En resumen
- En Perú, la gratificación trunca es la parte de la gratificación de julio o de diciembre que te pagan al dejar el trabajo: un sexto de tu remuneración por cada mes calendario completo del semestre.
- Con un sueldo de S/ 2,500.00 y un último día de trabajo el 31 de mayo, cuentas 5 meses: S/ 2,083.33 de gratificación más S/ 187.50 de bonificación del 9 %, en total S/ 2,270.83.
- Si dejas el trabajo el 30 de mayo, mayo no cuenta completo: son 4 meses, S/ 1,666.67 de gratificación y S/ 1,816.67 con la bonificación.
- Debes haber completado al menos un mes calendario en el semestre, y te la pagan dentro de las 48 horas siguientes al cese, junto con el resto de tus beneficios sociales.
Cómo se calcula la gratificación trunca
La gratificación trunca es un sexto de tu remuneración por cada mes calendario completo que trabajaste en el semestre en que dejas la empresa. Si renuncias, te despiden o termina tu contrato antes del 15 de julio o del 15 de diciembre, no cobras la gratificación entera, sino esta parte proporcional. Lo dicen la Ley 27735 y su reglamento, el Decreto Supremo 005-2002-TR.
El semestre depende del mes en que sales: si es de enero a junio, cuenta de enero a junio; si es de julio a diciembre, de julio a diciembre. Para tener derecho debes haber completado al menos un mes calendario en ese semestre.
Esta calculadora sirve para trabajadores del régimen privado en Perú. Si sigues trabajando y quieres ver la gratificación de un semestre normal, usa la calculadora de gratificación en Perú.
Cómo usar la calculadora
- Tu sueldo bruto mensual, el de tu boleta antes de descuentos.
- Si cobras asignación familiar. Es el 10 % del sueldo mínimo y entra en el cálculo.
- El mes y el día de tu último día de trabajo. Si es el último día del mes, ese mes cuenta completo. Si es antes, no.
En Opciones avanzadas puedes poner el mes y el día en que entraste (si fue dentro del mismo semestre), elegir EsSalud o EPS, añadir horas extra o comisiones, anotar días sin trabajar, quitar la bonificación y elegir el tipo de empresa.
Fórmula de la gratificación trunca
Remuneración = sueldo + asignación familiar + promedio de lo variable Gratificación trunca = remuneración × meses completos / 6 Bonificación = gratificación trunca × 9 % (6.75 % si estás en una EPS) Total = gratificación trunca + bonificación
- Meses completos: de 0 a 6. Solo cuentan los meses calendario enteros, del 1 al último día. Si entraste el 10 de septiembre, tu primer mes completo es octubre.
- Remuneración: la ley toma la que tenías en el mes anterior al cese. La calculadora usa la que escribes.
- Días sin trabajar: cada falta sin justificar o licencia sin goce resta un treintavo de un sexto, es decir, remuneración / 180.
Ejemplo: sueldo de S/ 2,500.00 y cese el 31 de mayo
Si trabajaste desde antes de enero y tu último día es el 31 de mayo, cuentas enero, febrero, marzo, abril y mayo: 5 meses completos.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Gratificación trunca (2,500.00 × 5 / 6) | S/ 2,083.33 |
| Bonificación extraordinaria (9 %) | S/ 187.50 |
| Total a cobrar | S/ 2,270.83 |
Si tu último día es el 30 de mayo, mayo queda incompleto y solo cuentan 4 meses: S/ 1,666.67 más S/ 150.00 de bonificación, es decir, S/ 1,816.67. Un solo día cambia más de S/ 450.
Si además cobras asignación familiar (S/ 123 desde octubre de 2026), tu remuneración es de S/ 2,623.00 y el total sube a S/ 2,382.55.
Qué meses cuentan y cuáles no
- Cuentan: los meses calendario completos entre el inicio del semestre (1 de enero o 1 de julio) y tu último día de trabajo.
- No cuentan: el mes en que sales si no trabajaste hasta su último día, y el mes en que entraste si no empezaste el día 1.
- Un caso límite: si sales el 15 de julio, ya empezó otro semestre y julio está incompleto. No llegas a un mes completo, así que no hay gratificación trunca de ese semestre.
Las vacaciones, las licencias con goce y los descansos médicos con subsidio cuentan como tiempo trabajado.
Cuándo y cómo te la pagan
La gratificación trunca se paga junto con todos los beneficios sociales, dentro de las 48 horas siguientes al cese. La explica la guía del Ministerio de Trabajo sobre gratificaciones, en las preguntas 10 a 12.
En esa misma oportunidad suelen pagarte la CTS y las vacaciones que no gozaste. Puedes calcularlas con la calculadora de CTS trunca y la de vacaciones truncas, y verlo todo junto en la liquidación de beneficios sociales.
La gratificación no lleva descuento de AFP, ONP ni EsSalud. Solo puede haber retención del impuesto a la renta de quinta categoría si tus ingresos del año son altos.
Gratificación trunca en la pequeña y la microempresa
Si tu empresa está inscrita en el REMYPE, la pequeña empresa paga media gratificación: con S/ 2,500.00 y 5 meses, la mitad del cálculo. La microempresa no paga gratificaciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me pagan de gratificación trunca si renuncio en mayo?
Un sexto de tu remuneración por cada mes completo de enero a mayo, más la bonificación. Si sales el 31 de mayo con S/ 2,500.00, son 5 meses y cobras S/ 2,270.83. Si sales antes, mayo no cuenta.
¿Tengo gratificación trunca si trabajé menos de un mes?
No. Debes haber completado al menos un mes calendario en el semestre. Los días sueltos de un mes incompleto no se pagan.
¿La gratificación trunca lleva bonificación extraordinaria?
La bonificación es el 9 % de la gratificación (6.75 % con EPS) y se paga cuando corresponde la gratificación. La guía oficial no dice con todas las letras si también va en la trunca, así que la calculadora la muestra aparte y puedes quitarla en Opciones avanzadas.
¿Cómo cuento los meses si entré a mitad de semestre?
Desde el primer mes calendario que empezaste el día 1. Si entraste el 10 de septiembre y sales el 30 de noviembre, cuentas octubre y noviembre: 2 meses.
¿Me pagan la trunca si me despiden o termina mi contrato?
Sí. El derecho nace con el cese, sea cual sea el motivo, siempre que hayas completado un mes en el semestre. Para el despido, mira la indemnización por despido arbitrario.
¿Qué pasa si no me pagan en 48 horas?
El plazo es de 48 horas desde el cese. Si hay retraso, puedes consultar gratis al Ministerio de Trabajo o a SUNAFIL. Esta calculadora es una estimación y no sustituye tu boleta.
