En resumen
- En Perú, la trabajadora del hogar cobra dos gratificaciones al año, y cada una es una remuneración mensual entera: con S/ 1,300.00 al mes, son S/ 2,600.00 al año.
- Con S/ 1,300.00 al mes, su CTS del año es de S/ 1,516.67, en dos depósitos de mayo y noviembre, y sus 30 días de vacaciones se pagan con el sueldo.
- Quien emplea paga el 9 % de EsSalud: con S/ 1,300.00 son S/ 117.00 al mes y S/ 1,404.00 al año.
- Con S/ 1,300.00 al mes, el año completo cuesta unos S/ 21,354.67 a quien emplea, es decir, S/ 1,779.56 al mes.
Qué beneficios tiene la trabajadora del hogar
La trabajadora o el trabajador del hogar tiene derecho a una remuneración que no puede ser menor que el sueldo mínimo (S/ 1,230.00 desde octubre de 2026, según el Decreto Supremo 015-2026-TR), por una jornada completa de 8 horas al día. Lo dice la Ley 31047 y su reglamento, el Decreto Supremo 009-2021-TR. La alimentación y el alojamiento que se dan en la casa no cuentan como remuneración.
Además del sueldo, le corresponden:
- Dos gratificaciones, en la primera quincena de julio y de diciembre.
- CTS (compensación por tiempo de servicios), depositada en mayo y noviembre.
- 30 días de vacaciones pagadas por cada año de servicio.
- EsSalud, el seguro de salud, a cargo de quien emplea.
Es una estimación. Si trabaja por horas, escribe la remuneración que cobra: el cálculo se ajusta solo.
Qué cambia respecto al régimen general
Los conceptos son los mismos que para cualquier trabajador de planilla, pero con reglas propias del hogar:
- La gratificación es una remuneración entera en julio y otra en diciembre.
- El mínimo es el sueldo mínimo por jornada completa.
- EsSalud lo paga quien emplea y no se descuenta del sueldo.
- No hay régimen de pequeña ni de microempresa.
El detalle de cada beneficio está en las calculadoras de gratificación, CTS y vacaciones.
Cómo usar la calculadora
- Elige «Lo que le corresponde en un año» o «Lo que le deben al terminar».
- Escribe la remuneración mensual en dinero y marca la asignación familiar si la cobra (S/ 123.00, el 10 % del sueldo mínimo).
- Si eliges terminar el trabajo, escribe la fecha en que empezó y su último día.
- En «Opciones avanzadas» puedes cambiar la bonificación extraordinaria y el sueldo mínimo.
Fórmulas del año completo
Gratificación = remuneración mensual (en julio y en diciembre) Bonificación = 9 % de cada gratificación CTS del año = remuneración + gratificación / 6 EsSalud = 9 % de la remuneración (mínimo, el sueldo mínimo) × 12
Si la remuneración es menor o igual al sueldo mínimo, por ejemplo cuando trabaja por horas, el 9 % de EsSalud se calcula sobre el sueldo mínimo, como explica la SUNAT.
Ejemplo: remuneración de S/ 1,300.00
Estas son las cifras de un año completo, sin asignación familiar:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Las dos gratificaciones | S/ 2,600.00 |
| Bonificación extraordinaria (9 %) | S/ 234.00 |
| CTS del año | S/ 1,516.67 |
| Beneficios del año | S/ 4,350.67 |
| EsSalud al mes | S/ 117.00 |
| EsSalud del año | S/ 1,404.00 |
| Costo del año para quien emplea | S/ 21,354.67 |
La CTS se deposita en dos partes: S/ 758.34 en mayo y S/ 758.33 en noviembre. Cada gratificación de julio o de diciembre llega con su bonificación: S/ 1,417.00.
Qué le deben al terminar el trabajo
Quien deja el trabajo cobra lo que se llama beneficios truncos, que la persona que emplea debe pagar dentro de las 48 horas del último día. Son la CTS, la gratificación y las vacaciones de la parte del tiempo ya trabajado.
Por ejemplo, una persona que empezó el 1 de marzo de 2025 y termina el 31 de octubre de 2026, con S/ 1,300.00, recibe:
| Concepto | Cuenta | Importe |
|---|---|---|
| CTS trunca | 6 meses (mayo a octubre) | S/ 758.34 |
| Gratificación trunca | 4 meses (julio a octubre) | S/ 866.67 |
| Bonificación | 9 % de la gratificación | S/ 78.00 |
| Vacaciones truncas | 8 meses desde el último aniversario | S/ 866.67 |
| Total | S/ 2,569.68 |
Si trabajó menos de un mes completo, no se gana CTS. Para la misma cuenta en el régimen general, usa la calculadora de liquidación de beneficios sociales o la de vacaciones truncas.
Lo que no está en esta calculadora
- Despido: el despido de la trabajadora del hogar sigue el régimen general. Se calcula en la calculadora de indemnización por despido arbitrario.
- Pensión: la trabajadora aporta a la ONP o a una AFP, a su elección. No se calcula aquí; el sueldo neto lo ves en la calculadora de sueldo neto.
- Asignación familiar: si tiene hijos menores de 18, consulta si le corresponde con la normativa vigente de la asignación familiar.
- Costo para una empresa: la calculadora del costo de un trabajador es para el régimen general.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la gratificación de la trabajadora del hogar?
Una remuneración mensual entera en julio y otra en diciembre. Con S/ 1,300.00, son S/ 2,600.00 al año, más la bonificación del 9 % (S/ 234.00).
¿Cuánto es la CTS de la trabajadora del hogar?
Con S/ 1,300.00 al mes, la CTS de un año completo es de S/ 1,516.67: la remuneración más la sexta parte de una gratificación. Se deposita en los primeros 15 días de mayo y de noviembre.
¿Cuántos días de vacaciones tiene?
30 días por cada año de servicio, que se pagan con el sueldo normal. Si termina el trabajo antes del año, se le pagan por meses y días trabajados.
¿Quién paga EsSalud?
Quien emplea. Es el 9 % de la remuneración y no se descuenta del sueldo. Con S/ 1,300.00 son S/ 117.00 al mes.
¿La bonificación del 9 % también se da en el hogar?
La norma del hogar no la menciona con claridad. La calculadora la incluye por defecto, porque las gratificaciones siguen la misma ley que el resto. Si en tu caso no se da, ponla en 0 en Opciones avanzadas.
¿Cuánto cobra con el sueldo mínimo?
Con S/ 1,230.00 al mes, los beneficios del año (gratificaciones, bonificación y CTS) suman S/ 4,116.40 y el costo del año para quien emplea es de unos S/ 20,204.80, con el EsSalud. Cámbialo en la calculadora para ver tu caso.
