En resumen
- Como empleada pública de la Ciudad de Buenos Aires tienes 45 días de licencia paga antes del parto y 60 después: 105 días en total.
- Puedes reducir la licencia previa hasta 30 días y sumar los días al posparto.
- Cada hijo nacido con vida después del primero suma 15 días corridos, y la internación en neonatología suma los días que dure.
- Después del posparto puedes pedir hasta 120 días corridos más, sin cobrar el sueldo.
Cuántos días de licencia tienes
Tienes 45 días de licencia paga antes del parto y 60 después, 105 en total. Lo dice el artículo 23 de la Ley 471, la ley de relaciones laborales de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Esta calculadora sirve solo para Argentina y para ese personal. El régimen nacional y el del sector privado tienen otras reglas.
Cómo usar la calculadora
- Fecha del parto. La real o la probable.
- Días antes del parto. Por defecto, 45. Puedes bajarlos hasta 30.
- Hijos nacidos con vida. Pon 2 si son mellizos.
- Opciones avanzadas. Días de internación en neonatología, si el parto se adelantó y los días sin goce de haberes.
Cómo se cuentan los días
Los días son corridos, es decir, cuentan también sábados, domingos y feriados.
días después = 60 + días sin usar antes del parto + 15 × (hijos - 1) + días de neonatología licencia total = días antes + días después
- Reducir la licencia previa. Si tomas menos de 45 días antes, los que no usas pasan al posparto. El mínimo antes del parto es de 30 días.
- Parto adelantado. Si el bebé nace antes, los días que no alcanzaste a usar también pasan al posparto.
- Parto múltiple. Se suman 15 días corridos por cada hijo nacido con vida después del primero.
- Neonatología. Si el recién nacido queda internado en el área de neonatología, el posparto se extiende tantos días como dure la internación.
Esta calculadora toma el día del parto como el primer día del posparto.
Ejemplo
Parto probable el 15/12/2026, un solo hijo y 45 días antes:
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Días antes del parto | 45 días |
| Días después del parto | 60 días |
| Licencia paga total | 105 días |
| Primer día de licencia | 31/10/2026 |
| Último día pagado | 12/02/2027 |
| Vuelta al trabajo | 13/02/2027 |
Con mellizos y 10 días de neonatología, el posparto sube a 85 días y la licencia total a 130 días.
Otros casos para entender la cuenta
- Reduces la licencia previa a 30 días. Los 15 días que no usas antes se suman al posparto: pasas de 60 a 75 días, y el total sigue en 105 días.
- El bebé nace antes de lo previsto. Si el parto llega, por ejemplo, con solo 10 días de licencia previa usados, los 35 días restantes se acumulan al posparto, que queda en 95 días. El total de la licencia paga vuelve a ser 105 días.
- Parto múltiple con internación. Los dos suplementos se suman: 15 días por el segundo hijo y los días que dure la internación en neonatología.
Para preparar tus fechas, usa la fecha probable del parto y vuelve a calcular cuando nazca el bebé. Así el resultado se ajusta a lo que ocurrió de verdad. Si tienes dudas sobre cómo se registra tu licencia, consulta con tu área de personal, que es quien la tramita.
Extensión sin goce de haberes
Terminado el posparto, puedes pedir hasta 120 días corridos más sin cobrar el sueldo. Es opcional. En el ejemplo, con los 120 días la vuelta pasa al 13/06/2027.
Preguntas frecuentes
¿Puedo tomar menos de 45 días antes del parto?
Sí, pero no menos de 30. Los días que no uses antes pasan al posparto, así que el total no cambia.
¿Cómo cuenta la Ciudad un parto adelantado en mi licencia?
Los días de la licencia previa que no alcanzaste a usar se suman al posparto. Marca la casilla de parto adelantado en las opciones avanzadas.
¿Cuántos días más tengo si son mellizos?
Quince días corridos más por cada hijo nacido con vida después del primero. Con mellizos son 15 días, con trillizos 30.
¿Y si el bebé queda internado en neonatología?
El posparto se alarga tantos días como dure la internación. Escribe esos días en las opciones avanzadas.
¿Cobro durante la extensión de 120 días?
No. Esos días son sin percepción de haberes.
¿Qué pasa si la criatura nace muerta?
El artículo 24 de la misma ley da 30 días corridos de licencia. Esta calculadora no cubre ese caso.
