En resumen
- En Guatemala, por enfermedad común el IGSS paga dos tercios de tu salario diario, desde el cuarto día de suspensión y hasta 26 semanas por la misma enfermedad.
- Con Q6,000.00 al mes, tu salario diario es de Q200.00 y el IGSS paga Q133.33 por día: en 10 días de enfermedad cobras Q1,133.31 en total.
- El subsidio diario nunca baja de Q12 ni pasa de Q150: con Q8,000.00 al mes, los dos tercios serían Q177.78 y el IGSS paga el tope de Q150.00.
- En un accidente, el IGSS paga desde el segundo día y el día del accidente te lo paga completo tu empresa.
¿Cuánto paga el IGSS cuando te suspenden?
El IGSS (Instituto Guatemalteco de Seguridad Social) te paga dos tercios de tu salario diario mientras estás suspendido por enfermedad común o accidente. Con Q6,000.00 al mes son Q133.33 al día. Es un subsidio: una ayuda en dinero para que no te quedes sin ingresos mientras no puedes trabajar.
Esta calculadora es solo para Guatemala. No sirve para la maternidad, que se paga distinto (el 100 % del salario diario). Es una estimación: el IGSS hace el cálculo oficial.
Cómo usar la calculadora
- Elige si es enfermedad común o accidente.
- Escribe tu salario ordinario al mes. Si cobras horas extra o comisiones, suma su promedio.
- Escribe los días de suspensión que te dio el médico, contando desde el primero.
- Lee cuánto cobras en total, cuánto pone el IGSS y cuánto dejas de cobrar.
En Opciones avanzadas puedes cambiar cuántos días iniciales te paga tu empresa y los límites del subsidio, por si cambian.
¿Desde qué día paga el IGSS?
Depende del motivo de la suspensión:
| Motivo | Quién paga | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Enfermedad común | Tu empresa el primer día; el IGSS | Desde el cuarto día de incapacidad |
| Accidente | Tu empresa el día del accidente, completo; el IGSS | Desde el segundo día |
En enfermedad, el Acuerdo 410 de la Junta Directiva del IGSS dice que el subsidio empieza el cuarto día y que el día en que empieza la incapacidad lo paga el patrono. Los días 2 y 3 no los paga nadie por ley: el artículo 67 del Código de Trabajo dice que, si estás protegido por el IGSS, la empresa paga solo lo que fijan los reglamentos del IGSS, y esos reglamentos le dejan el primer día. Si tu empresa te paga también esos días, cámbialo en Opciones avanzadas.
En accidente, el Acuerdo 1002 marca el segundo día como el primero con subsidio.
¿Cuántos días puede durar?
Por enfermedad, el IGSS paga hasta 26 semanas de subsidio (182 días, es decir, hasta el día 185 de la suspensión) por la misma enfermedad. Si te recaes en menos de 30 días, se suman. En accidente, la calculadora no pone tope porque no pudimos confirmarlo en el texto oficial.
¿Quién tiene derecho?
Tienes derecho si sigues con empleo y cotizaste al IGSS al menos 3 de los últimos 6 meses, según el reglamento de enfermedad reformado por el Acuerdo 1154 y el de accidentes (Acuerdo 1002, artículo 3). La página de enfermedad del IGSS pide 4 meses, así que confirma tu caso en el IGSS. Si no cumples, el IGSS no paga el subsidio. Entonces la empresa te da licencia y te paga medio salario durante 1, 2 o 3 meses, si llevas más de 2 meses, 6 o más, o 9 o más trabajando sin interrupción (artículo 67 del Código de Trabajo). Esta calculadora no suma ese pago. Si te enfermas de vacaciones, tampoco hay subsidio: tu empresa te paga el salario completo.
Fórmulas
Salario diario = salario mensual ÷ 30 Subsidio por día = salario diario × 2/3, entre Q12 y Q150 Cobras = subsidio × días que paga el IGSS + salario diario × días que paga tu empresa
Los límites vienen del Acuerdo 468, artículo 54: el subsidio no baja de Q12 al día ni sube de Q150. Si tu salario diario es menor de Q12, el IGSS paga el salario diario completo. El detalle está en el Acuerdo 468.
Ejemplo: Q6,000.00 al mes, 10 días de enfermedad
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Salario diario (Q6,000.00 ÷ 30) | Q200.00 |
| Subsidio del IGSS por día (dos tercios) | Q133.33 |
| Día 1: lo paga tu empresa | Q200.00 |
| Días 2 y 3: sin pago | 2 días |
| Días 4 al 10: paga el IGSS (7 días) | Q933.31 |
| Cobras en total | Q1,133.31 |
| Habrías cobrado trabajando | Q2,000.00 |
| Dejas de cobrar | Q866.69 |
Con el mismo salario y un accidente de 10 días, cobras Q1,399.97: Q200.00 de tu empresa el día del accidente y Q1,199.97 del IGSS por los otros 9 días.
Con Q8,000.00 al mes, los dos tercios de tu salario diario (Q266.67) serían Q177.78, pero el IGSS paga como máximo Q150.00 por día.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga el IGSS por una suspensión por enfermedad?
Dos tercios de tu salario diario, desde el cuarto día. Con Q6,000.00 al mes son Q133.33 por día. Nunca menos de Q12 ni más de Q150 al día.
¿Quién paga el primer día de la suspensión?
Tu empresa. Por enfermedad, paga completo el día en que empieza la incapacidad; los días 2 y 3 no los paga nadie por ley. En accidente, paga el día del accidente.
¿Cuántos días de reposo cubre el IGSS?
Hasta 26 semanas de subsidio (182 días) por la misma enfermedad. Si es un accidente, la calculadora no aplica un tope porque no pudimos confirmarlo.
¿Qué pasa si no tengo las cotizaciones mínimas?
El IGSS no paga el subsidio. Según el artículo 67 del Código de Trabajo, tu empresa te da licencia y te paga medio salario durante 1 a 3 meses, según tu antigüedad. La calculadora lo avisa y no suma ese pago.
¿La suspensión por maternidad se calcula igual?
No. La maternidad se paga al 100 % del salario diario, sin el tope de Q150, y tiene reglas propias. Esta calculadora es solo para enfermedad común y accidente.
¿Cuánto dejo de cobrar frente a trabajar?
Depende de los días sin pago y de la diferencia entre el salario completo y los dos tercios. Con Q6,000.00 y 10 días de enfermedad dejas de cobrar Q866.69.
