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Calculadora de RESICO de personas morales: tu pago provisional del mes

Solo para México. Escribe lo que tu empresa ha cobrado y ha pagado en el año y los pagos que ya hizo. Verás su utilidad, el ISR del periodo y el pago provisional de este mes, con la fecha límite.

Solo México · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos Importes en pesos mexicanos (MXN)
$

Solo lo que ya cobraste, sin IVA.

$

Compras, gastos, sueldos y cuotas del IMSS que ya pagaste, sin IVA. Lo que aún no pagas no cuenta.

$

La suma de lo que pagaste de enero al mes anterior. En enero es 0.

Opciones avanzadas

Más datos (opcionales)

$

El reparto de utilidades a tus trabajadores ya pagado. Se resta del flujo.

$

Lo que te queda por restar de años pasados.

$

Por ejemplo, la retención por los intereses de tus cuentas.

$

Un equipo, mueble o vehículo comprado este año. Hasta 3 millones en el año.

meses

No puede pasar del mes del pago.

Pago provisional del mes $90,000 a más tardar el 17 de julio
ISR del periodo (30 %) $270,000 de enero a junio
Utilidad del periodo $900,000 después de PTU y pérdidas

Tu utilidad del periodo es de $900,000. Al 30 %, el ISR es de $270,000; al restar lo que ya pagaste, pagas $90,000 a más tardar el 17 de julio.

Flujo del periodo (cobrado − pagado − PTU)
$900,000
Pérdidas de años anteriores que se restan
$0
Utilidad del periodo
$900,000
Pagos anteriores y retenciones
$180,000
De cada $100 cobrados, ISR del periodo
$9.00
De lo que cobraste
Cobrado$3,000,000
  • Gastos, inversión y PTU $2,100,000 70 %
  • ISR $270,000 9 %
  • Te queda $630,000 21 %
Ver el cálculo paso a paso
Paso Importe
Ingresos cobrados $3,000,000
Deducciones pagadas -$2,100,000
PTU pagada $0
Flujo del periodo $900,000
Pérdidas de años anteriores $0
Utilidad del periodo $900,000
ISR del periodo (30 %) $270,000
Pagos anteriores y retenciones -$180,000
Pago del mes $90,000

Solo para México.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Ley del ISR, arts. 206 a 215: pueden aplicarlo las empresas formadas solo por personas físicas con ingresos de hasta $35,000,000 el año anterior. Es una estimación: lo que pagas es lo que sale en la declaración que presentas ante el SAT.
  • Los ingresos cuentan cuando los cobras y las deducciones cuando las pagas. Los dividendos que repartas a tus socios llevan su propia retención de ISR (art. 140).
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Cámara de Diputados de México · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de RESICO de personas morales: tu pago provisional del mes · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En el RESICO de personas morales, el pago provisional es el 30 % de lo que cobraste menos lo que pagaste, y se paga a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  • Con $3,000,000 cobrados, $2,100,000 pagados y $180,000 de pagos anteriores, el ISR del periodo es de $270,000 y el pago del mes, de $90,000.
  • Solo pueden usarlo empresas formadas por personas físicas con ingresos de hasta $35,000,000 al año; en el ejemplo, de cada $100 cobrados, $9 son ISR.
  • Una computadora de $120,000 con 6 meses de uso baja la base en $30,000, porque se deduce el 50 % al año (artículo 209).

¿Cómo se calcula el pago provisional del RESICO de personas morales?

El pago provisional del RESICO de personas morales es el 30 % de lo que la empresa cobró menos lo que pagó desde enero, menos los pagos de meses anteriores. Con $3,000,000 cobrados, $2,100,000 pagados y $180,000 ya pagados, la empresa paga $90,000 a más tardar el 17 de julio.

