En resumen
- En Guatemala, el ISR de la minería de criptomonedas se calcula como el de una actividad lucrativa: 25 % de la utilidad en el régimen sobre utilidades, o 5 % de lo minado en el simplificado.
- Con Q12,000 minados al mes y costos de Q5,333.25, la base es de Q6,666.75 y el ISR sobre utilidades es de Q1,666.69; te quedan Q5,000.06.
- En el régimen simplificado, esos mismos Q12,000 pagan Q600.00 de ISR, porque no se restan costos; te quedan Q6,066.75.
Cómo se calcula el impuesto por minar criptomonedas en Guatemala
Para calcular el impuesto, valora en quetzales lo que minas cada mes y aplica el ISR de tu régimen: 25 % de la utilidad en el régimen sobre utilidades, o 5 % de los ingresos en el simplificado. Con Q12,000 minados al mes, el ISR va de Q600.00 a Q1,666.69 según el régimen y tus costos.
Guatemala no tiene una norma que hable de la minería de criptomonedas de forma específica. Por eso, esta calculadora la trata como una actividad lucrativa: lo que recibes por minar son ingresos y la electricidad, el equipo y otros costos son gastos del negocio. Es el criterio más prudente, pero es una estimación. Si minas de forma habitual, confírmalo con la SAT (Superintendencia de Administración Tributaria) o con un contador.
Qué régimen puedes usar
Una persona que mina como actividad habitual se inscribe en uno de dos regímenes de la Ley de Actualización Tributaria (Decreto 10-2012):
- Régimen sobre utilidades (artículo 36). Pagas el 25 % de la renta imponible: ingresos menos costos y gastos deducibles. Si gastas mucho, pagas menos.
- Régimen opcional simplificado (artículo 44). Pagas sobre los ingresos, sin restar costos: 5 % hasta Q30,000.00 al mes y, por lo que pases de ahí, Q1,500.00 más 7 % del excedente.
La ley completa está en el portal de la SAT.
De cada 100 quetzales minados, en el simplificado pagas 5 de ISR hasta el tope. En utilidades pagas 25 de cada 100 de lo que sobra después de costos. Con costos bajos, el simplificado suele salir más barato; con costos altos, puede ganar el de utilidades. La calculadora te muestra los dos.
Cómo usar la calculadora
Elige tu régimen y completa los cuatro datos del mes. Verás el ISR, lo que te queda y la comparación con el otro régimen.
- Criptomonedas minadas: el valor en quetzales de lo que recibiste en el mes.
- Electricidad: lo que pagas de luz por los equipos.
- Costo del equipo: lo que pagaste por las máquinas. No se resta de una vez: se reparte como depreciación.
- Otros costos: internet, alquiler del local o mantenimiento.
En «Más opciones» puedes cambiar las tarifas y el porcentaje de depreciación si la ley cambia.
Fórmula del impuesto
Depreciación mensual = Equipo × 0.3333 ÷ 12 Costos = Electricidad + Otros costos + Depreciación mensual Sobre utilidades: ISR = (Minado − Costos) × 0.25 Simplificado: ISR = Minado × 0.05 (hasta Q30,000.00) Te queda = Minado − Costos − ISR
- 0.3333 es el 33.33 % anual de depreciación del equipo de computación (artículo 28 de la ley).
- Si los costos superan lo minado, la base es cero y no pagas ISR ese mes.
Ejemplo: Q12,000 minados en el mes
Con los valores de ejemplo, minas Q12,000 al mes, pagas Q4,000 de electricidad y Q500 de otros costos, y tu equipo costó Q30,000. Su depreciación es de Q833.25 al mes.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Costos del mes (con depreciación) | Q5,333.25 |
| Base sobre utilidades | Q6,666.75 |
| ISR sobre utilidades (25 %) | Q1,666.69 |
| Te queda | Q5,000.06 |
En el régimen simplificado, esos mismos ingresos pagarían Q600.00 de ISR, porque no se restan costos. Te quedarían Q6,066.75.
Qué no incluye esta calculadora
- IVA. Si vendes servicios o facturas, el IVA se calcula aparte. Mira la calculadora de IVA en Guatemala.
- ISO y pagos trimestrales. En el régimen sobre utilidades se pagan por trimestre; mira los pagos trimestrales.
- Ganancia al vender las monedas. Si vendes por más de lo que valían al recibirlas, hay otro cálculo. Mira el ISR de ganancias de capital.
- Depreciación detallada. La explica la calculadora de depreciación de activos fijos.
Preguntas frecuentes
¿Hay una ley de criptomonedas en Guatemala?
No hay una norma que regule el impuesto de la minería de forma específica. Por eso se usa la regla general de las actividades lucrativas. Los criterios pueden cambiar; consulta el portal de la SAT.
¿Cuánto pago si minó muy poco?
Depende del régimen. En el simplificado pagas 5 de cada 100 quetzales minados; con Q2,000 son Q100. En utilidades, si tus costos son mayores que lo minado, no pagas ISR ese mes.
¿Cómo valoro lo minado en quetzales?
Convierte lo que recibes al tipo de cambio del día en que lo recibes y guarda el registro. La calculadora no consulta precios: tú escribes el valor.
¿Puedo restar la electricidad y el equipo?
Sobre utilidades sí: la electricidad, otros costos y la depreciación del equipo se restan. En el simplificado no se restan, aunque sí cuentan para saber cuánto te queda.
¿Cambia el cálculo si superas Q30,000 al mes?
Solo en el simplificado: los primeros Q30,000.00 pagan 5 %, es decir, Q1,500.00, y el excedente paga 7 %. Con Q40,000 al mes, el ISR sería de Q2,200.00.
¿Esta calculadora de minería sustituye a la SAT?
No. Son cifras de orientación con la ley de Guatemala a la vista; la SAT decide. Tu caso puede tener detalles que aquí no se cubren.
