En resumen
- En El Salvador, las pérdidas por vender acciones se restan de las ganancias de capital del mismo año y, si sobran, de las de los 5 años siguientes (Ley del Impuesto sobre la Renta, arts. 14 y 14-A).
- Con $9,000.00 de ganancias y $2,000.00 de pérdidas, la ganancia neta del año es de $7,000.00; con $3,000.00 de pérdidas de hace 2 años, queda en $4,000.00 y pagas $400.00.
- Sin compensar pagarías $900.00: las pérdidas te ahorran $500.00. De cada $100 de pérdida que usas, ahorras $10.
- La pérdida solo cuenta si la declaraste y registraste, y a los 5 años siguientes vence: una pérdida de hace 6 años ya no sirve.
¿Se pueden compensar pérdidas al vender acciones en El Salvador?
Sí, pero solo contra ganancias de capital. Si eres persona natural domiciliada y vendes acciones, la pérdida de una venta se resta de la ganancia de otras ventas del mismo año. Si la pérdida es mayor, el saldo se puede usar en los 5 años siguientes. Lo dice la Ley del Impuesto sobre la Renta en sus artículos 14, 14-A y 42.
Esta página es solo para El Salvador. Es una estimación con la ley, no una asesoría: tu caso puede tener detalles que aquí no entran. Para calcular el impuesto de una sola venta, usa la calculadora de impuesto por vender acciones.
Cómo usar la calculadora
- Ganancias de capital de este año: suma las ventas en las que ganaste.
- Pérdidas de capital de este año: suma las ventas en las que perdiste.
- En Opciones avanzadas escribe lo que te queda sin usar de pérdidas de hace 1 a 5 años, y la tasa si cambia la ley.
El resultado sale al momento con los valores de ejemplo.
Cómo se calcula
La ganancia neta es lo que queda de las ganancias después de restar todas las pérdidas que puedes usar. El impuesto es el 10 % de esa ganancia neta.
Ganancia neta del año = ganancias - pérdidas del año Ganancia gravada = ganancia neta del año - pérdidas anteriores usadas Impuesto = ganancia gravada × 10 % Ahorro = (ganancias × 10 %) - impuesto
Reglas que sigue la calculadora:
- Primero se restan las pérdidas del mismo año.
- Después se usan las pérdidas de años anteriores, de la más antigua a la más reciente, para que no venzan.
- Si las pérdidas superan a las ganancias, no pagas impuesto y el saldo pasa al año siguiente.
- A los 5 años siguientes la pérdida que no usaste se pierde.
Ejemplo
Ganaste $9,000.00 en unas ventas y perdiste $2,000.00 en otras. Además tienes $3,000.00 de pérdida sin usar de hace 2 años.
| Paso | Monto |
|---|---|
| Ganancias del año | $9,000.00 |
| Pérdidas del año | -$2,000.00 |
| Ganancia neta del año | $7,000.00 |
| Pérdida de hace 2 años usada | -$3,000.00 |
| Ganancia neta gravada | $4,000.00 |
| Impuesto al 10 % | $400.00 |
| Impuesto sin compensar | $900.00 |
| Impuesto que ahorras | $500.00 |
Si además tuvieras $1,000.00 de pérdida de hace 6 años, no cuenta: ya venció.
Qué pérdidas no valen
No toda pérdida se puede restar:
- Pérdidas que no son de capital: una pérdida de capital no baja el impuesto de tu sueldo ni de otras rentas.
- Pérdidas con sujetos relacionados o con personas en paraísos fiscales: la ley no las admite (art. 29-A).
- Pérdidas en el exterior: solo compensan ganancias obtenidas también en el exterior (art. 14-A).
- Pérdidas sin declarar: deben declararse y registrarse en el formulario de cálculo de ganancia de capital.
Si vendes antes de 12 meses desde la compra, la ganancia no tributa al 10 %: se suma a tu renta ordinaria (art. 42). Esta calculadora no calcula ese caso. Para ver el efecto de un cambio de moneda en acciones del exterior, mira la calculadora de acciones extranjeras.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años puedo usar una pérdida por vender acciones?
Puedes usarla en el año en que ocurrió y en los 5 años siguientes. Pasado ese plazo, la pérdida que no usaste se pierde. La calculadora marca en la tabla cuál vence el año siguiente.
¿Puedo restar la pérdida de las acciones a mi sueldo?
No. La pérdida de capital solo se resta de ganancias de capital. Tu sueldo y otras rentas se calculan aparte, por ejemplo con la devolución de renta.
¿Pago algo si vendí acciones con más pérdidas que ganancias en El Salvador?
No pagas impuesto por ventas de acciones ese año. La diferencia queda como saldo para los 5 años siguientes, si la declaras. La calculadora la muestra en «Pérdida para el año siguiente».
¿Qué pérdida se usa primero?
La del mismo año va primero. Luego esta calculadora usa las anteriores de la más antigua a la más reciente, así ninguna vence sin usarse. La ley no obliga a otro orden: es el criterio más prudente.
¿Hay que registrar la pérdida para poder usarla?
Sí. El artículo 14-A pide que la pérdida se haya declarado y registrado. Se hace con el formulario de cálculo de ganancia de capital que adjuntas a la declaración de renta.
¿Y los dividendos de esas acciones?
Son otro cálculo y no se mezclan con las pérdidas de capital. Mira la retención de dividendos.
