En resumen
- Inscribir una vivienda de 200.000 € cuesta unos 182,91 € en el Registro de la Propiedad: 176,90 € de arancel y 6,01 € de presentación.
- La escala empieza en 24,04 € hasta 6.010,12 € y suma 1,75 por 1.000 el tramo siguiente, hasta bajar a 0,20 por 1.000 sobre 601.012,10 €.
- Una hipoteca de 150.000 € paga el 75 % de la escala: 121,91 € de arancel, más 6,01 € de presentación, 127,92 € en total.
- A todo el arancel de inscripción se le rebaja un 5 %; los derechos de presentación de 6,01 € por título no llevan esa rebaja.
¿Cuánto cobra el Registro de la Propiedad por inscribir una vivienda?
Para una vivienda de 200.000 €, el registrador cobra unos 182,91 €: 176,90 € de arancel y 6,01 € por presentar el documento. Es una cifra pequeña frente al impuesto de la compra, porque el arancel sube poco con el valor: de cada 1.000 € de precio, el registro se queda con menos de 1 €.
Esta calculadora es solo para España. Usa el Arancel de los Registradores de la Propiedad, aprobado por el Real Decreto 1427/1989. Las cifras son estimaciones: la minuta real la fija el registrador.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el valor de la finca: el precio de la compra o el valor que Hacienda comprueba. En una hipoteca, el capital del préstamo.
- Elige qué se inscribe: una compraventa u otro título, un préstamo hipotecario, una agrupación o segregación, o una subrogación o cancelación de hipoteca.
- En las opciones avanzadas puedes añadir un garaje o un trastero, marcar si paga una Administración pública o si la vivienda es protegida, y cambiar la rebaja o la presentación.
La escala del arancel por tramos
El arancel se calcula por finca con una escala. Los primeros 6.010,12 € cuestan una cantidad fija y cada tramo siguiente suma un tanto por mil, solo sobre el exceso:
| Valor de la finca | Qué se cobra |
|---|---|
| Hasta 6.010,12 € | 24,04 € fijos |
| De 6.010,12 € a 30.050,61 € | 1,75 por 1.000 del exceso |
| De 30.050,61 € a 60.101,21 € | 1,25 por 1.000 del exceso |
| De 60.101,21 € a 150.253,03 € | 0,75 por 1.000 del exceso |
| De 150.253,03 € a 601.012,10 € | 0,30 por 1.000 del exceso |
| Más de 601.012,10 € | 0,20 por 1.000 del exceso |
Un "por 1.000" es 1 € de cada 1.000 €. Al resultado se le aplica la rebaja del 5 % y se suman los derechos de presentación, 6,01 € por cada título.
Reducciones y bonificaciones
- Préstamos con garantía hipotecaria: se paga el 75 % de la escala.
- Agrupaciones, segregaciones, divisiones, primera inscripción de cada propiedad en propiedad horizontal e hipotecas de precio aplazado: se paga el 70 %.
- Subrogación, novación y cancelación de hipotecas: la base es el capital pendiente reducido un 90 %, y el arancel queda entre 24,04 € y 2.181,67 €.
- Bonificación del 50 %: cuando paga una Administración pública, un partido o un sindicato, o en vivienda protegida en segunda transmisión y rehabilitación protegida.
Si coinciden varias, la norma dice que se aplica la más favorable. La calculadora no las suma.
Ejemplo
Vivienda de 200.000 € comprada en España, sin reducciones:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Escala del arancel | 186,21 € |
| Tras la rebaja del 5 % | 176,90 € |
| Presentación | 6,01 € |
| Total | 182,91 € |
Si además se inscribe una hipoteca de 150.000 €, esa inscripción paga el 75 % de su escala (171,10 €): 121,91 € de arancel con rebaja y 127,92 € en total con la presentación.
Qué no incluye
Esta cifra no incluye el IVA, los suplidos (por ejemplo, el coste de envío), el arancel del notario, la gestión del documento ni los impuestos de la compra. Para estos últimos mira el ITP de la vivienda. También quedan fuera una nota simple (3,01 €) o una certificación. Si el título tiene más de diez años, el arancel se aplica sobre el valor actualizado. Si hay varios propietarios, el total no puede pasar del 1 % del valor de la finca.
Para saber quién paga cada gasto de una hipoteca, consulta el reparto de gastos de formalización. Si cancelas una hipoteca, mira los gastos de cancelación.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el registro de la propiedad?
Según el arancel, paga quien tiene a su favor el derecho que se inscribe, y también se le puede exigir a quien presente el documento. En una compraventa, es el comprador. En una hipoteca, el reparto depende de la ley y del contrato.
¿Se puede discutir la minuta del registrador?
Sí. El arancel da 15 días hábiles desde que recibes la minuta para presentar una impugnación ante el registrador o ante la Junta Directiva del Colegio de Registradores.
¿El arancel es igual en todas las comunidades autónomas?
Sí. Es un arancel estatal: la misma escala vale en toda España. Lo que cambia entre comunidades es el impuesto de la compra, no el registro.
¿Cuánto cuesta una nota simple?
La nota simple por finca tiene un arancel de 3,01 €. No forma parte de la inscripción, así que esta calculadora no la suma.
¿Por qué la minuta del registrador no coincide con esta estimación?
La minuta puede añadir IVA, suplidos, varias fincas o inscripciones y distintos valores comprobados. Esta página usa solo los números del arancel.
