En resumen
- En Venezuela, si terminas el trabajo por mutuo acuerdo cobras como mínimo tus prestaciones sociales (LOTTT art. 142), vacaciones, bono vacacional y utilidades por meses completos.
- Con Bs. 60.000 de salario y 6 años y 8 meses de servicio, el mínimo son unos Bs. 1.099.250,00: Bs. 993.250,00 de prestaciones y Bs. 106.000,00 de lo demás.
- Si pactan una cantidad extra de Bs. 100.000, el total sube a Bs. 1.199.250,00; el extra se suma, no sustituye lo que fija la ley.
- Los derechos laborales son irrenunciables (art. 19): un acuerdo no puede dejarte con menos del mínimo.
¿Qué te pagan si terminas el trabajo de mutuo acuerdo en Venezuela?
Te corresponden tus prestaciones sociales y los beneficios que ya llevas ganados: vacaciones, bono vacacional y utilidades por los meses completos, más los días de sueldo que te deban. A eso se suma lo que pacten por escrito. Escribe tus datos arriba y verás el resultado al momento.
La LOTTT dice en su art. 76 que la relación de trabajo puede terminar por voluntad común de las partes. Es decir, tú y tu empresa se ponen de acuerdo en la fecha y en las condiciones de la salida. Puedes leer el texto oficial del Ministerio del Trabajo (Gaceta Oficial 6.076 Extraordinario de 2012).
Es una estimación. El acuerdo final puede cambiar un poco según tu contrato colectivo y tus recibos.
Qué fija la ley y qué queda a lo que pacten
Hay cuatro partidas que la LOTTT obliga a pagar y una que depende solo de lo que firmen:
- Prestaciones sociales (arts. 141 y 142): se paga la cifra mayor entre lo depositado como garantía y 30 días por año.
- Vacaciones y bono vacacional (arts. 190, 192 y 196): los meses completos del año en curso y, si las debes, las de años anteriores.
- Utilidades (art. 131): una parte proporcional a los meses completos del año de salida.
- Sueldo pendiente (art. 113): los días trabajados que no te han pagado.
- Cantidad extra (art. 76): no es obligatoria. Existe solo si ambas partes la escriben en el acuerdo.
La indemnización del art. 92 no entra: es del despido sin causa.
Cómo usar la calculadora
Solo necesitas tres datos para ver el resultado:
- Salario mensual. Pon el que figura en tu recibo, sin cestaticket ni bonos que no son salario.
- Fecha de entrada y fecha de salida pactada. De ahí salen tus años y tus meses completos.
- Días de sueldo sin cobrar. Déjalo en 0 si ya te pagaron todo el mes.
En Opciones avanzadas puedes afinar: la cantidad extra pactada, los días de utilidades de tu empresa (de 30 a 120), los años de vacaciones sin tomar, los anticipos o utilidades ya cobrados, la garantía exacta de tu estado de cuenta y la tasa del dólar.
Cómo se calcula lo que te corresponde
El punto de partida es tu salario diario: el sueldo del mes entre 30. Con él se arman dos bases:
- El salario integral diario (art. 122), que suma al diario la parte de utilidades y de bono vacacional de cada día. Sirve para las prestaciones.
- El salario normal, que es el diario a secas. Sirve para vacaciones, bono, utilidades y sueldo pendiente.
Las prestaciones salen de comparar dos cuentas y quedarse con la mayor. La garantía da 15 días de integral por cada trimestre que empiezas, y desde el segundo año suma 2 días más por año (hasta 30). El retroactivo da 30 días por año cumplido, y otro año si la fracción pasa de 6 meses. Con menos de 3 meses, la ley da 5 días por mes o fracción (art. 142 e).
Vacaciones y bono dan 15 días el primer año y uno más por año, hasta 30. Las utilidades se cuentan con los días que paga tu empresa (de 30 a 120) entre 360, por cada mes completo.
La cifra final es el mínimo de ley más la cantidad extra pactada, si la hay.
Ejemplo: Bs. 60.000 de salario, de 1-3-2020 a 31-10-2026
Imagina a alguien con 6 años y 8 meses en la empresa que pacta su salida. Con los valores de ejemplo, así sale el mínimo:
| Paso | Bolívares |
|---|---|
| Salario diario (60.000 ÷ 30) | Bs. 2.000,00 |
| Salario integral diario | Bs. 2.283,33 |
| Vacaciones fraccionadas: 21 días × 8/12 | Bs. 28.000,00 |
| Bono vacacional fraccionado: 21 días × 8/12 | Bs. 28.000,00 |
| Utilidades fraccionadas: 30 días × 10/12 meses | Bs. 50.000,00 |
| Garantía: 435 días de salario integral | Bs. 993.250,00 |
| Retroactivo: 210 días de salario integral | Bs. 479.500,00 |
| Prestaciones sociales (la mayor) | Bs. 993.250,00 |
| Mínimo que fija la ley | Bs. 1.099.250,00 |
Aquí gana la garantía, porque suma más que los 30 días por año. Si en el acuerdo pactan además Bs. 100.000,00 de más, el total sería Bs. 1.199.250,00.
Qué cuidar antes de firmar el acuerdo
- El acuerdo debe constar por escrito y decir qué fecha de salida se pacta y qué se paga.
- No puede quitarte derechos. El art. 19 de la LOTTT dice que los derechos laborales son irrenunciables. Las transacciones solo se hacen al terminar la relación y sobre derechos dudosos o discutidos, con una relación circunstanciada de los hechos.
- Compara con el mínimo. Si la cifra que te ofrecen es menor que la de esta calculadora, revisa qué concepto falta.
- Guarda una copia firmada con la fecha y el detalle de cada pago.
- El plazo de pago es de 5 días siguientes al fin de la relación (art. 142 f).
Mutuo acuerdo, renuncia y despido
En la renuncia decides tú solo irte y debes avisar con tiempo (art. 81); mira la calculadora de renuncia. En el despido sin causa decide la empresa y se suma la indemnización del art. 92; mira la calculadora de despido injustificado. En el mutuo acuerdo deciden las dos partes, no hay preaviso y la indemnización no es obligatoria, pero se puede pactar una cantidad extra.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo mis prestaciones sociales si firmo un mutuo acuerdo?
No. Son un derecho irrenunciable (art. 19). Aunque firmes, la empresa debe pagarte al menos lo que fija la ley.
¿Me corresponde indemnización por terminar de mutuo acuerdo?
La ley no la fija: el art. 92 es para el despido sin causa. Pero las partes pueden pactar una cantidad extra, y esta calculadora la suma si la escribes.
¿Qué fecha de salida debo poner?
La que figure en el acuerdo como último día de trabajo. De esa fecha salen tus meses completos y tus utilidades.
¿Cuánto tarda la empresa en pagar?
Dentro de los 5 días siguientes al fin de la relación (art. 142 f). Si se retrasa, las prestaciones generan intereses de mora, que esta calculadora no incluye.
¿Cuánto cobro si llevo menos de un año?
Vacaciones, bono y utilidades se pagan por los meses completos que trabajaste. Con menos de 3 meses, las prestaciones son 5 días de salario por cada mes o fracción.
¿Pago impuesto sobre la renta por lo que cobro?
Las prestaciones sociales y sus intereses están exentos del impuesto sobre la renta (art. 143 de la LOTTT). El resto, incluida la cantidad extra, suma a tus ingresos del año.
