En resumen
- Si vendes en bolsa acciones con presencia bursátil, la ganancia paga un impuesto único de 10 %: con $15.000.000 de venta y $10.000.000 de costo, la ganancia es $5.000.000 y el impuesto $500.000.
- Después del impuesto te quedan $14.500.000 de esa venta, es decir, de cada 100 pesos de ganancia pagas 10 de impuesto.
- Sin presencia bursátil, una ganancia de hasta 10 UTA al año ($8.345.040 con una UTA de $834.504) no paga impuesto; sobre ese límite se grava toda con el global complementario.
- Las pérdidas de acciones bursátiles solo se restan de ganancias bursátiles del mismo año o de los siguientes.
¿Cuánto impuesto pagas por vender acciones en Chile?
Depende de si tus acciones tienen presencia bursátil. Si la tienen y las compraste y vendiste en bolsa, pagas un impuesto único de 10 % sobre la ganancia. Si no, la ganancia puede quedar libre de impuesto (hasta 10 UTA al año) o sumarse a tus demás rentas en el impuesto global complementario.
La ganancia se llama mayor valor: lo que recibes por la venta menos lo que pagaste por las acciones. Si vendes con pérdida, no pagas nada. La fuente es la Ley sobre Impuesto a la Renta, artículos 107 y 17 n.º 8. Esta página es solo para Chile.
Cómo usar la calculadora
- Tus acciones. Elige «Con presencia bursátil» si son de una sociedad abierta y las compraste y vendiste en bolsa. Si no, elige «Sin presencia bursátil u otras».
- Precio total de venta y costo total de compra: lo que recibiste y lo que pagaste.
- Otras rentas del año (solo sin presencia bursátil): tu renta anual sin esta venta. Sirve para saber en qué tramo del impuesto global complementario cae la ganancia.
En Opciones avanzadas puedes reajustar el costo con la variación del IPC, restar pérdidas bursátiles de años anteriores y cambiar el valor de la UTA.
Fórmula
Mayor valor = precio de venta − costo de compra reajustado
Con presencia bursátil: impuesto = 10 % × (mayor valor − pérdidas anteriores)
Sin presencia bursátil: si mayor valor ≤ 10 UTA, impuesto = 0
si no, impuesto = global(otras rentas + mayor valor) − global(otras rentas)
El costo reajustado es lo que pagaste multiplicado por (1 + variación del IPC). El global complementario usa la tabla del artículo 52 de la ley, que va del 0 % al 40 % según la renta en UTA.
Ejemplo con presencia bursátil
Vendes en bolsa acciones por $15.000.000 que compraste en bolsa por $10.000.000.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Precio de venta | $15.000.000 |
| Costo de compra | $10.000.000 |
| Mayor valor (ganancia) | $5.000.000 |
| Impuesto único de 10 % | $500.000 |
| Te queda de la venta | $14.500.000 |
El impuesto es el 10 % de la ganancia, no de la venta: $500.000 de impuesto frente a $15.000.000 vendidos.
Acciones sin presencia bursátil
Aquí la ley es distinta. Primero se resta el costo reajustado por IPC y las pérdidas del mismo año por este tipo de ventas. Si la ganancia total no pasa de 10 UTA del cierre del año de la venta, no constituye renta. Con una UTA de $834.504 (diciembre de 2025), el límite es $8.345.040.
Si pasa el límite, se grava toda la ganancia, no solo el exceso. Se suma a tus otras rentas y se aplica la tabla del global complementario. Por ejemplo, compraste por $20.000.000 y vendes por $30.000.000 con un IPC de 5 %: el costo reajustado es $21.000.000 y la ganancia $9.000.000. Con $20.000.000 de otras rentas, el impuesto de esa ganancia es $518.595.
Pérdidas por vender acciones
Con presencia bursátil, la pérdida no se resta de tu sueldo ni de otras rentas. Solo puedes restarla de ganancias de acciones bursátiles del mismo año o de los años siguientes, reajustada por IPC. En la calculadora, escríbela en «Pérdidas bursátiles de años anteriores».
Lo que no incluye
Es una estimación. No cubre comisiones, acciones recibidas como liberadas, inversionistas institucionales ni la opción de pagar el global sobre base devengada. Para bienes raíces está la calculadora de ganancia de capital; para criptomonedas, la de impuestos de criptomonedas en Chile.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la presencia bursátil?
Es una medida de cuánto se transa una acción en bolsa. La Comisión para el Mercado Financiero la calcula. Las acciones con presencia bursátil cotizan con regularidad y son las que tienen el impuesto único de 10 %.
¿Cuándo se paga el impuesto por vender acciones?
Se declara y paga en la Operación Renta de abril del año siguiente a la venta, en el Formulario 22 del SII. El SII suele proponer la declaración con la información de tu corredora.
¿Pago impuesto si vendo con pérdida?
No. Si vendes por menos de lo que pagaste, no hay ganancia y el impuesto es cero. Con presencia bursátil, esa pérdida puedes usarla contra ganancias bursátiles futuras.
¿Se reajusta el costo por IPC?
Sí, según las normas generales de la ley. Puedes poner la variación del IPC en las opciones avanzadas. Con 0 se usa el costo sin reajustar.
¿Los dividendos tributan igual?
No. Los dividendos que recibes son otra renta y van al global complementario con sus propios créditos. Esta calculadora solo cubre la ganancia por vender acciones.
¿Qué pasa si vendo acciones fuera de bolsa?
Si no las vendes en bolsa, no se cumplen los requisitos del impuesto único de 10 % y se aplican las reglas de acciones sin presencia bursátil: exento hasta 10 UTA al año y, sobre ese límite, global complementario.
