En resumen
- En Guatemala, si dejas el trabajo por una causa del patrono (artículo 79), te corresponde la misma indemnización que a un despido sin causa: un mes de salario por año.
- Con Q5,000 al mes y 4 años y 8 meses de servicio (del 1 de marzo al 31 de octubre), la base con la sexta parte es de Q5,833.33 y la indemnización, de Q27,248.86.
- Sin la sexta parte, esos mismos años darían Q23,356.16.
- Si no hay una causa del patrono, es una renuncia y no hay indemnización; en los dos primeros meses tampoco.
¿Qué es el despido indirecto en Guatemala?
El despido indirecto es cuando tú dejas el trabajo porque el patrono te dio una causa justa y la ley lo trata como si te hubieran despedido. Está en los artículos 79 y 80 del Código de Trabajo (Decreto 1441). Así te dan la indemnización de un despido y no la pierdes por irte tú.
Las causas más habituales del artículo 79:
- El patrono no te paga el salario completo en la fecha y el lugar convenidos.
- Te injuria, te calumnia o te maltrata, o lo hace un familiar o un dependiente con su permiso.
- Te traslada a un puesto de menor categoría o con menos sueldo, o te cambia de forma fundamental tus condiciones de trabajo.
- Comete otra falta grave a las obligaciones del contrato.
Esta calculadora es solo para Guatemala. Si te despide el patrono sin causa, usa la calculadora de indemnización por despido.
Cómo se calcula la indemnización por despido indirecto
La indemnización es un mes de salario por cada año de servicio, y la parte proporcional del año que sobre (artículo 82). La fórmula es:
Indemnización = salario promedio × 14 / 12 × años de servicio
El salario promedio es el de los últimos 6 meses. El 14 / 12 es la «sexta parte»: un doceavo por el aguinaldo y otro por el Bono 14. Es el criterio habitual, pero no pudimos confirmarlo en un texto oficial abierto, así que es una estimación; puedes apagarlo en Opciones avanzadas.
Cómo usar la calculadora
- Marca si el patrono te dio una causa del artículo 79. Si no la hay, es una renuncia y el resultado es cero.
- Escribe tu salario ordinario mensual, sin horas extra y sin la bonificación incentivo de Q250.
- Pon la fecha de entrada y tu último día de trabajo.
En Opciones avanzadas puedes poner un salario anterior si cambió en los últimos 6 meses, los días que sigues entregando el cargo y lo que ya te hayan pagado.
Ejemplo: Q5,000 desde marzo de 2022
Con Q5,000 al mes, del 1 de marzo de 2022 al 31 de octubre de 2026, son 4 años y 245 días: 4.67 años. Te tocan Q27,248.86:
| Paso | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Base mensual | Q5,000 × 14 / 12 | Q5,833.33 |
| Años de servicio | 4 años y 245 días | 4.67 años |
| Indemnización | Q5,833.33 × 4.67 | Q27,248.86 |
Sin la sexta parte sería Q23,356.16. De cada 100 quetzales de salario, la base es de 116.67.
Si tu salario cambió
Si cobraste Q4,000 durante 2 meses y Q5,000 durante los otros 4, el promedio es Q4,666.67 y la indemnización sube a Q25,432.27 con los mismos años.
Qué pasa en la entrega del cargo y si el patrono lo discute
Según el artículo 80, el despido indirecto surte efecto cuando tú lo comunicas al patrono, y debes dejar el cargo de inmediato. El tiempo que uses en entregarlo no cuenta como relación laboral, pero el patrono debe pagártelo a tu salario. Con 3 días y Q5,000 al mes son 3 × 5,000 / 30 = Q500.00.
El patrono puede llevarte ante los tribunales para probar que te fuiste sin justa causa. Si lo logra, en un contrato por tiempo indefinido tendrías que pagarle el preaviso y los daños que le hayas causado. Por eso conviene tener claras las pruebas de la causa. Esa parte no se calcula aquí.
Cuándo no hay indemnización
- Periodo de prueba. Los dos primeros meses (artículo 81) cualquiera puede terminar el contrato sin responsabilidad.
- Sin causa del patrono. Si te vas porque quieres, es una renuncia voluntaria.
- Contrato a plazo fijo. Esta calculadora es para contratos por tiempo indefinido.
Además de la indemnización, te deben el aguinaldo, el Bono 14 y las vacaciones proporcionales. Calcúlalos en la liquidación laboral. Si el despido fue por una causa justa del patrono, mira también el preaviso y los daños y perjuicios.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre despido indirecto y renuncia?
En la renuncia te vas por tu voluntad y no cobras indemnización. En el despido indirecto te vas porque el patrono incumplió una de las causas del artículo 79, y la ley te da la indemnización como si te hubieran despedido.
¿Tengo que dar preaviso si me doy por despedido?
No como en una renuncia: el artículo 80 dice que debes dejar el cargo de inmediato. Solo pagarías preaviso si el patrono prueba ante un juez que te fuiste sin justa causa.
¿Cuánto me pagan si el patrono me debe el salario?
Si te debe parte del salario, es una de las causas del artículo 79. Con Q5,000 y 4.67 años, la indemnización es de Q27,248.86, además de los salarios que te deba.
¿Hasta cuándo puedo pedir el pago de la indemnización?
El artículo 80 dice que puedes pedirlo ante los tribunales antes de que pase el plazo de prescripción. Para saber el plazo exacto de tu caso, consulta al Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
¿La indemnización paga las vacaciones y el aguinaldo?
No. Se pagan aparte y siempre, sea cual sea el motivo de la salida. Puedes verlos en la liquidación laboral.
