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Calculadora de indemnización por accidente laboral

Calculadora orientativa para trabajadores de España. Escribe tu salario, los días de baja, los puntos de secuelas, el grado de incapacidad y tu edad y verás una estimación de la prestación por la baja, de las secuelas con un baremo de referencia, de la incapacidad permanente y del posible recargo.

Solo España · Gratis y sin registro · Tema: Paro y prestaciones
Tus datos Importes en euros (€)
€

Lo que cobras al año según tu contrato, con las pagas extra.

días

Como máximo 545 días.

puntos

La puntuación que da el informe médico. Si no hay secuelas, pon 0.

Parcial: pierdes al menos un 33 % de tu rendimiento. Total: no puedes hacer tu profesión de siempre. Absoluta: ningún trabajo. Gran incapacidad: además necesitas ayuda de otra persona.

años

Cuanto más joven, más dinero por cada punto de secuela.

Opciones avanzadas

Si se declara que faltaban medidas de seguridad, las prestaciones suben entre un 30 y un 50 %. Lo paga la empresa.

€

El total en euros. Suman a la base de la baja y de la incapacidad.

Total estimado en pagos únicos 14.693,10 € baja + secuelas
Prestación por la baja 5.191,67 € 89 días al 75 % de 77,78 € al día
Secuelas (baremo orientativo) 9.501,43 € 8 puntos a los 40 años

Con 90 días de baja, 8 puntos de secuelas y sin incapacidad permanente, la estimación es de 14.693,10 € en pagos únicos.

Base de cotización mensual (salario ÷ 12)
2.333,33 €
Base reguladora diaria de la baja
77,78 €
Prestación diaria de la baja (75 %)
58,33 €
Prestación por la baja
5.191,67 €
Indemnización por secuelas
9.501,43 €
Base reguladora mensual de la incapacidad
2.333,33 €
Total estimado en pagos únicos
14.693,10 €
De dónde sale el total en pagos únicos
Total14.693,10 €
  • Baja 5.191,67 € 35,3 %
  • Secuelas 9.501,43 € 64,7 %
Ver qué sumaría un recargo de prestaciones
Recargo En pagos únicos (baja y parcial) En un año de pensión
Recargo del 30 % 1.557,50 € 0,00 €
Recargo del 40 % 2.076,67 € 0,00 €
Recargo del 50 % 2.595,83 € 0,00 €
  • Es una estimación orientativa, no una valoración. Cada caso lo valora quien corresponda con el informe médico y los datos reales.
  • Solo para España. La baja y la incapacidad salen de la Ley General de la Seguridad Social; las secuelas, del baremo de la Ley 35/2015 (accidentes de tráfico), que no se aplica por obligación a los accidentes de trabajo y se usa aquí como referencia. Los valores de 2026 son una aproximación con las actualizaciones anuales publicadas en el BOE.
  • Las secuelas del baremo no incluyen otros perjuicios (perjuicios particulares, gastos médicos futuros, lucro cesante). Aquí solo se estima el perjuicio básico por puntos y edad.
  • La base reguladora de la incapacidad es una cifra orientativa: el salario del año anterior dividido entre 12. La que fija la Seguridad Social puede ser distinta, y la pensión se cobra en 14 pagas.
  • El recargo de prestaciones (del 30 al 50 %, artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social) se declara cuando faltaban medidas de seguridad, lo paga la empresa y se aplica a las prestaciones, no a las secuelas.

Calculadora de indemnización por accidente laboral · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Con un sueldo de 28.000 € al año, 90 días de baja y 8 puntos de secuelas a los 40 años, la estimación es de unos 14.693,10 €: 5.191,67 € de baja y 9.501,43 € de secuelas.
  • En un accidente de trabajo la baja se cobra desde el día siguiente con el 75 % de la base reguladora; con 28.000 € al año son 58,33 € al día.
  • La incapacidad permanente parcial paga 24 mensualidades de la base reguladora (56.000,00 € con 28.000 € al año); la total, el 55 % al mes y la absoluta, el 100 %.
  • El recargo de prestaciones sube entre un 30 % y un 50 % las prestaciones si faltaban medidas de seguridad: con un 30 %, la baja del ejemplo sube 1.557,50 €.

Qué cubre un accidente laboral

Un accidente de trabajo puede dar lugar a cuatro cosas, que se calculan por separado: la prestación por la baja, una cantidad por las secuelas, la incapacidad permanente si queda una limitación para trabajar y un recargo sobre las prestaciones si la empresa no tenía las medidas de seguridad que exige la ley.

Esta calculadora da una estimación orientativa de cada parte. No sustituye la valoración de cada caso, que hace quien corresponda con el informe médico, el contrato y los datos reales. Sirve solo para España: otros países tienen sistemas distintos, como las compensaciones por accidente de trabajo de Estados Unidos, que varían según el estado.

Cómo usar la calculadora

  1. Salario bruto anual: el de tu contrato, con las pagas extra.
  2. Días de baja: desde el accidente hasta el alta (máximo 545).
  3. Puntos de secuelas: los que da el informe médico, de 0 a 100.
  4. Incapacidad permanente reconocida: ninguna, parcial, total, absoluta o gran incapacidad.
  5. Tu edad: cuanto más joven, más valen las secuelas.

En Opciones avanzadas puedes poner un recargo de prestaciones (30, 40 o 50 %) y las horas extra del año anterior.

