En resumen
- Vender productos a una empresa de otro país de la UE con NIF-IVA válido va sin IVA: es una entrega intracomunitaria exenta (art. 25 de la Ley del IVA).
- Las ventas a particulares de otros países de la UE llevan IVA español hasta 10.000 € al año en total; por encima, el IVA del país del cliente (modelo 369).
- Si una empresa española compra a un proveedor de otro país de la UE, se carga el IVA español y lo deduce a la vez: con 1.000 € y un 21 %, carga y deduce 210 €.
- Los servicios a empresas de otros países de la UE se facturan sin IVA con inversión del sujeto pasivo: el IVA lo paga el cliente en su país.
Qué es el IVA intracomunitario
El IVA intracomunitario son las reglas del IVA para las ventas y compras entre países de la Unión Europea. La idea es sencilla: el IVA se paga en el país donde se consume. Por eso, según quién compra y qué se vende, una factura a otro país de la UE puede ir sin IVA, con IVA español o con el IVA del país del cliente.
Las tres situaciones más comunes son estas:
- Vendes a una empresa de otro país de la UE: facturas sin IVA. Lo paga tu cliente en su país.
- Vendes a un particular de otro país de la UE: cobras IVA español mientras tus ventas a particulares de la UE no pasen de 10.000 € al año; por encima, cobras el IVA del país del cliente.
- Compras como empresa a otro país de la UE: el proveedor no te cobra IVA y tú te cargas el IVA español y lo deduces a la vez.
Esta calculadora sigue la Ley del IVA de España. Para un precio con el IVA de España o de otros países, usa la calculadora de IVA. Canarias, Ceuta y Melilla están fuera del territorio del IVA: allí se aplica el IGIC o el IPSI.
Cómo usar la calculadora
- ¿Vendes o compras?
- ¿Quién es la otra parte? Una empresa o autónomo con número de IVA europeo (NIF-IVA), o un particular.
- ¿Qué es? Productos que se envían, servicios digitales (descargas, apps, cursos en línea, suscripciones) u otros servicios (consultoría, diseño, programación…).
- Importe sin IVA y país de la otra parte.
- Si vendes a particulares productos o servicios digitales, escribe tus ventas a particulares de otros países de la UE de este año y marca si el año pasado pasaste de 10.000 €.
En Opciones avanzadas puedes cambiar el tipo de IVA del otro país (cambian a menudo), el tipo español y marcar si has elegido tributar siempre en destino.
Las reglas, caso por caso
| Operación | IVA que se aplica | Dónde se declara |
|---|---|---|
| Venta de productos a una empresa de la UE | Sin IVA: entrega intracomunitaria exenta | Modelos 303 y 349 |
| Servicio a una empresa de la UE | Sin IVA: inversión del sujeto pasivo | Modelos 303 y 349 |
| Productos o servicios digitales a particulares, hasta 10.000 € al año | IVA español | Modelo 303 |
| Productos o servicios digitales a particulares, más de 10.000 € al año | IVA del país del cliente | Modelo 369 (ventanilla única) |
| Otros servicios a particulares | IVA español (con excepciones) | Modelo 303 |
| Compra de una empresa española a un proveedor de la UE | IVA español, que se carga y se deduce a la vez | Modelos 303 y 349 |
Los artículos clave son el 25 (entregas exentas), el 69 (dónde tributan los servicios), el 73 (límite de 10.000 €) y el 84 (inversión del sujeto pasivo).
Ejemplos con 1.000 €
| Caso | IVA | Total de la factura |
|---|---|---|
| Vendes productos a una empresa de Francia | 0,00 € | 1.000,00 € |
| Vendes a un particular de Francia (llevas 6.000 € este año) | 210,00 € (21 % español) | 1.210,00 € |
| Vendes a un particular de Francia (ya llevas 12.000 €) | 200,00 € (20 % francés) | 1.200,00 € |
| Tu empresa compra a un proveedor de Portugal | 210,00 € cargados y deducidos | 1.000,00 € |
En el último caso, el IVA de 210 € aparece dos veces en tu declaración: como IVA que debes y como IVA que deduces. Si deduces todo tu IVA, no pagas nada. Si aplicas prorrata, la parte que no deduces sí es un coste: calcúlalo con la calculadora de prorrata del IVA.
El límite de 10.000 € para vender a particulares
Si vendes por internet a particulares de otros países de la UE (una tienda en línea, cursos, descargas), el límite de 10.000 € al año es la suma de todas esas ventas, sin IVA y de todos los países juntos.
- Mientras no lo pases (ni lo hayas pasado el año anterior), cobras el IVA español, como si vendieras en España.
- Desde la venta con la que lo pasas, cobras el IVA del país de cada cliente: un 20 % en Francia, un 19 % en Alemania, un 27 % en Hungría…
- No tienes que darte de alta en cada país: declaras todo cada trimestre con el modelo 369, la ventanilla única de la UE (OSS), desde la web de la Agencia Tributaria.
Para ver cuánto te queda de cada venta en tu tienda, usa la calculadora de beneficio de una tienda en línea.
Requisitos para vender sin IVA a empresas de la UE
- Tu cliente tiene un NIF-IVA válido, que puedes comprobar en el censo VIES de la Comisión Europea. Si no lo tiene, se trata como un particular.
- Tú estás dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), con el modelo 036.
- La mercancía sale de España hacia otro país de la UE, y puedes probarlo (contrato de transporte, albarán firmado…).
- En la factura pones el NIF-IVA del cliente y la frase «Entrega intracomunitaria exenta, art. 25 de la Ley 37/1992» o «Operación con inversión del sujeto pasivo» si es un servicio.
Si falla alguno, Hacienda puede exigirte el IVA español que no cobraste.
Preguntas frecuentes
¿Una factura a una empresa de otro país de la UE lleva IVA?
No, si la empresa tiene NIF-IVA válido en el censo VIES. Los productos van como entrega intracomunitaria exenta y los servicios, con inversión del sujeto pasivo: el IVA lo paga tu cliente en su país.
¿Qué IVA cobro a un cliente particular de otro país de la UE?
El español mientras tus ventas a particulares de otros países de la UE no pasen de 10.000 € al año. Por encima, el del país del cliente, que declaras con el modelo 369. Los servicios que no son digitales llevan, por regla general, IVA español.
¿Qué es la inversión del sujeto pasivo?
Es que el IVA no lo cobra quien vende, sino que se lo carga el que compra en su propia declaración y, normalmente, lo deduce en la misma. Se usa en los servicios entre empresas de distintos países de la UE.
¿Cómo se declara una compra intracomunitaria?
En el modelo 303 pones la compra como adquisición intracomunitaria: te cargas el IVA español y lo deduces en la misma declaración. Además, la incluyes en el modelo 349, el resumen de operaciones con la UE.
¿Qué es el modelo 349?
Es la declaración informativa de operaciones intracomunitarias: un resumen de tus ventas y compras con empresas de otros países de la UE, con su NIF-IVA. Se presenta cada mes o cada trimestre, según el volumen.
¿Si compro como particular en una tienda de otro país de la UE pago su IVA?
Depende de la tienda. Si vende más de 10.000 € al año a otros países de la UE, como casi todas las grandes, te cobra el IVA español. Si es pequeña, te cobra el de su país.
