En resumen
- En Argentina, el artículo 1746 del Código Civil y Comercial manda indemnizar la incapacidad permanente con un capital cuyas rentas cubran lo que la víctima deja de poder ganar.
- Con un ingreso de $ 1.500.000 por mes, 13 sueldos al año, 20 % de incapacidad, 40 años y 65 de límite, la renta perdida es de $ 3.900.000 al año.
- Con una tasa del 4 % anual, ese caso da un capital de $ 60.926.111,78, unos 3,12 sueldos anuales.
- La ley no fija la fórmula, la edad ni la tasa: son criterios de cálculo y por eso se pueden cambiar.
¿Cómo se calcula la indemnización por incapacidad en un accidente de tránsito?
Se calcula un capital cuyas rentas cubran, año a año, lo que la víctima deja de ganar por su incapacidad, hasta el final de su vida productiva. Así lo dice el artículo 1746 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994).
La calculadora hace tres pasos: saca lo que se pierde cada año, cuenta los años que faltan hasta la edad productiva y los convierte en un capital de hoy.
Qué dice el artículo 1746
El artículo habla de lesiones o incapacidad permanente, física o psíquica, total o parcial. Dice que el capital debe ser tal que sus rentas cubran la disminución de la aptitud para actividades productivas o económicamente valorables, y que se agote cuando razonablemente la persona habría dejado de trabajar.
También dice tres cosas útiles:
- Se indemniza la incapacidad aunque sigas trabajando.
- Se presumen los gastos médicos, de farmacia y de transporte que resulten razonables.
- Procede aunque otra persona deba pasarte alimentos.
Fórmula
renta anual = ingreso mensual × sueldos al año × % de incapacidad años = edad productiva − edad al accidente factor = (1 − (1 + i)^−años) / i capital = renta anual × factor
- i es la tasa anual en forma decimal (4 % es 0,04). Con tasa 0, el factor es igual a los años.
- Con una tasa mayor, el factor baja y el capital también: es un dinero que se cobra hoy y se supone que rinde.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el ingreso mensual bruto que tenía la víctima.
- Pon el porcentaje de incapacidad que indica el informe pericial.
- Escribe la edad al momento del accidente.
- En opciones avanzadas puedes cambiar la edad productiva (65 por defecto), la tasa (4 %), los sueldos al año (13 con aguinaldo) y sumar otros rubros.
Ejemplo
Una persona de 40 años gana $ 1.500.000 por mes, cobra 13 sueldos y queda con un 20 % de incapacidad. Se toma 65 años como límite y una tasa del 4 %.
| Paso | Cuenta | Resultado |
|---|---|---|
| Ingreso anual | $ 1.500.000 × 13 | $ 19.500.000,00 |
| Renta anual perdida | $ 19.500.000 × 20 % | $ 3.900.000,00 |
| Años de vida productiva | 65 − 40 | 25 años |
| Factor de la renta | (1 − 1,04^−25) / 0,04 | 15,6221 |
| Capital | $ 3.900.000 × 15,6221 | $ 60.926.111,78 |
El capital equivale a unos 3,12 sueldos anuales. Con una tasa del 0 %, el mismo caso daría $ 97.500.000,00: es el máximo posible, porque no se descuenta nada.
Qué cambia con la edad y con la tasa
- Edad: cuanto más joven es la víctima, más años de vida productiva y más capital. A los 64 años con límite de 65, queda un solo año.
- Tasa: subirla de 4 % a 6 % baja el capital. Por eso la calculadora muestra una tabla con varias tasas.
- Porcentaje: el capital crece en proporción directa. Con el doble de incapacidad, el doble de capital.
Qué no incluye
- Intereses y actualización desde la fecha del accidente.
- Daño moral, tratamientos futuros o daño estético, salvo que los sumes en "otros rubros" con tu propia valoración.
- El régimen de ART. Si el accidente fue en el trabajo o en el camino al trabajo, rige otro sistema. Mira la indemnización de ART por incapacidad y la incapacidad laboral temporaria.
Es una estimación para orientarte. El monto final depende del informe pericial, de la prueba del ingreso y de la sentencia o del acuerdo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde por una incapacidad del 20 % tras un accidente?
Depende de tu ingreso y de tu edad. Con $ 1.500.000 por mes, 13 sueldos, 40 años y una tasa del 4 %, el capital estimado es de $ 60.926.111,78. Cambia tus datos en la calculadora.
¿La ley fija una fórmula para calcular la incapacidad?
No. El artículo 1746 solo fija el principio: un capital cuyas rentas cubran la pérdida y se agoten al final de la vida productiva. La fórmula de renta, la edad de 65 y la tasa son criterios de cálculo.
¿Se indemniza si sigo trabajando después del accidente?
Sí. El artículo 1746 dice que, en caso de incapacidad permanente, se debe indemnizar el daño aunque la persona continúe ejerciendo una tarea remunerada.
¿Por qué la edad de 65 años?
Es un valor habitual de partida para el fin de la vida productiva, pero la ley no lo establece. Puedes subirlo o bajarlo en las opciones avanzadas y ver cómo cambia el capital.
¿Los gastos médicos se suman aparte?
Sí. El artículo 1746 presume los gastos médicos, de farmacia y de transporte razonables. Súmalos en "otros rubros" con su importe real.
¿Esta calculadora sirve si el accidente fue en el trabajo?
No. Para accidentes laborales rige el sistema de ART, con otra forma de cálculo. Esta calculadora es para la vía civil, por ejemplo un accidente de tránsito.