Se llama flujo de efectivo porque solo cuenta el dinero que de verdad entró y salió. No hay coeficiente de utilidad como en el régimen general: mira el ISR de personas morales si tu empresa no está en el RESICO. El cálculo, paso a paso:

Flujo = ingresos cobrados − deducciones pagadas − inversión deducida − PTU pagada
Utilidad = flujo − pérdidas de años anteriores
ISR del periodo = 30 % × utilidad
Pago del mes = ISR del periodo − pagos anteriores − retenciones

Todo se acumula de enero al mes que declaras. Lo establece el artículo 211 de la Ley del ISR, con la tasa del 30 % del artículo 9. Esta calculadora solo sirve para México y es una estimación.

¿Quién puede estar en el RESICO de personas morales?

Pueden estar en el RESICO las empresas constituidas solo por personas físicas cuyos ingresos del año anterior no pasaron de $35,000,000. Una empresa nueva puede entrar si estima que no pasará de esa cifra (artículo 206).

No pueden: las empresas con socios que controlen otras sociedades o sean partes relacionadas, las que trabajan con fideicomiso o asociación en participación y las que ya dejaron el régimen. Si en un año los ingresos pasan de $35,000,000, la empresa sale del RESICO a partir del año siguiente.

Si eres persona física, tu régimen es otro: mira el RESICO de personas físicas.

Cómo usar la calculadora

  1. Mes del pago. Cambia la fecha límite y los meses de uso de una inversión.
  2. Ingresos cobrados de enero a ese mes, sin IVA.
  3. Deducciones pagadas en el mismo periodo, sin IVA.
  4. Pagos provisionales anteriores: lo que pagaste de enero al mes anterior.

En Opciones avanzadas puedes añadir la PTU pagada, pérdidas de años anteriores, retenciones y una inversión nueva.

Ejemplo: junio con $3,000,000 cobrados

PasoImporte
Ingresos cobrados$3,000,000
Deducciones pagadas$2,100,000
Flujo y utilidad$900,000
ISR del periodo (30 %)$270,000
Pagos anteriores$180,000
Pago de junio$90,000

De cada $100 cobrados, $9 se van en ISR. El pago es a más tardar el 17 de julio. Si los pagos anteriores ya cubren el ISR del periodo, el pago sale en cero y lo pagado de más se acredita en los meses siguientes.

¿Qué se puede deducir en el RESICO de personas morales?

En el RESICO solo se pueden deducir las compras de mercancías y materias primas, los gastos, las inversiones, los intereses pagados de la actividad, las cuotas patronales del IMSS y las reservas de pensiones (artículo 208). Además deben estar pagadas en el periodo.

Las inversiones se deducen con los porcentajes del artículo 209, si en el año no pasan de $3,000,000:

Tipo de bienPorcentaje al año
Mobiliario y equipo de oficina, vehículos25 %
Computadoras y servidores, herramienta y moldes50 %
Construcciones13 %

El primer año se deduce por los meses completos de uso entre 12. Una computadora de $120,000 con 6 meses de uso se deduce en $30,000 ($120,000 × 50 % × 6 ÷ 12). Con esa deducción, el ejemplo baja la base a $870,000 y el pago de junio, a $81,000. Los vehículos solo se deducen hasta $175,000 (artículo 36). Para ver más tipos de bienes y su vida útil, usa la depreciación fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga el pago provisional del RESICO de personas morales?

A más tardar el día 17 del mes siguiente. El de junio, el 17 de julio. El de diciembre, el 17 de enero.

¿Cuánto paga una persona moral en el RESICO?

El 30 % de la utilidad. Con $900,000 de flujo del periodo, $270,000 de ISR, antes de restar los pagos anteriores.

¿La PTU se resta del pago provisional?

Sí, la PTU ya pagada en el año se resta del flujo. Para saber cuánto toca por trabajador, usa la calculadora de PTU.

¿Qué pasa si mis ingresos pasan de 35 millones de pesos?

La empresa deja el RESICO a partir del año siguiente y vuelve al régimen general. El mes en que pasas del límite se calcula igual.

¿Y los dividendos que reparto a los socios?

Se rigen por el artículo 140 de la Ley del ISR y llevan su propio impuesto. Mira el ISR de dividendos.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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