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Calculadora del pago del ISSSTE si tarda más de 90 días en resolver tu pensión

Escribe tu último sueldo básico y los días que llevas esperando. Verás cuánto te debe pagar el ISSSTE por el retraso. Solo sirve para México.

Solo México · Gratis y sin registro
Tus datos Importes en pesos mexicanos (MXN)
$

El sueldo básico mensual que tenías al separarte del servicio, como aparece en tu talón de pago.

días

Cuenta desde que el ISSSTE recibió todos tus documentos y tu constancia de licencia prepensionaria o aviso de baja.

Opciones avanzadas

El pago es solo para quien ya dejó el servicio.

días

La ley da 90 días como máximo.

Pago acumulado por el retraso $36,000.00 sin contar la pensión definitiva
Días de retraso 60
Pago por cada mes de retraso $18,000.00

Han pasado 60 días del plazo. Por ese retraso, el ISSSTE debe pagarte el 100 % de tu último sueldo básico: unos $36,000.00 acumulados ($18,000.00 al mes).

Por cada día de retraso
$600.00
Días que faltan para el plazo
0
Ver el cálculo paso a paso
Paso Importe
Pago por día (sueldo básico / 30) $600
Días de retraso 150 − 90 = 60
Pago acumulado (sueldo × días de retraso / 30) $36,000

Solo para México.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Ley del ISSSTE, artículo 45: plazo máximo de 90 días y pago del 100 % del último Sueldo Básico a cargo del Instituto.
  • La ley no dice cada cuánto se paga; esta estimación lo prorratea por días en meses de 30. El ISSSTE sigue tramitando tu pensión y te confirma el importe exacto.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Gobierno de México · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora del pago del ISSSTE si tarda más de 90 días en resolver tu pensión · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • Si el ISSSTE no resuelve tu pensión en 90 días desde que recibe tu solicitud completa, debe pagarte el 100 % de tu último sueldo básico.
  • Con un sueldo básico de $18,000.00 al mes, cada día de retraso equivale a $600.00.
  • Si llevas 150 días, el retraso es de 60 días y el pago acumulado es de $36,000.00.
  • Es una estimación: la ley no fija cada cuánto se paga y el trámite de tu pensión sigue.

¿Qué pasa si el ISSSTE no resuelve tu pensión en 90 días?

Si tu pensión es procedente, el ISSSTE debe dar la resolución en 90 días como máximo. Si pasa ese plazo, el Instituto debe pagarte el 100 % de tu último sueldo básico mientras sigue tramitando tu pensión. Lo dice el artículo 45 de la Ley del ISSSTE. Solo aplica en México y a quien ya está separado definitivamente del servicio.

Los 90 días se cuentan desde que el Instituto recibe tu solicitud con todos los documentos y la constancia de licencia prepensionaria o el aviso oficial de baja. Si faltan papeles, el plazo todavía no corre.

El pago sale de los gastos de administración del Instituto. No es tu pensión definitiva: el trámite continúa y, al resolverse, se te paga la pensión que te corresponda.

Cómo usar la calculadora

  1. Último sueldo básico al mes: el que tenías al separarte.
  2. Días desde tu solicitud completa: cuenta desde que entregaste todo.
  3. Opciones avanzadas: si estás separado del servicio y el plazo de 90 días.

Fórmula

pago por día = sueldo básico / 30
días de retraso = días transcurridos − 90
pago acumulado = sueldo básico × días de retraso / 30

La ley no dice cada cuánto se paga. Por eso esta calculadora prorratea por días, con meses de 30. Es una estimación.

Ejemplo

Una persona con un sueldo básico de $18,000.00 al mes lleva 150 días desde su solicitud completa:

ConceptoImporte
Pago por día ($18,000.00 / 30)$600.00
Días de retraso (150 − 90)60 días
Pago acumulado ($600.00 × 60)$36,000.00

Con 105 días, el retraso sería de 15 días y el pago, de $9,000.00.

Cómo leer el resultado

  • Pago acumulado por el retraso: lo que sumaría el pago desde el día 91 hasta hoy.
  • Días de retraso: los días transcurridos menos los 90 del plazo.
  • Pago por cada mes de retraso: el 100 % de tu último sueldo básico.

Si todavía no pasan los 90 días, la calculadora te dice cuántos faltan y el pago acumulado es cero. Es una referencia para saber qué esperar; el importe y las fechas los confirma el Instituto.

Una idea sencilla

Piensa en el pago como un sueldo provisional. Mientras el ISSSTE termina de resolver tu pensión, no te quedas sin ingreso: el Instituto cubre el equivalente a tu último sueldo básico, y cuando la pensión se resuelve, comienza a pagarse la pensión que te toque. Guarda tu fecha de entrega y el acuse de recibo, porque de ahí se cuentan los 90 días.

Qué documentos cuentan para el plazo

El plazo de 90 días empieza cuando el Instituto tiene en su poder todo lo necesario: tu solicitud con la documentación completa y la constancia de licencia prepensionaria o, si no la tienes, el aviso oficial de baja. Si el Instituto te pide un papel que falta, el conteo se detiene hasta que lo entregues. Por eso, al usar la calculadora, escribe los días desde la fecha en que el expediente quedó completo, no desde la primera visita.

¿Qué es el sueldo básico?

Es el sueldo que figura en tu talón de pago como base de tus cuotas, sin prestaciones extra. Usa el último que tuviste antes de separarte.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo cuentan los 90 días?

Desde que el ISSSTE recibe tu solicitud con toda la documentación y la constancia de licencia prepensionaria o el aviso de baja.

¿Me pagan si todavía sigo trabajando?

No. El artículo 45 habla de quien está separado definitivamente del servicio.

¿Esto sustituye mi pensión?

No. Es un pago por el retraso. El Instituto sigue con el trámite y después te paga tu pensión.

¿Cada cuánto me lo pagan?

La ley no lo precisa. Aquí se estima por días, en meses de 30. El ISSSTE te confirma el importe y las fechas.

¿Quién paga?

El Instituto, con cargo a sus gastos de administración, según el artículo 45.

¿Y si mi pensión no es procedente?

El artículo se refiere a los casos en que se dictamina procedente. Si no lo es, no aplica.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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