En resumen
- En Madrid, un hijo nacido este año da 721,70 € de deducción en la renta, y otros 721,70 € en cada uno de los dos años siguientes, con base de hasta 37.322,20 € conjunta.
- El importe cambia mucho: 100 € en Castilla-La Mancha por un parto de un solo hijo, 2.351 € por el tercero en Castilla y León o 1.400 € al año durante tres años en Cantabria.
- Si los dos progenitores declaran por separado, cada uno aplica la mitad; Cataluña no reparte: da 150 € a cada uno en individual y 300 € en conjunta.
- Muchas comunidades ponen un límite de renta, como 30.000 € en Murcia (individual) o 27.000 € en Castilla-La Mancha; otras, como Cantabria o La Rioja, no.
¿Cuánto deduce tu comunidad por un hijo?
Desde 100 € hasta más de 3.000 € por hijo el año del nacimiento, según la comunidad, el orden del hijo y tu renta. Cada comunidad de régimen común fija sus deducciones sobre la parte autonómica del IRPF (el impuesto de la renta). Una deducción resta euros de lo que pagas, no de lo que ganas.
Es solo para España. El País Vasco y Navarra tienen su propio sistema: mira Álava, Bizkaia, Gipuzkoa o Navarra. No incluye la deducción estatal por maternidad ni la de familia numerosa.
Cómo usar la calculadora
- Elige tu comunidad y cómo declaras (conjunta o individual).
- Escribe tu base imponible: está en tu borrador de la renta.
- Cuenta tus hijos: los mayores y los nacidos o adoptados este año, el año pasado y hace dos años.
- En opciones avanzadas: parto múltiple, discapacidad, municipio pequeño y familia monoparental o numerosa.
Cómo se calcula
La calculadora ordena a tus hijos del mayor al menor, busca el importe de tu comunidad para cada uno, comprueba el límite de renta (si lo superas, el importe baja o se pierde) y reparte a mitades si los dos progenitores declaran por separado.
Deducción = importe del hijo × (1 si cumples el límite de renta) × (0,5 si se reparte)
Es una estimación: una deducción autonómica no puede pasar de tu cuota autonómica.
Ejemplo
Una pareja de Madrid tiene un hijo mayor y un bebé nacido este año, y declara en conjunta con 28.000 € de base imponible. Madrid da 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado, en el año y en los dos siguientes, con base de hasta 37.322,20 € en conjunta. Resultado: 721,70 € este año.
| Comunidad | Cómo declaran | Base | Deducción este año |
|---|---|---|---|
| Madrid | Conjunta | 28.000 € | 721,70 € |
| Comunitat Valenciana | Individual | 28.500 € | 675,00 € |
| Galicia | Individual, los dos | 40.000 € | 275,00 € |
En la Comunitat Valenciana, con 28.500 € de base liquidable y declaración individual, estás a mitad del tramo de 27.000 a 30.000 € y se aplica el 50 %. Un hijo del año pasado (el 1.º, 600 €) y otro de este año (el 2.º, 750 €) dan 300,00 € y 375,00 €: 675,00 €.
En Galicia, una pareja que declara por separado con 40.000 € de base y 7.950 € de mínimo personal y familiar supera el límite bajo de 22.000 €. El bebé (2.º hijo) da 300 € y, por tener dos hijos, se suman 250 €: 550,00 € entre los dos y 275,00 € para ti.
Importes y límites por comunidad
Comprobados el 4-11-2026 en el texto consolidado de cada ley; el enlace lleva al artículo.
- Andalucía (Ley 5/2021, art. 11): 200 € por hijo (400 € con despoblación), más 200 € por hijo si el parto es múltiple. Sin límite de renta.
- Aragón (Decreto Legislativo 1/2005): 500 € desde el tercer hijo (600 € si la base menos los mínimos no pasa de 21.000 €, o 35.000 € en conjunta) y 200 € por hijo con discapacidad.
- Asturias (Decreto Legislativo 2/2014): 1.000 € por hijo en partos múltiples y 600 € cada año por hijo, con base de hasta 35.000 € (45.000 € conjunta).
- Illes Balears (Decreto Legislativo 1/2014, art. 6 ter): 900 €, 1.200 €, 1.500 € y 1.800 € según el orden, hasta 52.800 € (84.480 € conjunta); si te pasas, la mitad.
