En resumen
- En Venezuela, si el trabajador muere por accidente laboral, la viuda o viudo cobra el 60 % de su último salario y cada huérfano suma un 20 % más, hasta el 100 %.
- Con un salario de Bs. 500 y una viuda con 2 hijos, la pensión total es de Bs. 500 al mes: Bs. 300 para la viuda y Bs. 100 para cada hijo, en 14 pagos al año (Bs. 7.000).
- Si solo quedan hijos, se reparte el 100 % a partes iguales; si solo quedan padres o hermanos, cada uno recibe el 20 % hasta un tope del 60 %.
- Si hay un solo familiar con derecho, cobra el 60 %: con Bs. 500, son Bs. 300 al mes.
¿Cuánto cobran los sobrevivientes por un accidente de trabajo?
La viuda o el viudo cobra el 60 % del último salario de referencia del fallecido, y cada hijo con derecho suma un 20 % más, hasta un máximo del 100 %. Con un salario de Bs. 500, una viuda con 2 hijos reciben en total Bs. 500 al mes: Bs. 300 la viuda y Bs. 100 cada hijo.
Esta calculadora sirve solo para Venezuela. Aplica los artículos 86 a 88 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat), que publica el Ministerio del Trabajo. Es una estimación: el reparto final lo fija el órgano competente.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el último salario de referencia del fallecido: el de su cotización o la pensión que cobraba.
- Marca si deja viudo/a o pareja estable de hecho.
- Indica cuántos hijos, ascendientes, hermanos y otros dependientes tienen derecho.
Verás al momento el porcentaje total, la pensión al mes y lo que recibe cada persona.
Quién tiene derecho a la pensión
El artículo 86 pide que la persona dependiera del fallecido y esté registrada en la Tesorería de Seguridad Social. Entran:
- Los hijos solteros menores de 18 años, hasta los 25 si cursan estudios universitarios o técnicos, o de cualquier edad con discapacidad total permanente.
- El viudo o la viuda, y la pareja estable de hecho.
- Los ascendientes (madre, padre y otros).
- Los hermanos solteros, con las mismas edades que los hijos.
- Otros familiares o personas dependientes registrados.
La pensión se paga en 14 mensualidades al año, en bolívares.
Cómo se reparte según quién queda
| Quién queda | Reparto sobre el salario de referencia |
|---|---|
| Un solo familiar | 60 % |
| Viudo/a y huérfanos | 60 % para el viudo/a + 20 % por huérfano, máximo 100 % |
| Solo huérfanos | 100 % a partes iguales |
| Solo ascendientes o hermanos | 20 % por persona, máximo 60 % |
| Viudo/a y otros familiares | 60 % para el viudo/a y hasta 40 % para el resto, a partes iguales |
Si hay un solo familiar, aplica el 60 % aunque sea un hijo único. La ley no dice qué hacer cuando hay hijos y otros familiares pero no viudo/a: la calculadora reparte el 100 % a partes iguales y lo avisa. Los «otros dependientes» se tratan como ascendientes y hermanos.
Ejemplo: viuda con 2 hijos y Bs. 500 de salario
- Viuda: 60 % de Bs. 500 = Bs. 300.
- Dos hijos: 20 % cada uno = 40 % en total.
- Total: 60 % + 40 % = 100 %, es decir, Bs. 500 al mes.
- Cada hijo cobra el 20 % de Bs. 500 = Bs. 100.
- Al año, en 14 pagos: Bs. 500 × 14 = Bs. 7.000.
Si fuera un solo hijo, el total sería el 80 % (Bs. 400). Si la viuda quedara sola, el 60 % (Bs. 300).
Qué pasa con tres hijos o más
El 100 % es el máximo. Con viuda y 3 hijos, el 60 % más el 60 % de los hijos pasaría de 100 %, así que los hijos reparten el 40 % que queda: el 13,33 % cada uno, Bs. 66,67 con un salario de Bs. 500.
Sin viuda y con 3 hijos, el 100 % se divide en tres: Bs. 166,67 cada uno. Con 2 ascendientes solos, cada uno cobra Bs. 100 (el 20 %), en total Bs. 200; con 2 ascendientes y 2 hermanos, el tope del 60 % deja 15 % a cada uno: Bs. 75.
Cuándo termina la pensión
El artículo 88 la corta de pleno derecho cuando:
- El viudo/a o la pareja se casa o inicia una unión estable de hecho.
- Un hijo o hermano cumple 18 años y no sigue estudios superiores.
- Termina o abandona los estudios antes de los 25 años.
- Cumple 25 años, haya terminado o no los estudios.
Qué no incluye esta calculadora
No incluye el pago único de 20 salarios mínimos urbanos que el artículo 85 da a los sobrevivientes, ni la ayuda de hasta 10 salarios mínimos para quien pagó el entierro. Tampoco la pensión del IVSS, que es otro régimen. Para ellos tienes las calculadoras de pensión de sobreviviente del IVSS e indemnización por muerte en accidente laboral.
Preguntas frecuentes
¿Quién cobra más: la viuda o los hijos?
La viuda o el viudo recibe siempre el 60 % cuando hay otros familiares. Cada hijo suma un 20 % o, si son muchos, comparten el 40 % que queda hasta llegar al 100 %.
¿La pensión de sobrevivientes de la Lopcymat se paga 14 veces al año?
Sí. El artículo 86 la fija en 14 mensualidades anuales, en bolívares, y la calculadora muestra también el total del año.
¿Qué pasa si el fallecido ya cobraba una pensión por discapacidad?
El artículo 86 también cubre ese caso. El porcentaje se aplica entonces sobre la pensión que cobraba, y la calculadora usa el mismo cuadro.
¿Los hijos mayores de 18 años cobran?
Solo si estudian (hasta los 25 años) o tienen una discapacidad total permanente. Si no, la pensión termina a los 18.
¿Hay un mínimo o un tope en bolívares?
Los artículos 86 a 88 no fijan ninguno, así que la calculadora no aplica ninguno. Si tu caso tiene una regla distinta, el cálculo oficial manda.
¿Sirve para la pensión del IVSS?
No. Esta pensión es solo por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional. La del IVSS tiene sus propios requisitos y se calcula en otra calculadora.
