En resumen
- Si tu bono cumple el artículo 104 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, el mayor valor al venderlo no es renta y solo pagas impuesto por los intereses devengados con la tasa de interés fiscal.
- Con un bono de $10.000.000 de valor nominal, tasa fiscal de 5 % y 200 días de tenencia, los intereses devengados son $273.973 y, con $20.000.000 de otras rentas, el impuesto es $10.959.
- Fuera del artículo 104, se gravan los cupones cobrados y, si la ganancia pasa de 10 UTA ($8.345.040 con una UTA de $834.504), se grava toda la ganancia con el global complementario.
- Una pérdida al vender un bono no se resta de tus otras rentas.
¿Cuánto impuesto pagas por vender un bono en Chile?
Depende de si tu bono cumple el artículo 104 de la ley. Si lo cumple, la ganancia por vender más caro de lo que compraste no es renta. Lo que paga impuesto son los intereses devengados, que se suman a tus otras rentas en el impuesto global complementario.
Si no lo cumple, se gravan los cupones que cobraste y la ganancia de capital sigue otra regla: libre hasta 10 UTA al año y, sobre ese límite, gravada completa. La fuente es la Ley sobre Impuesto a la Renta, artículos 17 n.º 8 (letra d), 20 n.º 2, 52 y 104. Esta página es solo para Chile.
Cómo usar la calculadora
- Tu bono. Elige «Cumple el art. 104» si es un bono de oferta pública emitido en Chile, acogido a ese artículo, y lo tuviste un año o más (o lo compraste y vendiste en bolsa). Si no, elige «Reglas generales».
- Precio de compra, precio de venta y cupones cobrados. Son importes totales en pesos.
- Valor nominal, tasa de interés fiscal y días (solo con el artículo 104). La tasa fiscal la informa el emisor a la Comisión para el Mercado Financiero y es distinta de la tasa del cupón.
- Otras rentas del año. Sirven para saber en qué tramo del impuesto global complementario caen los intereses.
En Opciones avanzadas puedes cambiar el valor de la UTA.
Fórmula
Con el art. 104: intereses devengados = valor nominal × tasa fiscal × días ÷ 365 impuesto = global(otras rentas + intereses) − global(otras rentas) Con reglas generales: base = cupones cobrados (+ mayor valor si pasa de 10 UTA) impuesto = global(otras rentas + base) − global(otras rentas) Ganancia neta = venta + cupones − compra − impuesto
El global complementario usa la tabla del artículo 52, que va de 0 % a 40 % según la renta en UTA.
Ejemplo con el artículo 104
Compras un bono por $9.800.000 y lo vendes por $10.100.000. Cobraste $250.000 en cupones. El valor nominal es $10.000.000, la tasa fiscal 5 % y lo tuviste 200 días del año. Tus otras rentas son $20.000.000.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Mayor valor (venta − compra) | $300.000 |
| Ganancia total con cupones | $550.000 |
| Intereses devengados | $273.973 |
| Impuesto | $10.959 |
| Ganancia neta | $539.041 |
Solo se gravan $273.973 de intereses, no los $550.000 de ganancia. De cada 100 pesos que ganas, unos 2 son impuesto.
Si no cumples el artículo 104
Se gravan los cupones cobrados. La ganancia de capital no paga impuesto si, sumada a otras ventas del año, no pasa de 10 UTA. Con una UTA de $834.504, el límite es $8.345.040. Si lo pasa, se grava toda la ganancia, no solo el exceso.
Por ejemplo, compras por $5.000.000 y vendes por $15.000.000, sin cupones y con $20.000.000 de otras rentas. La ganancia de $10.000.000 pasa el límite y el impuesto es $598.595.
Qué pasa si vendes con pérdida
Si vendes por menos de lo que pagaste, no hay ganancia de capital y no pagas impuesto por ella. Esa pérdida no se resta de tus sueldos ni de otras rentas. Los intereses o cupones siguen contando.
Lo que no incluye
Es una estimación. No cubre comisiones, bonos de empresas que llevan contabilidad completa, bonos emitidos en el extranjero, el reajuste en UF por separado ni los pagos anticipados del emisor. Para acciones está la calculadora de impuesto por vender acciones; para el interés de un ahorro a plazo, la de depósito a plazo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la tasa de interés fiscal?
Es la tasa anual con que se calculan los intereses devengados para el impuesto. El emisor la fija al colocar el bono y la informa a la Comisión para el Mercado Financiero, que mantiene un registro público.
¿Cuándo se paga el impuesto por un bono?
Se declara y paga en la Operación Renta de abril del año siguiente, en el Formulario 22 del SII. Las corredoras informan al SII los intereses y ventas de tus bonos.
¿Debo pagar impuesto si guardo el bono hasta el vencimiento?
Los intereses del bono se gravan igual cada año. Lo que cambia al venderlo antes es el mayor valor, que con el artículo 104 no es renta.
¿Un año de tenencia es obligatorio?
Para el artículo 104, hace falta tener el bono al menos un año, o haberlo comprado y vendido en bolsa. Un decreto de Hacienda puede fijar un plazo menor.
¿Los bonos del Banco Central y de la Tesorería tributan igual?
Pueden acogerse al artículo 104 si están en la nómina de instrumentos elegibles que fija Hacienda. Consulta la nómina vigente antes de calcular.
¿Esta calculadora sirve si vivo fuera de Chile?
No. Está hecha para personas con domicilio o residencia en Chile. Los no residentes tienen otras reglas.