- Canarias (Decreto Legislativo 1/2009, art. 10): 265 € los dos primeros, 530 € el tercero, 796 € el cuarto y 928 € desde el quinto, con rentas de hasta 46.455 € (61.770 € conjunta).
- Cantabria (Decreto Legislativo 62/2008, art. 2.10): 1.400 € (1.600 € con discapacidad) el año del nacimiento y los dos siguientes. Sin límite de renta.
- Castilla-La Mancha (Ley 8/2013): 100 € por cada parto o adopción de un hijo, 500 € si son dos a la vez y 900 € si son tres o más, con base de hasta 27.000 € (36.000 € conjunta).
- Castilla y León (Decreto Legislativo 1/2013, art. 4): 1.010 €, 1.475 € y 2.351 € según el orden (1.420 €, 2.070 € y 3.300 € en municipios de menos de 5.000 habitantes), más la mitad si hay dos hijos en el año. Sin límite de renta.
- Cataluña (Código tributario, art. 612-1): 150 € por progenitor en individual, 300 € en conjunta o monoparental. Sin límite de renta.
- Extremadura (Decreto Legislativo 1/2018, art. 3 bis): 500 €, 1.000 € y 1.200 € según el orden, el año y los dos siguientes, para nacidos o adoptados desde 2026, con base de hasta 30.000 € (55.000 € conjunta).
- Galicia (Decreto Legislativo 1/2011, art. 5): 300 € por hijo, o 360 €, 1.200 € y 2.400 € si la base menos los mínimos no pasa de 22.000 €. Sigue los dos años siguientes, con base menos mínimos de hasta 31.000 €.
- Comunidad de Madrid (Decreto Legislativo 1/2010, art. 4): 721,70 € por hijo, el año y los dos siguientes, con base de hasta 30.930 € (37.322,20 € conjunta).
- Región de Murcia (Decreto Legislativo 1/2010, art. 1.Nueve): 100 €, 200 € y 300 € según el orden, con base de hasta 30.000 € (50.000 € conjunta).
- La Rioja (Ley 10/2017, art. 32.1): 600 €, 750 € y 900 € según el orden, más 60 € por hijo en partos múltiples. Sin límite de renta.
- Comunitat Valenciana (Ley 13/1997, art. 4): 600 €, 750 € y 900 € según el orden, el año y los dos siguientes, con base liquidable de hasta 27.000 € (44.000 € conjunta) y reducción hasta 30.000 € (47.000 €).
Otras deducciones por hijos que no calcula
Varias comunidades dan además deducciones por guardería, libros de texto o cuidado de hijos pequeños. Piden facturas, así que dependen de lo que gastes y no entran aquí. Tampoco las de familia numerosa de cada comunidad. Se suman en tu declaración de la renta. Si cobras la baja, mira la prestación por nacimiento.
Preguntas frecuentes
¿Quién se aplica la deducción por hijo, el padre o la madre?
Los dos, si el hijo vive con ambos. Si los dos declaran por separado, la mayoría de las comunidades lo reparte a mitades; en conjunta se aplica entera. Mira qué te conviene.
¿Cuántos años puedo aplicar la deducción por un hijo?
Madrid, Cantabria, Extremadura (desde 2026), Galicia y la Comunitat Valenciana la dan el año del nacimiento o adopción y los dos siguientes; la mayoría, solo el primer año. Para ver cuánto cuesta criar a un hijo, usa el coste de tener un hijo.
¿Puedo aplicarme la deducción si mi cuota es pequeña?
Solo resta hasta tu cuota autonómica. Si tu cuota es de 200 € y la deducción de 721,70 €, te aplicas 200 €. Baleares es la excepción: permite pedir la diferencia.
¿Qué pasa con un hijo adoptado?
Casi todas lo tratan como un nacimiento. Madrid, Andalucía, Aragón y Asturias dan una deducción propia por adopción internacional. Baleares pide una renta más baja.
¿Y si me mudo de comunidad a mitad de año?
Cuenta la comunidad donde hayas pasado más días del año (artículo 72 de la ley del IRPF). Esa comunidad fija tus deducciones de todo el año.
