En resumen
- En Guatemala, quien renuncia debe avisar con una semana de anticipación si lleva menos de 6 meses, 10 días si lleva de 6 meses a un año, dos semanas de 1 a 5 años y un mes desde los 5 años.
- Con 3 años y 8 meses de servicio el preaviso es de 14 días; con un salario de Q4,500.00 equivalen a Q2,100.00 (Q4,500.00 / 30 × 14).
- Los dos primeros meses son de prueba: en ellos puedes irte sin avisar y sin responsabilidad.
- El preaviso es del trabajador que renuncia: si el patrono despide sin causa justa, no hay preaviso a cargo tuyo, sino indemnización.
¿Cuántos días de preaviso hay que dar al renunciar en Guatemala?
Depende de cuánto tiempo llevas trabajando. El artículo 83 del Código de Trabajo fija el aviso mínimo cuando renuncias sin justa causa: una semana antes de 6 meses de servicio, 10 días de 6 meses a menos de un año, dos semanas de 1 a menos de 5 años y un mes desde los 5 años. Esta calculadora solo sirve para Guatemala.
Si tu contrato escrito fija otro plazo, manda el contrato: la ley dice que el aviso se da «de acuerdo con lo que expresamente se estipule» y, si no se dice nada, con la escala anterior.
Cómo usar la calculadora
- Elige quién termina el contrato: tú (renuncia) o el patrono (despido).
- Escribe la fecha de entrada y el día en que entregas el aviso. La antigüedad se cuenta hasta ese día.
- Pon tu salario ordinario mensual (sin la bonificación incentivo de Q250). Solo sirve para ver cuánto equivale el plazo en dinero.
- En las opciones avanzadas puedes marcar que tu contrato fija otro plazo y escribir los días.
Al momento verás los días de preaviso, tu último día de trabajo y la escala de la ley.
La escala del artículo 83
| Tu antigüedad el día del aviso | Preaviso mínimo |
|---|---|
| Menos de 6 meses | 1 semana (7 días) |
| De 6 meses a menos de 1 año | 10 días |
| De 1 año a menos de 5 años | 2 semanas (14 días) |
| 5 años o más | 1 mes |
Criterio de esta calculadora: la antigüedad se mide el día en que entregas el aviso, y con justo 6 meses, 1 año o 5 años cumplidos se aplica el tramo mayor. Es una estimación; si estás en el límite, avisa con unos días más de margen.
Ejemplo
Entraste el 01/03/2023, ganas Q4,500.00 al mes y entregas tu aviso el 16/11/2026.
| Dato | Resultado |
|---|---|
| Antigüedad el día del aviso | 3 años y 8 meses (44 meses) |
| Preaviso que te toca | 14 días (dos semanas) |
| Último día de trabajo | 30/11/2026 |
| Equivale en dinero a | Q2,100.00 |
La cuenta del dinero: Q4,500.00 / 30 = Q150.00 al día; Q150.00 × 14 = Q2,100.00. Es solo una referencia. El mismo artículo dice que el aviso no se puede cambiar por una cantidad de dinero salvo que el patrono lo acepte.
Qué pasa en el periodo de prueba
Según el artículo 81, en todo contrato por tiempo indeterminado los dos primeros meses son de prueba, salvo que se pacte menos. Durante ese tiempo cualquiera de las partes puede terminar el contrato, con causa o sin ella, sin responsabilidad. Por eso, si entregas el aviso antes de cumplir dos meses, la calculadora no te pide ningún día.
Despido: preaviso e indemnización
El preaviso del artículo 83 es una obligación de quien renuncia. Si el patrono te despide sin causa justa pasado el periodo de prueba, el artículo 82 le obliga a pagar una indemnización: un mes de salario por cada año de servicio continuo y, si no llegas al año, la parte proporcional. Puedes calcularla en la calculadora de indemnización por despido.
Qué te corresponde además al irte
Aunque renuncies, se pagan el aguinaldo y el Bono 14 proporcionales y las vacaciones no gozadas. Mira el total en la liquidación laboral, el aguinaldo, el Bono 14 y las vacaciones.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que dar preaviso si estoy en periodo de prueba?
No. Durante los dos primeros meses puedes terminar el contrato sin dar aviso y sin responsabilidad (artículo 81).
¿El aviso de renuncia tiene que ser por escrito?
Sí. La ley pide que se dé por escrito. Si el contrato es verbal, puedes darlo también de forma verbal siempre que sea ante dos testigos.
¿Puedo pagar el salario de esos días en vez de trabajarlos?
Solo si el patrono lo consiente. La ley no permite compensar el aviso con dinero por decisión propia.
¿Puede el patrono pedirme que deje de trabajar antes de que termine el plazo?
Sí. Una vez que le entregas el aviso, puede ordenarte que cese en tu trabajo, por haber encontrado sustituto o por otro motivo, sin incurrir en responsabilidad.
¿Qué pasa si no doy el preaviso?
La ley no fija una cantidad de dinero a descontar. Aun así, conviene cumplirlo: es el deber que marca el Código de Trabajo y evita malentendidos con tu pago final.
¿Cuánto preaviso debe dar el patrono si me despide?
El artículo 83 habla solo del trabajador. Con un despido sin causa justa, el patrono paga la indemnización del artículo 82.
Esta página es orientativa y no sustituye el texto oficial ni lo que diga tu contrato.
