En resumen
- En Chile, con un sueldo base de $1.200.000, la pensión por invalidez total de la Ley 16.744 es de $840.000 al mes, el 70 % del sueldo base.
- La invalidez parcial paga el 35 % ($420.000 con ese sueldo) y la gran invalidez suma un suplemento del 30 % ($360.000): $1.200.000 al mes.
- Desde el tercer hijo con asignación familiar, la pensión sube un 5 % por cada uno: con 3 hijos, la invalidez total pasa de $840.000 a $882.000.
- La pensión tiene tope: 50 % del sueldo base en invalidez parcial, 100 % en total y 140 % en gran invalidez.
¿Cuánto es la pensión por accidente del trabajo?
La pensión por accidente del trabajo en Chile es el 35 % de tu sueldo base si la invalidez es parcial, el 70 % si es total, y en gran invalidez se suma un 30 % más. Si tu sueldo base es de $1.200.000 y tienes invalidez total, cobras $840.000 al mes. Esta calculadora es solo para Chile y para la Ley 16.744, que cubre los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales. Es una estimación.
Si tu pérdida de capacidad es menor, entre el 15 % y el 39 %, no hay pensión mensual: se paga una indemnización de una sola vez, que puedes ver en la calculadora de indemnización de la Ley 16.744.
Cómo usar la calculadora
- Elige el grado de invalidez: parcial, total o gran invalidez.
- Escribe tu sueldo base: el promedio mensual de lo que cotizaste en los 6 meses antes del accidente.
- Indica cuántos hijos te causan asignación familiar.
- En las opciones avanzadas puedes cambiar el ingreso mínimo, que hoy es de $553.553.
Verás la pensión al mes y al año, cómo se compone y cuál es el tope que marca la ley.
Los tres grados de invalidez
| Grado | Pérdida de capacidad de ganancia | Pensión | Tope |
|---|---|---|---|
| Parcial | 40 % o más y menos de 70 % | 35 % del sueldo base | 50 % |
| Total | 70 % o más | 70 % del sueldo base | 100 % |
| Gran invalidez | 70 % o más y necesitas ayuda de otras personas | 70 % más un suplemento del 30 % | 140 % |
Lo establecen los artículos 34 y 38 a 41 de la Ley 16.744. El grado lo decide el organismo administrador de tu seguro (una mutual o el Instituto de Seguridad Laboral), y puedes pedir que lo revise la Comisión Médica.
Fórmula
Sueldo base = promedio de remuneraciones imponibles de los últimos 6 meses (nunca menos del ingreso mínimo) Pensión base = 35 % o 70 % × sueldo base Suplemento (solo gran invalidez) = 30 % × sueldo base Aumento por hijos = 5 % × (hijos − 2) × (pensión base + suplemento) Pensión = el menor entre la suma y el tope
- El sueldo base está en el artículo 26. No cuentan los subsidios, y si trabajaste menos de 6 meses se promedian los meses cotizados.
- El aumento del 5 % empieza con el tercer hijo (artículo 41). La calculadora lo aplica sobre el monto de la pensión, que es la lectura más prudente.
- Si el sueldo que escribes es menor que el ingreso mínimo, la calculadora usa el mínimo.
Ejemplo
Un trabajador con $1.200.000 de sueldo base y 3 hijos que causan asignación familiar sufre un accidente y queda con invalidez total.
- Pensión base: 70 % × $1.200.000 = $840.000.
- Aumento por el tercer hijo: 5 % × $840.000 = $42.000.
- Pensión: $882.000 al mes, el 73,5 % del sueldo base, o $10.584.000 al año.
Con gran invalidez, los mismos datos dan $840.000 más $360.000 de suplemento, más $60.000 por el hijo: $1.260.000 al mes. Con invalidez parcial y sin hijos de más, serían $420.000.
El tope pesa cuando hay muchos hijos. Con invalidez total y 12 hijos, el aumento sería del 50 % y la pensión pasaría de $1.200.000, pero el tope lo corta en el 100 % del sueldo base: $1.200.000.
Qué no incluye
- Reajustes de la pensión ni pensiones mínimas de otras leyes.
- El subsidio mientras estás con licencia por el accidente: mira la calculadora de licencia médica.
- La asignación familiar, que se paga aparte: calcula su monto en la calculadora de asignación familiar.
- La pensión de invalidez de tu AFP, que es otro sistema y no se mezcla con esta: usa la calculadora de pensión de invalidez de la AFP.
Fuente oficial: Ley 16.744 en la Biblioteca del Congreso Nacional y Ley 21.830 para el ingreso mínimo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el sueldo base en la Ley 16.744?
Es el promedio de lo que cotizaste en los 6 meses anteriores al accidente, sin contar subsidios. Si ganabas menos que el ingreso mínimo, se usa el mínimo.
¿Desde cuándo cobro la pensión?
Primero cobras el subsidio por incapacidad temporal, hasta 52 semanas, que pueden prorrogarse otras 52. Si al final no te has recuperado, se presume invalidez y se evalúa tu pensión.
¿La pensión es para siempre?
Mientras dure la invalidez. El organismo puede revisar tu grado y, si cambia, la pensión sube o baja. El suplemento de gran invalidez se paga solo mientras necesites ayuda de otra persona.
¿Cuánto sube la pensión por cada hijo?
Un 5 % por cada hijo que cause asignación familiar, pero solo a partir del tercero. Con uno o dos hijos no hay aumento.
¿Es lo mismo que la pensión de invalidez de la AFP?
No. La Ley 16.744 cubre solo invalidez causada por el trabajo y la paga tu mutual o el ISL. La de la AFP cubre otras causas y se calcula con tu ingreso base de 10 años.
¿Qué pasa si mi pérdida de capacidad es menor al 40 %?
Entre el 15 % y el 39 % recibes una indemnización de una sola vez, no una pensión. Por debajo del 15 % no hay indemnización en dinero, aunque sí atención médica y rehabilitación.
