En resumen
- En España, si vendes acciones con pérdidas, primero se restan de tus ganancias del mismo año y lo que sobra se arrastra durante los 4 años siguientes (art. 49 de la Ley del IRPF).
- Con dividendos e intereses del mismo año solo se compensa hasta el 25 % de ellos: con 400 € de dividendos, como máximo 100 €.
- Con una pérdida de 6.000 € y ganancias netas de 1.000, 2.000 y 2.000 € en los años siguientes, el último año te queda una base del ahorro de 300,00 € y 57,00 € de IRPF.
- Una pérdida sin usar a los 4 años de plazo prescribe: se pierde y ya no baja tu base del ahorro.
¿Cómo se compensan las pérdidas de bolsa en España?
Las pérdidas de vender acciones se restan primero de tus ganancias del mismo año. Si todavía sobra pérdida, puedes quitar hasta el 25 % de tus dividendos e intereses de ese año. Lo que no se use se guarda y se compensa en los cuatro años siguientes. Lo dice el artículo 49 de la Ley del IRPF, la ley del impuesto sobre la renta en España.
Esta calculadora es solo para España. Encadena varios años seguidos, porque una pérdida de un año puede aprovecharse en otro. Para ver un único año con las pérdidas antiguas por antigüedad, tienes la compensación de pérdidas patrimoniales. En otros países las reglas son distintas.
Cómo usar la calculadora
- Un año por fila. Pon los años seguidos, del más antiguo al último. La última fila es el año que quieres calcular.
- Ganancias y pérdidas de ventas. Suma lo ganado en las ventas con beneficio y, aparte, lo perdido en las ventas con pérdida. Si no sabes el resultado de cada venta, usa antes la calculadora FIFO.
- Dividendos e intereses. Pon el total del año en bruto. Sirven para compensar hasta el 25 %.
- Opciones avanzadas. El plazo (4 años) y el límite (25 %) están a la vista por si la ley cambia.
Puedes añadir hasta 8 años. Si tienes más, empieza por el primero en el que aún quedaba una pérdida viva.
En qué orden se usan las pérdidas
Se usan primero las más antiguas. Es lo que más conviene, porque son las primeras en prescribir. Cada año la cuenta es esta:
- Se calcula el resultado del año: ganancias menos pérdidas.
- Si es positivo, se le restan las pérdidas pendientes, de la más antigua a la más nueva.
- Si aún quedan pérdidas, se restan hasta el 25 % de los dividendos e intereses del año.
- Lo que sigue sin usarse pasa al año siguiente, hasta que se cumple el plazo.
La calculadora usa un criterio prudente: la pérdida del propio año es la última en usar el límite del 25 %. Si tienes dudas sobre tu caso, mira el manual de la renta de la Agencia Tributaria.
Fórmula
Resultado = ganancias − pérdidas Base del ahorro = (resultado positivo − pérdidas usadas) + (dividendos − pérdidas usadas con ellos) Tope con dividendos = 25 % × dividendos del año IRPF = escala del ahorro aplicada a la base
La escala del ahorro (estatal más autonómica, arts. 66 y 76) es del 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % el resto. En País Vasco y Navarra la escala es otra.
Ejemplo
Cuatro años seguidos con 400 € de dividendos cada uno. En el año 1 pierdes 6.000 € y no ganas nada. En el 2 ganas 1.000 €, en el 3 ganas 2.000 € y en el 4 ganas 2.500 € y pierdes 500 €.
| Año | Resultado de ventas | Dividendos | Pérdidas compensadas | Base del ahorro | IRPF estimado | Pérdidas pendientes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | −6.000,00 € | 400,00 € | 100,00 € | 300,00 € | 57,00 € | 5.900,00 € |
| 2 | 1.000,00 € | 400,00 € | 1.100,00 € | 300,00 € | 57,00 € | 4.800,00 € |
| 3 | 2.000,00 € | 400,00 € | 2.100,00 € | 300,00 € | 57,00 € | 2.700,00 € |
| 4 | 2.000,00 € | 400,00 € | 2.100,00 € | 300,00 € | 57,00 € | 600,00 € |
En el año 1 solo se compensan 100 €, el 25 % de 400 €. En el año 4, sin pérdidas, tu base sería de 2.400,00 € y pagarías 456,00 €. Con ellas pagas 57,00 €: la compensación te ahorra unos 399,00 €. Quedan 600,00 € para el año siguiente. Tienen un año más de plazo: la pérdida es del año 1 y puede usarse hasta el año 5.
Errores frecuentes al compensar
- Dejar pasar los años. Si no usas una pérdida en el plazo, se pierde. Apúntate el último año de cada una.
- Contar el 25 % sobre las ganancias. El tope del 25 % es sobre dividendos e intereses, no sobre las ganancias de las ventas.
- Creer que se puede elegir cuánto compensar. La ley obliga a compensar la cuantía máxima de cada año (art. 49.2).
- Mezclar la base general. Las pérdidas de acciones no se restan de tu sueldo. Solo van a la base del ahorro.
- Olvidar la regla de los dos meses. Si recompras los mismos valores en los dos meses siguientes (o anteriores) a la venta con pérdida, esa pérdida puede no contar de momento. La calculadora no la incluye.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años puedo arrastrar una pérdida de acciones?
Cuatro años, los que siguen al de la pérdida. Una pérdida del primer año se puede usar en los años 2, 3, 4 y 5. Pasado ese plazo prescribe.
¿Puedo compensar pérdidas de bolsa con el sueldo?
No. Las pérdidas de acciones van a la base del ahorro. El sueldo está en la base general y no se mezcla con ellas.
¿Por qué no compenso todas mis pérdidas con mis dividendos?
Porque la ley solo deja usar el 25 % de los dividendos e intereses del año. Con 1.000 € de dividendos, como mucho restas 250 € de pérdidas.
¿Qué pasa si no vendo con ganancias en ningún año?
La pérdida se arrastra durante el plazo y puede bajar tus dividendos e intereses hasta el 25 % cada año. Si no hay con qué compensar, prescribe.
¿Tengo que declarar una pérdida aunque no pague IRPF ese año?
Para poder arrastrarla, sí conviene reflejarla en la declaración del año en que se produce. Mira la guía de la declaración de la renta y las instrucciones oficiales.
¿Puedo usar esta compensación de pérdidas si vivo en el País Vasco o Navarra?
El reparto de pérdidas por años es el de esta página, pero la escala de impuestos que usa es la general. Allí la escala es otra y el cálculo del IRPF cambia.
