En resumen
- En el alquiler con opción a compra de vivienda protegida, todas las rentas se descuentan del precio: con 600 € al mes durante 36 meses se descuentan 21.600 €.
- Con un precio pactado de 120.000 €, pagarías 98.400 € al comprar y el vendedor podría recibir 38.880 € de ayuda.
- La ayuda al vendedor es igual a las rentas, hasta 33.600 €, más el 80 % de esa cantidad, hasta 26.880 €: como máximo 60.480 € por vivienda.
- Hay que tener 35 años o menos al firmar y comprar entre 1 y 4 años después; las comunidades autónomas conceden la ayuda mientras el plan siga vigente.
¿Qué es el alquiler con opción a compra de vivienda protegida?
Es un contrato en el que alquilas una vivienda protegida y te reservas el derecho a comprarla más adelante, por un precio fijado desde el primer día. La clave del plan estatal es que todas las rentas que pagas se descuentan del precio final. El Plan Estatal de Vivienda lo regula en los artículos 146 a 151 del Real Decreto 326/2026.
Esta página es solo para España. La ayuda no la cobra quien alquila, sino la persona o empresa que vende la vivienda, y a cambio se compromete a descontar las rentas íntegras del precio.
Cómo se calcula
Hay tres cuentas sencillas:
Rentas descontadas = renta mensual × meses hasta comprar Precio al comprar = precio pactado − rentas descontadas Ayuda al vendedor = base + adicional base = rentas, con un máximo de 33.600 € adicional = 80 % de la base, con un máximo de 26.880 €
Dicho fácil: por cada 100 € de rentas pagadas, el vendedor puede recibir otros 100 € de base y 80 € más. El techo es de 60.480 € por vivienda (33.600 € más 26.880 €). Ese techo se alcanza al llegar a 33.600 € de rentas, por ejemplo con 700 € al mes durante 48 meses.
Cómo usar la calculadora
- Renta mensual del contrato: lo que pagas cada mes.
- Meses hasta comprar: entre 12 y 48. La norma permite ejercer la opción desde el primer año hasta el cuarto, contando desde la firma.
- Tu edad al firmar: hasta 35 años incluidos.
- Precio de compra pactado: el que figura en el contrato.
- Opciones avanzadas: tus ingresos, si tienes otra vivienda, si pagas al día y los límites de la norma, por si cambian.
Ejemplo
Tienes 28 años, alquilas con opción a compra una vivienda protegida por 600 € al mes y el precio pactado es de 120.000 €. Compras a los 36 meses.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rentas descontadas (600 € × 36) | 21.600,00 € |
| Precio que pagas al comprar | 98.400,00 € |
| Ayuda base al vendedor | 21.600,00 € |
| Ayuda adicional (80 %) | 17.280,00 € |
| Ayuda total al vendedor | 38.880,00 € |
Con esa renta necesitarías 56 meses para llegar a 33.600 €, pero el plazo máximo es de 48. Con 800 € al mes durante 48 meses las rentas serían 38.400 €: la base se queda en 33.600 € y la ayuda en 60.480 €.
Requisitos que mira la norma
- Quien alquila tiene 35 años o menos cuando firma. Si son dos personas, basta con que lo cumpla una.
- Los ingresos de quien compra no superan los del régimen de protección de la vivienda, en el momento de la escritura.
- No hay más de dos compradores.
- No se dispone de otra vivienda en España que se pueda ocupar.
- Se han pagado todas las rentas en tiempo y forma.
- El contrato fija el precio y el plazo, y el precio no puede superar el de la protección permanente cuando se ejerce la opción.
Si algún requisito falla, la calculadora pone la ayuda a cero y te enseña la que tendría el vendedor si se cumpliera todo.
Qué conviene tener en cuenta
- La ayuda se puede pagar antes de la escritura, pero queda condicionada a que se firme y a que conste en ella.
- Cada comunidad autónoma abre su propia convocatoria y no puede conceder esta ayuda después del 30 de junio de 2030.
- Las rentas se descuentan solo si el contrato las recoge así. Revisa que lo diga.
Preguntas frecuentes
¿Quién cobra la ayuda: el que alquila o el vendedor?
La cobra la persona o empresa que vende la vivienda protegida. Tú te beneficias porque todas las rentas que pagas se descuentan del precio de compra.
¿Cuánto tiempo puedo estar alquilando antes de comprar?
Como mínimo un año y como máximo cuatro, contados desde la firma del contrato. Fuera de ese plazo la ayuda no se concede.
¿Qué pasa si las rentas superan el tope de 33.600 €?
Se descuentan igualmente del precio todas las rentas. Lo que tiene tope es la ayuda que recibe el vendedor: la base no pasa de 33.600 €.
¿Puedo pedirla si ya tengo otra vivienda?
No, si esa vivienda está en España y puedes ocuparla. Hay excepciones para casos como una separación o una vivienda inaccesible por discapacidad: consúltalas en tu convocatoria.
¿Puedo usar este alquiler con opción a compra en una vivienda libre?
No. La norma estatal habla de viviendas protegidas con protección permanente. Una vivienda libre no entra en esta ayuda.
¿La cifra que sale es definitiva?
Es una estimación con la norma estatal. La convocatoria de tu comunidad autónoma puede añadir condiciones y fija el procedimiento.
