En resumen
- En el RESICO de personas morales, el pago provisional es el 30 % de lo que cobraste menos lo que pagaste, y se paga a más tardar el día 17 del mes siguiente.
- Con $3,000,000 cobrados, $2,100,000 pagados y $180,000 de pagos anteriores, el ISR del periodo es de $270,000 y el pago del mes, de $90,000.
- Solo pueden usarlo empresas formadas por personas físicas con ingresos de hasta $35,000,000 al año; en el ejemplo, de cada $100 cobrados, $9 son ISR.
- Una computadora de $120,000 con 6 meses de uso baja la base en $30,000, porque se deduce el 50 % al año (artículo 209).
¿Cómo se calcula el pago provisional del RESICO de personas morales?
El pago provisional del RESICO de personas morales es el 30 % de lo que la empresa cobró menos lo que pagó desde enero, menos los pagos de meses anteriores. Con $3,000,000 cobrados, $2,100,000 pagados y $180,000 ya pagados, la empresa paga $90,000 a más tardar el 17 de julio.
Se llama flujo de efectivo porque solo cuenta el dinero que de verdad entró y salió. No hay coeficiente de utilidad como en el régimen general: mira el ISR de personas morales si tu empresa no está en el RESICO. El cálculo, paso a paso:
Flujo = ingresos cobrados − deducciones pagadas − inversión deducida − PTU pagada Utilidad = flujo − pérdidas de años anteriores ISR del periodo = 30 % × utilidad Pago del mes = ISR del periodo − pagos anteriores − retenciones
Todo se acumula de enero al mes que declaras. Lo establece el artículo 211 de la Ley del ISR, con la tasa del 30 % del artículo 9. Esta calculadora solo sirve para México y es una estimación.
¿Quién puede estar en el RESICO de personas morales?
Pueden estar en el RESICO las empresas constituidas solo por personas físicas cuyos ingresos del año anterior no pasaron de $35,000,000. Una empresa nueva puede entrar si estima que no pasará de esa cifra (artículo 206).
No pueden: las empresas con socios que controlen otras sociedades o sean partes relacionadas, las que trabajan con fideicomiso o asociación en participación y las que ya dejaron el régimen. Si en un año los ingresos pasan de $35,000,000, la empresa sale del RESICO a partir del año siguiente.
Si eres persona física, tu régimen es otro: mira el RESICO de personas físicas.
Cómo usar la calculadora
- Mes del pago. Cambia la fecha límite y los meses de uso de una inversión.
- Ingresos cobrados de enero a ese mes, sin IVA.
- Deducciones pagadas en el mismo periodo, sin IVA.
- Pagos provisionales anteriores: lo que pagaste de enero al mes anterior.
En Opciones avanzadas puedes añadir la PTU pagada, pérdidas de años anteriores, retenciones y una inversión nueva.
Ejemplo: junio con $3,000,000 cobrados
| Paso | Importe |
|---|---|
| Ingresos cobrados | $3,000,000 |
| Deducciones pagadas | $2,100,000 |
| Flujo y utilidad | $900,000 |
| ISR del periodo (30 %) | $270,000 |
| Pagos anteriores | $180,000 |
| Pago de junio | $90,000 |
De cada $100 cobrados, $9 se van en ISR. El pago es a más tardar el 17 de julio. Si los pagos anteriores ya cubren el ISR del periodo, el pago sale en cero y lo pagado de más se acredita en los meses siguientes.
¿Qué se puede deducir en el RESICO de personas morales?
En el RESICO solo se pueden deducir las compras de mercancías y materias primas, los gastos, las inversiones, los intereses pagados de la actividad, las cuotas patronales del IMSS y las reservas de pensiones (artículo 208). Además deben estar pagadas en el periodo.
Las inversiones se deducen con los porcentajes del artículo 209, si en el año no pasan de $3,000,000:
| Tipo de bien | Porcentaje al año |
|---|---|
| Mobiliario y equipo de oficina, vehículos | 25 % |
| Computadoras y servidores, herramienta y moldes | 50 % |
| Construcciones | 13 % |
El primer año se deduce por los meses completos de uso entre 12. Una computadora de $120,000 con 6 meses de uso se deduce en $30,000 ($120,000 × 50 % × 6 ÷ 12). Con esa deducción, el ejemplo baja la base a $870,000 y el pago de junio, a $81,000. Los vehículos solo se deducen hasta $175,000 (artículo 36). Para ver más tipos de bienes y su vida útil, usa la depreciación fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el pago provisional del RESICO de personas morales?
A más tardar el día 17 del mes siguiente. El de junio, el 17 de julio. El de diciembre, el 17 de enero.
¿Cuánto paga una persona moral en el RESICO?
El 30 % de la utilidad. Con $900,000 de flujo del periodo, $270,000 de ISR, antes de restar los pagos anteriores.
¿La PTU se resta del pago provisional?
Sí, la PTU ya pagada en el año se resta del flujo. Para saber cuánto toca por trabajador, usa la calculadora de PTU.
¿Qué pasa si mis ingresos pasan de 35 millones de pesos?
La empresa deja el RESICO a partir del año siguiente y vuelve al régimen general. El mes en que pasas del límite se calcula igual.
¿Y los dividendos que reparto a los socios?
Se rigen por el artículo 140 de la Ley del ISR y llevan su propio impuesto. Mira el ISR de dividendos.
