En resumen
- Un bar con 1 asalariado, 1 titular, 10 kW, 8 mesas, 6 m de barra y 1 máquina A tendría un rendimiento neto de 14.178,95 € al año en módulos.
- De IRPF pagaría 425,37 € cada trimestre, 1.701,48 € al año, porque tiene 1 asalariado (3 %).
- En IVA, ese mismo bar tendría una cuota de 6.574,94 € al año; en abril, julio y octubre ingresa 132,83 € (2 %).
- Para estar en módulos hace falta no superar 150.000 € de ingresos ni 150.000 € de compras al año.
¿Qué son los módulos de autónomos?
Los módulos son la estimación objetiva del IRPF, junto con el régimen simplificado del IVA. En lugar de restar tus gastos reales de tus ingresos, Hacienda calcula tu beneficio con datos de tu negocio: personas que trabajan, metros del local, potencia eléctrica, mesas o kilómetros. Es un sistema solo para España.
Cada actividad tiene su tabla de «módulos» con un importe por unidad. La Orden anual del Ministerio de Hacienda fija esos importes. Esta calculadora usa los de la Orden HAC/1425/2025 y cubre cinco actividades habituales: bar, taxi, peluquería, tienda de alimentación y tienda de ropa. El anexo II de la Orden tiene muchas más.
¿Cómo se calcula el IRPF en módulos?
El cálculo tiene tres fases y una reducción final:
- Rendimiento neto previo: suma de unidades por importe de cada módulo.
- Rendimiento neto minorado: al previo se le resta la minoración por empleo y la amortización de tus bienes.
- Índices correctores: se multiplican por un número menor o mayor que 1 según tu caso (municipio, tamaño del negocio, actividad nueva o exceso).
- Reducción del 5 %: la Orden de cada año la aplica al resultado.
rn = (previo − minoración − amortización) × índices × (1 − 5 %) pago trimestral = rn × 2 %, 3 % o 4 %
El pago de cada trimestre es el 2 % del rendimiento neto si no tienes asalariados, el 3 % si tienes una persona asalariada o menos, y el 4 % si tienes más. Se ingresa en abril, julio, octubre y enero con el modelo 131.
¿Cómo se calcula el IVA en módulos?
La cuota devengada también sale de los módulos, con importes distintos a los del IRPF. De ella se resta el IVA soportado de tus compras y el 1 % por gastos de difícil justificación. Si el resultado es menor que la cuota mínima de tu actividad (6 % en bares, 10 % en taxi, 13 % en peluquería), pagas la mínima. En abril, julio y octubre se ingresa un porcentaje fijo de la cuota devengada: 2 % en bares, 5 % en taxi y peluquería. El resto se paga en el cuarto trimestre.
Las tiendas de alimentación y de ropa no entran en el régimen simplificado del IVA: se rigen por el recargo de equivalencia o por el régimen general. Para el IVA general mira el modelo 303.
Cómo usar la calculadora
- Actividad: elige la tuya.
- Personas asalariadas y no asalariadas: cuenta personas a jornada completa. Tú eres 1 no asalariado.
- Datos del local: metros, kilovatios hora, potencia, mesas, barra o kilómetros, según la actividad.
- Ingresos del año anterior: solo sirve para avisarte si superas el límite.
- Opciones avanzadas: municipio, amortización, actividad nueva, IVA soportado y los datos oficiales editables.
Ejemplo: un bar en un municipio de 10.001 a 50.000 habitantes
Un bar tiene 1 asalariado y 1 titular, 10 kW de potencia, 8 mesas, 6 metros de barra y 1 máquina tipo A.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rendimiento neto previo | 16.747,96 € |
| Minoración por empleo | 164,39 € |
| Rendimiento neto antes de la reducción (índice 0,90) | 14.925,21 € |
| Rendimiento neto de módulos con la reducción | 14.178,95 € |
| Pago de IRPF cada trimestre (3 %) | 425,37 € |
| Pagos de IRPF del año | 1.701,48 € |
| Cuota devengada de IVA | 6.641,35 € |
| IVA del año | 6.574,94 € |
| IVA en abril, julio y octubre (cada vez) | 132,83 € |
| IVA del último trimestre | 6.176,45 € |
El índice 0,90 sale de la pequeña dimensión: un solo local, sin más de un vehículo ligero y hasta 2 trabajadores.
Quién no puede estar en módulos
No puedes estar en módulos si superas alguno de estos límites del año anterior: 150.000 € de ingresos (la Ley 35/2006, art. 31), 75.000 € facturados a otros empresarios o 150.000 € de compras y servicios. También quedan fuera quienes tienen otra actividad en estimación directa o ejercen fuera de España. El límite cuenta lo que facture tu cónyuge o tus hijos en actividades parecidas con dirección común. Consulta siempre el texto vigente en la Ley del IRPF, porque estos topes han cambiado varias veces.
Límites de esta calculadora
No incluye las actividades de temporada ni las subvenciones, que se suman al rendimiento. Tampoco calcula el IRPF anual completo, que depende de tus otras rentas, ni la cuota de la Seguridad Social (cuota de autónomos). Para una comparación con la estimación directa, mira el IRPF de autónomos. Es una estimación: no sustituye a la información de la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Qué son los módulos y quién puede usarlos?
Son la estimación objetiva del IRPF más el régimen simplificado del IVA. Pueden usarlos autónomos de las actividades del anexo II que no superen los límites de ingresos y compras y que no hayan renunciado.
¿Cuánto se paga de IRPF en módulos?
Cada trimestre, el 2 %, 3 % o 4 % del rendimiento neto según tengas 0, 1 o más asalariados. En el ejemplo, un bar paga 425,37 € por trimestre.
¿Puedo deducir gastos en módulos?
No los reales: el rendimiento sale de los módulos. Solo restas la amortización del inmovilizado y la minoración por empleo. Para ver el caso contrario, mira los gastos deducibles de autónomos.
¿Cómo renuncio a los módulos?
Con el modelo 036 o 037 hasta el 31 de diciembre del año anterior, o presentando en plazo el primer trimestre en régimen general. El plazo exacto está en la Orden de cada año.
¿Pago IVA aunque no venda nada?
Sí. En el simplificado existe una cuota mínima por actividad que se paga aunque tengas más IVA soportado que devengado.
¿La tarifa plana cambia cómo tributo en módulos?
No. La tarifa plana es una cuota reducida de la Seguridad Social y no cambia cómo tributas.
