En resumen
- La Ley Federal del Trabajo da 6 semanas de descanso antes del parto y 6 después, con salario íntegro (artículo 170, fracciones II y V).
- Con $15,000 al mes ganas $500 al día: 84 días de descanso son $42,000.00, y 20 días de prórroga al 50 % son $5,000.00.
- Puedes pasar hasta 4 semanas de antes a después del parto, con autorización escrita del médico; el total sigue siendo de 12 semanas.
- La prórroga por enfermedad del embarazo o del parto se paga al 50 % por un máximo de 60 días, y puedes volver a tu puesto hasta un año después del parto.
Cuántas semanas de descanso te corresponden en México
Te corresponden 6 semanas antes del parto y 6 semanas después, con tu salario íntegro. Son 12 semanas, o 84 días naturales. Así lo dice el artículo 170, fracciones II y V, de la Ley Federal del Trabajo. Esta página es solo para México.
La ley añade tres cosas que mueven las cifras:
- Puedes pasar hasta 4 semanas de las 6 de antes al descanso de después. Lo pides tú, con autorización escrita del médico.
- Si tu bebé nace con discapacidad o necesita atención médica en el hospital, el descanso después del parto puede llegar a 8 semanas, con certificado médico.
- Si no puedes trabajar por una enfermedad del embarazo o del parto, el descanso se prorroga el tiempo necesario. Esos días se pagan al 50 %, hasta 60 días.
Cómo usar la calculadora
- Lo que ganas: tu sueldo antes de descuentos. Elige si es al mes o al día.
- Fecha del parto: la probable o, si ya nació tu bebé, la real. El día del parto cuenta como primer día de después.
- Semanas que pasas a después: de 0 a 4. Cambia las fechas, no el total.
- Días de prórroga: los días extra que tu médico te declara imposibilitada para trabajar. Con 0 no hay prórroga.
- Discapacidad u hospital (opciones avanzadas): activa si tu bebé lo necesita.
Cómo se calcula
Primero se saca tu salario por día. Luego se multiplica por los días de cada periodo.
salario diario = sueldo mensual ÷ 30 descanso = salario diario × (días antes + días después) prórroga = salario diario × 0,5 × días de prórroga pagados (máximo 60)
- Días antes = 7 × (6 − semanas que pasas a después).
- Días después = 7 × (6 + semanas que pasas), con un mínimo de 8 semanas si hay discapacidad.
- Los días son naturales, no hábiles.
Ejemplo con $15,000 al mes
Tu sueldo es de $15,000 al mes, es decir, $500 al día. Fecha del parto: 15 de marzo de 2027. No pasas semanas a después. Tienes 20 días de prórroga.
| Periodo | Duración | Fechas | Pago |
|---|---|---|---|
| Antes del parto | 42 días | 1 de febrero a 14 de marzo de 2027 | $21,000.00 |
| Después del parto | 42 días | 15 de marzo a 25 de abril de 2027 | $21,000.00 |
| Prórroga (50 %) | 20 días | 26 de abril a 15 de mayo de 2027 | $5,000.00 |
El descanso con salario íntegro suma $42,000.00. Con la prórroga, el total es de $47,000.00. Puedes volver a tu puesto hasta el 15 de marzo de 2028.
Si pasas 4 semanas a después, el total sigue siendo de 84 días y $42,000.00. Cambia el reparto: 14 días antes y 70 días después.
Cuánto cobras en la prórroga
La prórroga se paga al 50 % de tu salario y solo hasta 60 días. De cada 100 pesos de tu salario diario, cobras 50 en esos días. Con 59 o 60 días de prórroga, la ley cubre todos. Con 61 días, quedan fuera de ese pago 1 día. La calculadora te lo marca.
La prórroga no es lo mismo que la incapacidad del IMSS. El IMSS paga su propio subsidio si cumples los requisitos; lo calculas en la calculadora de incapacidad por maternidad del IMSS. Esta página muestra la obligación que fija la Ley Federal del Trabajo.
Cuándo puedes volver a tu puesto
Tienes derecho a regresar al puesto que tenías si no ha pasado más de un año desde la fecha del parto (artículo 170, fracción VI). Además, estos periodos cuentan en tu antigüedad (fracción VII). La calculadora te da la fecha límite. Si te preocupa tu empleo durante el embarazo, mira la calculadora de despido de una trabajadora embarazada.
Errores comunes
- Contar solo días hábiles: la ley habla de semanas completas, así que se cuentan días naturales.
- Creer que pasar semanas a después las suma: solo las mueve.
- Pensar que toda la incapacidad se paga al 100 %: la prórroga paga el 50 %.
- Olvidar la autorización escrita del médico para pasar semanas a después.
El reparto de utilidades también tiene reglas para estos días; míralas en la calculadora de PTU con incapacidad por maternidad.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas semanas de descanso me tocan por parto en México?
Doce en total: 6 antes y 6 después del parto, con salario íntegro. Si tu bebé nace con discapacidad o necesita hospital, el descanso posterior puede llegar a 8 semanas.
¿Puedo trabajar más semanas antes del parto y descansar más después?
Sí. Puedes pasar hasta 4 de las 6 semanas de antes a después. Necesitas autorización escrita del médico. Si es particular, debe incluir su nombre, su cédula, la fecha y tu estado médico.
¿Cuánto cobro si mi descanso se prorroga por enfermedad?
El 50 % de tu salario, por un máximo de 60 días. Con $500 al día, cobras $250 al día. En 60 días son $15,000.00.
¿Qué pasa si adopto a un bebé?
La ley da 6 semanas de descanso con goce de sueldo, contadas desde el día en que recibes al infante. Esta calculadora trabaja con parto; para adopción usa la cifra de 6 semanas.
¿Hasta cuándo puedo volver a mi puesto?
Hasta un año después de la fecha del parto. Pasado ese plazo, la ley ya no te garantiza ese puesto.
¿Cuenta el descanso para mi antigüedad?
Sí. Los periodos antes y después del parto se computan en tu antigüedad. Eso afecta, por ejemplo, a tus vacaciones y a tu aguinaldo.
Es una estimación con la ley. Tu contrato o tu médico pueden fijar fechas distintas.
