínimo
Si tus dos trabajos son de media jornada y suman menos de 1 salario mínimo, el IBC se sube a $ 1.750.905 en 2026. Se reparte igual, en proporción.
Ejemplo: sueldos de $ 1.000.000 y $ 500.000 suman $ 1.500.000. El IBC total pasa a $ 1.750.905: $ 1.167.270 para el empleo 1 y $ 583.635 para el empleo 2.
Cada mes cotizado cuenta para tus semanas de pensión. Para revisarlas, mira la calculadora de semanas cotizadas.
Qué no incluye esta calculadora
- Salario integral ni pagos que el contrato dice que no son salario.
- Exoneración de aportes de la empresa, ARL, caja de compensación, SENA e ICBF.
- Contratos de prestación de servicios o trabajo independiente.
Son estimaciones. La cifra final la define la planilla PILA de cada empresa.
Preguntas frecuentes
¿Pago el doble de aportes si tengo dos empleos?
No. El tope de 25 salarios mínimos se aplica a la suma de tus empleos, no a cada uno. Si tus sueldos suman menos, cada empleo cotiza sobre su sueldo. Si suman más, la base total se limita y se reparte en proporción.
¿La solidaridad pensional se cobra en cada empleo?
No. Se calcula una sola vez sobre el IBC total. Si ese total llega a 4 salarios mínimos, se suma la tasa que corresponda, de 1 % a 2 %.
¿Qué empresa paga la parte de la empresa en cada empleo?
Cada una paga sobre el IBC de su propio empleo. Por eso la calculadora muestra una fila por empleo, con su descuento y su aporte.
¿Y si además de mi empleo tengo ingresos como contratista?
Esta calculadora solo reparte entre empleos con contrato laboral. El mismo artículo 18 también prevé sumar ingresos de contratista o independiente, pero con otra base. Para ese caso mira la calculadora de seguridad social de independientes y confirma con tu entidad de salud o de pensión.
¿Cuántos empleos puedo poner?
Hasta tres. El tercero está en las opciones avanzadas. Si dejas un salario en 0, ese empleo no cuenta.
¿Por qué mis cifras difieren de mi colilla de pago?
Las empresas redondean cada aporte a su manera y pueden aplicar exoneraciones. Esta calculadora usa el redondeo más común y no las incluye.
Fuentes
- Ley 100 de 1993, art. 18 y 204, texto vigente (Régimen Legal de Bogotá).
- Ley 797 de 2003, arts. 5, 7 y 8; Ley 1122 de 2007, art. 10.
- Decreto 1469 de 2025, salario mínimo de 2026: mintrabajo.gov.co.