Baja

Si te accidentas en el trabajo, cobras el 75 % de tu base reguladora desde el día siguiente al de la baja. El día del accidente lo paga la empresa con el salario íntegro. La base reguladora diaria es tu base de cotización mensual (con las pagas extra repartidas en el año) dividida entre 30, más las horas extra del año anterior entre 365 (artículos 169 a 173 de la Ley General de la Seguridad Social).

La base de cotización tiene un máximo de 5.101,20 € al mes. La baja puede durar hasta 365 días, más 180 si se prorroga. Para saber cómo se calcula la base reguladora en otros casos, mira la calculadora de base reguladora.

Secuelas

Las secuelas son las limitaciones que quedan al terminar el tratamiento. En accidentes de tráfico se indemnizan con un baremo oficial, el de la Ley 35/2015, con una tabla que da un valor por cada punto de secuela y por la edad: a más puntos, más dinero, y a menos edad, más valor por punto.

En los accidentes de trabajo ese baremo no es obligatorio, pero muchas veces se usa como referencia, por analogía. Aquí lo usamos de la misma forma: solo como orientación. Los importes de 2026 salen de la tabla oficial puesta al día con las actualizaciones anuales que publica la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Esta cifra incluye el perjuicio básico por puntos y edad; otros perjuicios (gastos médicos, ayuda de otra persona, pérdida de ingresos) no están en el cálculo.

Incapacidad permanente

Si el accidente deja una limitación que te impide trabajar total o parcialmente, la Seguridad Social puede reconocer una incapacidad permanente. La cuantía depende del grado:

  • Parcial: una cantidad de una sola vez, de 24 mensualidades de la base reguladora.
  • Total: una pensión del 55 % de la base reguladora al mes, que sube hasta el 75 % con 55 años o más y dificultad para encontrar otro empleo.
  • Absoluta: una pensión del 100 % de la base reguladora.
  • Gran incapacidad: el 100 % más un complemento para pagar a quien te atiende: el 45 % de la base mínima de cotización más el 30 % de tu última base, y nunca menos del 45 % de la pensión.

En un accidente de trabajo, la base reguladora sale de tu salario real del año anterior dividido entre 12. La calculadora usa esa cifra como estimación orientativa y paga la pensión en 14 pagas.

La pensión tiene un máximo en 2026 de 3.359,60 € al mes en 14 pagas (47.034,40 € al año). Si tu cálculo lo supera, la calculadora lo limita y te lo avisa. En la gran incapacidad, el límite cuenta solo la pensión, sin el complemento: por ejemplo, con 120.000 € al año la pensión se queda en 3.359,60 € y el complemento, de 2.171,34 €, va aparte, hasta 5.530,94 € al mes.

Recargo

El recargo de prestaciones es un aumento del 30 al 50 % de todas las prestaciones económicas del accidente. Se aplica cuando se declara que la lesión se produjo por faltar medidas de seguridad (artículo 164). Lo paga la empresa directamente: no se puede asegurar. Se suma a las prestaciones (baja e incapacidad), no a las secuelas.

Ejemplo

Con los valores de ejemplo: sueldo de 28.000 € al año, 90 días de baja, 8 puntos de secuelas, edad de 40 años y sin incapacidad permanente.

ConceptoImporte
Base de cotización mensual (28.000 ÷ 12)2.333,33 €
Base reguladora diaria (÷ 30)77,78 €
Prestación por la baja (75 %, 89 días)5.191,67 €
Secuelas (8 puntos a los 40 años)9.501,43 €
Total estimado14.693,10 €

El primer día de baja lo paga la empresa; por eso la prestación cuenta 89 días. Con un recargo del 30 %, la baja subiría 1.557,50 €.

Si además se reconociera una incapacidad total, la pensión sería de 1.283,33 € al mes, en 14 pagas; con una parcial, serían 56.000,00 € de una vez; con una absoluta, 2.333,33 € al mes. En la gran incapacidad, la pensión pasa a 3.674,31 €, con un complemento de 1.340,98 €.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobro de baja por accidente de trabajo?

El 75 % de tu base reguladora desde el día siguiente al de la baja. Con 28.000 € al año, tu base diaria es de 77,78 € y cobras 58,33 € al día. El primer día lo paga la empresa con el salario íntegro.

¿Qué es el baremo de secuelas?

Es una tabla de la Ley 35/2015 que da un valor por cada punto de secuela según la edad. Es obligatoria en accidentes de tráfico y en accidentes de trabajo se usa como referencia. Con 8 puntos a los 40 años, la estimación es de 9.501,43 €.

¿Qué grados de incapacidad permanente hay?

Cuatro: parcial (24 mensualidades de una vez), total (55 % de la base reguladora al mes), absoluta (100 %) y gran incapacidad (100 % más un complemento). Los reconoce la Seguridad Social tras valorar tus limitaciones.

¿Qué es el recargo de prestaciones?

Un aumento del 30 al 50 % de las prestaciones cuando el accidente se produce por no cumplir las medidas de seguridad. Lo paga la empresa y no se puede cubrir con un seguro.

¿Esta cifra es lo que me van a pagar?

No: es una estimación orientativa. Cada caso lo valora quien corresponda con tus informes y tus datos reales, y lo que cobres puede ser distinto, también porque muchos convenios mejoran las prestaciones.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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