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Calculadora de solidaridad por subcontratación en Argentina: art. 30

Solo para Argentina. Escribe qué trabajo contrataste, cuánto debe tu contratista y qué controles le pediste. Verás si respondes solidariamente según el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo y por qué monto.

Solo Argentina · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos argentinos (ARS)
Qué trabajo contrataste

Normal y propia es la que hace tu establecimiento todos los días. Accesoria es un apoyo, como limpieza o comedor.

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Opciones avanzadas

Qué le pediste al contratista

Monto por el que respondes $ 9.200.000 la deuda entera del contratista

Te faltó pedir 2 controles: respondes solidariamente por $ 9.200.000, la deuda entera.

Deuda del contratista
$ 9.200.000
Controles que te faltan
2 controles
Responsabilidad solidaria
Sí

Ver los 5 controles del art. 30

Control Estado
CUIL de cada trabajador Pedido
Pago mensual a la seguridad social Pedido
Constancia de pago de remuneraciones No pedido
Cuenta a nombre del trabajador Pedido
Seguro de riesgos del trabajo con endoso No pedido
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Estimación sobre el texto del art. 30 de la LCT con la Ley 27.802. Los casos reales dependen de cada situación.
  • Criterio prudente: si falta uno solo de los cinco controles, se cuenta la deuda entera.
  • No se suman intereses, multas ni gastos.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: InfoLEG · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de solidaridad por subcontratación en Argentina: art. 30 · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Argentina, si contratas trabajos de tu actividad normal y propia, el art. 30 de la LCT te exime de la deuda laboral del contratista solo si le pediste los 5 controles.
  • Si omites pedir cualquiera de los 5 datos, respondes solidariamente: el trabajador puede cobrarte la deuda entera, no una parte.
  • Con una deuda de $ 9.200.000 (sueldos $ 3.000.000, indemnizaciones $ 5.000.000 y aportes $ 1.200.000) y 2 controles sin pedir, respondes por $ 9.200.000.
  • Si la actividad es accesoria, como la limpieza o el comedor, el art. 30 no se aplica.

¿Cuándo responde el principal?

Responde si contrata o subcontrata trabajos de su actividad normal y específica y no pidió los datos que exige el art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Si los pidió, queda exento. Esta calculadora es solo para Argentina y da una estimación.

El art. 30 se aplica a quien cede su establecimiento o contrata trabajos o servicios de la actividad normal y específica propia del establecimiento. Se llama «principal» o «comitente». El contratista o subcontratista es quien presta el servicio con sus trabajadores.

Desde marzo de 2026, la Ley 27.802 cambió el texto. Ahora el principal no tiene que vigilar cada paso: tiene que pedir cinco datos y guardarlos. Si lo hace, queda libre de responsabilidad. Si no, responde junto con el contratista.

Los 5 controles

El principal debe exigir al contratista:

  1. El CUIL de cada trabajador que presta servicios.
  2. La constancia de pago mensual a los subsistemas de la seguridad social.
  3. La constancia de pago de las remuneraciones.
  4. La información de una cuenta a nombre del trabajador, donde cobra su sueldo.
  5. Una cobertura por riesgos del trabajo con cláusula de endoso a favor del principal.

La ley dice que cumplir ese control exime de toda responsabilidad al principal. Tampoco responde si el contratista le dio información falsa. En cambio, si omitió pedir los datos, responde solidariamente.

Cómo se calcula

La calculadora suma la deuda del contratista y mira dos cosas: el tipo de actividad y los controles.

Deuda = sueldos y aguinaldo + indemnizaciones + aportes y contribuciones
Controles que faltan = controles que no pediste (de 5)
Respondes = actividad normal y propia, y falta al menos 1 control
Monto = la deuda entera si respondes; 0 si no

Solidario quiere decir que el trabajador puede cobrar la deuda a cualquiera de los dos, al contratista o al principal. No se reparte en partes según el control omitido. Por eso la calculadora usa un criterio prudente: si falta un solo control, cuenta la deuda entera.

Ejemplo

Una empresa contrata a un contratista para el servicio central de su planta. El contratista debe $ 3.000.000 en sueldos y aguinaldo, $ 5.000.000 en indemnizaciones y $ 1.200.000 en aportes.

La empresa pidió el CUIL, el pago a la seguridad social y la cuenta del trabajador. No pidió la constancia de pago de sueldos ni el seguro de riesgos del trabajo con endoso.

  • Deuda total: $ 9.200.000.
  • Controles que faltan: 2 controles.
  • Resultado: la empresa responde solidariamente por $ 9.200.000.

Si hubiera pedido los 5 controles, el monto sería $ 0. La diferencia de pedir dos papeles más es la deuda entera.

Qué no cubre

  • No suma intereses, multas ni gastos del trámite.
  • No analiza otros artículos, como el 31 (grupos de empresas con maniobras fraudulentas) o el 225 (transferencia del contrato).
  • No decide si una actividad es «normal y específica» o «accesoria»: eso depende de cada caso. Tú eliges la opción.
  • Si la actividad es accesoria o coadyuvante, el art. 30 no se aplica y el resultado es $ 0 por este artículo.
  • No tiene en cuenta si ya se pagó una parte de la deuda: escribe solo lo que sigue pendiente.

Es una guía para entender la regla, no una opinión legal. Cada situación puede tener detalles que cambian el resultado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la solidaridad del art. 30?

Es la regla por la que el principal puede tener que pagar la deuda laboral de su contratista. Solidaria significa que se puede cobrar a uno u otro por el total.

¿Qué actividades son «normales y específicas»?

Son las que forman parte del trabajo habitual del establecimiento. Una fábrica de pan que contrata a quien amasa tiene una actividad normal. Si contrata la limpieza, es accesoria.

¿Un solo papel que falte alcanza para responder?

Sí, en este cálculo. La norma dice que responde quien omite pedir los datos. Como no reparte la deuda según el dato omitido, la calculadora cuenta el total por prudencia.

¿Qué pasa si el contratista me mintió?

Si pediste los cinco datos y la información resultó falsa, el art. 30 dice que no respondes. Guarda las constancias que te dieron.

¿Sirve para contratos con el Estado?

La LCT no se aplica a la administración pública salvo que se la incluya expresamente. Esta calculadora no analiza esos casos.

¿Cambian las cifras de esta calculadora con los años?

No hay cifras anuales. Solo cambia si cambia la ley. La fuente es el texto vigente de la LCT en infoleg.

Si te interesa lo que cobra un trabajador al terminar la relación, mira la calculadora de indemnización por despido y la de liquidación final. Para los aportes del trabajador, usa la de aportes al SIPA.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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