En resumen
- En México tienes 12 días de vacaciones al cumplir 1 año de antigüedad y 2 más por año hasta llegar a 20 en el quinto (Ley Federal del Trabajo, art. 76).
- Desde el sexto año los días suben 2 por cada 5 años: 22 de los 6 a los 10 años, 24 de los 11 a los 15 y así hasta 30.
- La prima vacacional es de al menos el 25 % del pago de tus días de vacaciones (art. 80).
- Con $15,000 al mes y 3 años cumplidos, te tocan 16 días ($8,000.00) y $2,000.00 de prima: $10,000.00 en total antes de impuestos.
Días de vacaciones según tus años de antigüedad
Tus días de vacaciones dependen de los años completos que llevas con tu empresa. Al cumplir el primer año tienes derecho a 12 días pagados. Cada año suben 2 días hasta llegar a 20 en el quinto. Después, suben 2 días por cada 5 años de servicio. Así lo marca el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, con la reforma de «vacaciones dignas» vigente desde 2023.
| Años cumplidos | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
Antes de cumplir el primer año todavía no hay un periodo completo de vacaciones. Si te vas antes, la ley te da una parte proporcional al tiempo trabajado (art. 79). Esa parte la calculan las páginas de vacaciones y de finiquito.
Esta calculadora solo sirve para México. En otros países las vacaciones se cuentan de otra forma.
Cuánto es la prima vacacional en cada escalón
La prima vacacional es un pago extra que recibes al tomar tus vacaciones. Es de al menos el 25 % de lo que te pagan por esos días (art. 80). Dicho fácil: por cada 100 pesos de sueldo de tus vacaciones, recibes 25 pesos más.
Como la prima sale del pago de tus días, sube cuando suben tus días. Con el mismo sueldo, pasar de 3 a 4 años de antigüedad te da 2 días más de descanso y, además, más prima. La calculadora te muestra en una tabla qué días, pago y prima te tocarían en cada escalón de antigüedad con tu sueldo.
Tu empresa puede dar más que la ley: más días o una prima del 30 %, del 50 % o incluso del 100 %. Nunca puede dar menos. Si tu contrato mejora la ley, usa las opciones avanzadas.
Cómo se calcula
Salario diario = sueldo mensual / 30 Pago de los días = salario diario × días de vacaciones Prima vacacional = pago de los días × 25 % Total = pago de los días + prima
- Salario diario: si te pagan al mes, se divide entre 30; si es a la semana, entre 7 (art. 89). A la quincena, entre 15.
- Días: los de la tabla según tus años cumplidos, más los que te dé tu contrato.
- Prima: el 25 % como mínimo, o el porcentaje de tu empresa.
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu sueldo bruto y elige si es al mes, a la quincena, a la semana o al día.
- Escribe tus años cumplidos en la empresa.
- Mira los días, el pago, la prima y los años que faltan para el siguiente aumento.
En Opciones avanzadas puedes cambiar el porcentaje de prima y sumar días extra.
Ejemplo: sueldo de $15,000 al mes y 3 años
Con $15,000 al mes y 3 años cumplidos, te tocan 16 días de vacaciones.
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Salario diario ($15,000 / 30) | $500.00 |
| Días de vacaciones (3 años) | 16 |
| Pago de los días | $8,000.00 |
| Prima vacacional (25 %) | $2,000.00 |
| Prima por cada día de vacaciones | $125.00 |
| Total antes de impuestos | $10,000.00 |
Con 4 años, el mismo sueldo daría 18 días. Y con un sueldo de $18,000 al mes y 5 años, te tocarían 20 días: $12,000.00 por los días, $3,000.00 de prima y $15,000.00 en total. Si tu empresa da una prima del 50 % y ganas $9,000 al mes con 2 años, cobras $4,200.00 por 14 días, $2,100.00 de prima y $6,300.00 en total.
Cuándo suben tus días
Los días suben cada año hasta los 5 años. A partir del sexto, el aumento llega cada 5 años: a los 11, a los 16, a los 21 y a los 26. Por eso, con 6 años tienes que esperar 5 más para pasar de 22 a 24 días. La calculadora te dice cuántos años faltan y cuántos días tendrás entonces.
Cuándo debes tomarlas
Tu empresa debe darte las vacaciones dentro de los 6 meses siguientes a cumplir cada año de servicios (art. 81), y entregarte cada año una constancia con tu antigüedad, los días que te tocan y la fecha en que deben disfrutarse. Al menos 12 días deben ser seguidos (art. 78). Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero mientras sigues trabajando (art. 79).
¿Paga impuestos la prima vacacional?
Una parte puede estar libre de ISR y el resto se grava. Esa cuenta depende de la UMA y de tu sueldo, y no está en esta página. Para verla, usa la calculadora de ISR de la prima vacacional. Para la prima sola, está la de prima vacacional, y para otro pago del año, la de aguinaldo.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me tocan con 2 años de antigüedad?
Te tocan 14 días. Con 1 año son 12 y cada año hasta el quinto suma 2 días más.
¿La prima vacacional se calcula sobre los días o sobre el mes?
Sobre los días de vacaciones. Se toma tu salario diario, se multiplica por los días y el resultado por el 25 % o el porcentaje de tu empresa. No se calcula sobre el sueldo completo del mes.
¿Los días de vacaciones se cuentan como hábiles o naturales?
La ley habla de días laborables, es decir, los días en que te tocaba trabajar. Por eso no cuentan los días de descanso semanal que caigan en medio.
¿Qué pasa si mi empresa da más días que la ley?
Valen los de tu contrato. Ponlos como días extra en las opciones avanzadas y verás el nuevo pago y la nueva prima.
¿Cuándo empiezo a contar los años de antigüedad?
Desde el día en que empezaste a trabajar con esa empresa. Cuentan los años completos: con 2 años y 11 meses, aún tienes 2.
¿El pago de mis vacaciones es el resultado exacto que me depositarán?
Es una estimación en pesos mexicanos, antes de impuestos. Si tu salario varía, tu empresa puede usar un promedio. Para tu caso, consulta tu recibo o tu contrato.
