En resumen
- En Argentina, si la empresa te despide sin preaviso y no es el último día del mes, cobras también los sueldos de los días que faltan hasta fin de mes (art. 233 de la LCT).
- Con un sueldo de $ 1.200.000 y un despido el 15 de octubre, faltan 16 días y la integración es de $ 619.354,84.
- Con el aguinaldo (1/12) se suman $ 51.612,90 y el total llega a $ 670.967,74.
- No corresponde si te dieron preaviso, si el despido cae el último día del mes o si seguías en el período de prueba.
¿Qué es la integración del mes de despido?
Es la suma que se agrega a la indemnización cuando la empresa te despide sin preaviso y no es el último día del mes. Equivale a los sueldos de los días que faltan hasta fin de mes. Está en el artículo 233 de la Ley de Contrato de Trabajo.
La idea es sencilla: el despido sin aviso corta el mes a la mitad. La ley hace que cobres ese mes completo, como si el despido hubiera sido el último día.
¿Cuándo corresponde y cuándo no?
Corresponde solo si se cumplen las tres cosas a la vez:
- La empresa te despidió sin preaviso.
- El despido no cae el último día del mes.
- Ya no estabas en período de prueba.
| Situación | ¿Hay integración? |
|---|---|
| Despido sin preaviso, a mitad de mes | Sí |
| Despido sin preaviso, el último día del mes | No: no faltan días |
| Te dieron el preaviso y lo trabajaste | No |
| Despido durante el período de prueba | No |
| Renuncias tú | No: es una regla del despido por la empresa |
El período de prueba es de 6 meses (artículo 92 bis). Un convenio colectivo puede ampliarlo a 8 meses en empresas de 6 a 100 personas, o a 12 meses en empresas de hasta 5 personas.
Cómo se calcula la integración del mes de despido
Divide tu sueldo entre los días del mes del despido y multiplica por los días que faltan. Esos días son los que van desde el día siguiente al despido hasta el último del mes.
días que faltan = días del mes − día del despido integración = sueldo × días que faltan / días del mes aguinaldo = integración / 12
- Sueldo: el mensual normal y habitual, en bruto.
- Días del mes: 28, 29, 30 o 31, según el mes en que te despiden.
- Aguinaldo: la integración es una suma salarial, así que lleva 1 de cada 12 pesos de aguinaldo.
Algunos cálculos dividen siempre entre 30. Aquí se usan los días reales del mes: la diferencia suele ser de unos pocos pesos. Si tu convenio fija otra forma, vale la que más te favorezca.
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu sueldo mensual bruto.
- Pon la fecha del despido.
- Indica si la empresa te dio preaviso o no.
- En las opciones avanzadas puedes cambiar la fecha de ingreso y el período de prueba, o quitar el aguinaldo.
Es una estimación en bruto, antes de los descuentos. No sustituye el recibo de tu liquidación final.
Ejemplo
Sueldo de $ 1.200.000, despido sin preaviso el 15 de octubre. Octubre tiene 31 días, así que faltan 16.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Valor de un día | $ 1.200.000 / 31 | $ 38.709,68 |
| Integración | $ 1.200.000 × 16 / 31 | $ 619.354,84 |
| Aguinaldo | $ 619.354,84 / 12 | $ 51.612,90 |
| Total | $ 670.967,74 |
Otros casos con el mismo sueldo:
- Despido el 1 de noviembre (el mes tiene 30 días): faltan 29 días y la integración es de $ 1.160.000,00.
- Despido el 29 de noviembre: falta 1 día y son $ 40.000,00.
- Despido el 10 de febrero de 2027 (28 días): faltan 18 días y son $ 771.428,57.
Qué más entra en la liquidación final
La integración es solo una parte. Si te despiden sin preaviso, la liquidación final puede incluir también:
- La indemnización por falta de preaviso: 1 o 2 meses de sueldo. Mírala en la calculadora de preaviso.
- La indemnización por despido, si no hay causa.
- El aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas.
Para ver todo junto, usa la calculadora de liquidación final. Si fuiste tú quien dio por terminado el contrato por un incumplimiento de la empresa, mira el despido indirecto.
Preguntas frecuentes
¿La integración del mes de despido se cobra siempre?
No. Solo si el despido es sin preaviso, no cae el último día del mes y ya pasó el período de prueba. Con preaviso trabajado, o con el despido el día 30 o 31, no hay integración.
¿Se suma al preaviso o lo reemplaza?
Se suma. El preaviso no dado se paga con 1 o 2 meses de sueldo (artículo 232), y la integración se agrega a esa cifra (artículo 233). Son dos conceptos distintos.
¿Lleva aguinaldo la integración?
Sí, es lo habitual en la liquidación final: se suma 1/12 de la integración. Con $ 619.354,84 de integración son $ 51.612,90 más. En la calculadora puedes quitarlo si tu caso es distinto.
¿Qué pasa si me despiden el último día del mes?
No hay integración, porque no faltan días. El 31 de octubre o el 30 de noviembre dan cero. El 29 de noviembre ya faltaría 1 día.
¿Se divide entre 30 o entre los días del mes?
La calculadora usa los días reales del mes (28 a 31). Si usas 30, la cifra cambia un poco. En un mes de 31 días con $ 1.200.000 y 16 días, serían $ 640.000 en vez de $ 619.354,84.
¿Cuenta si trabajo en una casa particular?
El personal doméstico tiene su propio régimen (Ley 26.844) y no está en esta calculadora.
