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Calculadora de la fecha límite para comunicar las vacaciones en España

Solo para España. Escribe el primer día de tus vacaciones. Verás la fecha límite en que tu empresa debe comunicártelas, los días de antelación y, si ya te avisaron, si llegó a tiempo.

Solo España · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos

El día en que empiezas a disfrutarlas.

Opciones avanzadas
meses

La ley exige 2 meses. Si tu convenio da más, escríbelos aquí.

Fecha límite para comunicarte las vacaciones miércoles 2 de junio de 2027 como tarde ese día
Antelación en días 61 días naturales antes del inicio

Tu empresa debe decirte las fechas como tarde el miércoles 2 de junio de 2027: 61 días antes de que empiecen tus vacaciones.

Último día de trabajo hasta el límite
miércoles 2 de junio de 2027

Tus fechas

Qué Día
Empiezan tus vacaciones lunes 2 de agosto de 2027
Fecha límite para comunicarlas miércoles 2 de junio de 2027
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • La ley dice «dos meses antes, al menos». Aquí la fecha límite es el mismo día del mes, dos meses atrás, y cuenta incluido.
  • Si el mes anterior no tiene ese día, se usa su último día.
  • Tu convenio puede pedir más antelación o fijar un calendario anual. Confírmalo con tu empresa.
  • Es una estimación orientativa: no tiene en cuenta festivos locales ni acuerdos propios.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Boletín Oficial del Estado · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de la fecha límite para comunicar las vacaciones en España · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Tu empresa debe decirte las fechas de vacaciones al menos dos meses antes de que empiecen, según el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Si tus vacaciones empiezan el 2 de agosto, la fecha límite es el 2 de junio, 61 días antes.
  • Con inicio el 31 de marzo, el límite sería el 31 de enero; con inicio el 30 de abril, el 28 de febrero, porque no existe el 30.
  • Si te lo dijeron el 3 de junio para ese 2 de agosto, llegó 1 día tarde; el 2 de junio, llegó a tiempo.

¿Con cuánta antelación te deben comunicar las vacaciones?

Tu empresa debe decirte las fechas de tus vacaciones al menos dos meses antes de que empiecen. Lo dice el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores: «El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute».

Esta calculadora es solo para España. Otros países tienen plazos distintos.

Cómo se cuenta la fecha límite

Se cuenta por meses de calendario, no por 60 días. Se resta dos meses al primer día de vacaciones y se mantiene el mismo día del mes.

fecha límite = primer día de vacaciones - 2 meses

Si el mes anterior no tiene ese día, se usa su último día. Por eso:

EmpiezasFecha límite
2 de agosto2 de junio
31 de marzo31 de enero
30 de abril28 de febrero (29 si es bisiesto)
15 de enero15 de noviembre

La ley no dice si el último día cuenta. La calculadora usa el criterio prudente: vale hasta ese día incluido.

Cómo usar la calculadora

  1. Primer día de tus vacaciones. El día en que empiezas a disfrutarlas.
  2. Días que trabajas a la semana. Sirve para decirte el último día de trabajo antes del límite si cae en fin de semana.
  3. Meses de antelación (opciones avanzadas). La ley dice 2. Cámbialo si tu convenio da más.
  4. Ya me han dicho mis fechas (opciones avanzadas). Escribe el día en que te avisaron y verás si llegó a tiempo.

Ejemplo

Empiezas vacaciones el lunes 2 de agosto de 2027, trabajas de lunes a viernes y tu convenio no cambia el plazo.

DatoResultado
Fecha límitemiércoles 2 de junio de 2027
Días de antelación61

Si tu empresa te lo dice el 2 de junio, llega a tiempo. Si te lo dice el 3 de junio, llega 1 día tarde.

Qué significa «dos meses antes» en la práctica

Imagina que tus vacaciones empiezan el 1 de septiembre. Dos meses antes es el 1 de julio, así que tu empresa tiene hasta ese día para decirte las fechas. Si te las comunica el 2 de julio, ya va con un día de retraso. No importa cuántos días tengan los meses de por medio: por eso la distancia en días cambia de un caso a otro y la calculadora la muestra aparte.

El plazo se mide desde el primer día de disfrute, no desde el último. Si partes tus vacaciones en varios periodos, cada periodo tiene su propia fecha límite. Para verlas, repite el cálculo con el primer día de cada tramo.

Si te avisan tarde

La ley fija dos meses, pero no cambia tus fechas por sí sola. Lo habitual es hablarlo con tu empresa y pedir otras fechas o una confirmación por escrito. Si no hay acuerdo, el artículo 38.2 dice que lo decide la jurisdicción social. Mira también tu convenio colectivo, que puede fijar un calendario anual o más antelación.

Para saber cuántos días de vacaciones te corresponden, usa la calculadora de vacaciones en España. Si te las dejaste sin disfrutar, mira vacaciones no disfrutadas. Si coinciden con una baja, mira vacaciones y baja por incapacidad temporal.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días antes tiene que avisarme la empresa de mis vacaciones?

Dos meses de calendario antes del primer día, como mínimo. En días suelen ser 59, 61 o 62, según los meses.

¿Puede la empresa cambiarme las vacaciones ya comunicadas?

La ley dice que las fechas se fijan de común acuerdo. Un cambio de última hora suele necesitar tu conformidad. Revisa tu convenio.

¿Qué pasa si no hay calendario en mi empresa?

El calendario de vacaciones se fija en cada empresa. Aun así, el plazo de dos meses para conocer tus fechas sigue siendo el mismo.

¿Mi convenio puede cambiar el plazo?

Sí, puede mejorarlo. Si pide tres meses, escríbelo en la opción de meses de antelación.

¿Tengo que pedir que me lo comuniquen por escrito?

La ley no exige una forma concreta. Aun así, un correo o un calendario firmado te sirve para demostrar el día exacto en que te lo dijeron.

¿El plazo cuenta si el último día es festivo o domingo?

La ley no lo aclara. Lo prudente es que te avisen el último día de trabajo anterior; la calculadora te lo indica.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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