En resumen
- En Argentina, el empleador rural paga la contribución del régimen común más 2 puntos: 20 % (o 22,4 % en grandes empresas de servicios o comercio), según la Ley 26.727, art. 80.
- Con un sueldo bruto de $ 1.500.000, son $ 300.000 al mes.
- Si el contrato es temporario o permanente discontinuo, la contribución baja un 50 % durante 24 meses (art. 81): $ 150.000, un 10 % del sueldo.
- En 6 meses, el empleador paga $ 900.000 en lugar de $ 1.800.000.
Cuánto paga el empleador rural de contribuciones patronales
Un empleador del trabajo agrario paga el porcentaje del régimen común más 2 puntos: un 20 % en la mayoría de los casos y un 22,4 % en las grandes empresas de servicios o comercio. Lo dice el art. 80 de la Ley 26.727.
Si contratas a un trabajador temporario o permanente discontinuo, el art. 81 baja esas contribuciones a la mitad durante 24 meses. Con un sueldo bruto de $ 1.500.000, la contribución pasa de $ 300.000 a $ 150.000 al mes. Son 10 pesos de cada 100 de sueldo.
Esta calculadora es solo para Argentina y da una estimación. Tu contador puede ajustarla con la declaración de ARCA.
Cómo usar la calculadora
- Sueldo bruto mensual: lo que cobra el trabajador antes de descuentos.
- Régimen común del empleador: 18 % o 20,4 %. La calculadora le suma los 2 puntos.
- Tipo de contrato: temporario o permanente discontinuo, o permanente continuo.
- Meses a calcular: desde el alta del trabajador.
En Opciones avanzadas quitas la reducción si ya terminó o restas un importe del sueldo si tu contador te lo indica.
Fórmula de las contribuciones del trabajo agrario
Alícuota agraria = alícuota común + 2 puntos Contribución sin reducción = sueldo bruto × alícuota agraria Contribución con reducción = contribución sin reducción ÷ 2
- Reducción: solo para temporarios y permanentes discontinuos, 24 meses desde la contratación. La ley permite prorrogarla una sola vez.
- Subsistemas: la reglamentación fija a qué partes de la contribución llega la reducción. Aquí se aplica al total, así que confirma con ARCA.
Ejemplo: sueldo bruto de $ 1.500.000
Con los valores de ejemplo (18 % común, contrato temporario, 6 meses):
| Concepto | Monto del mes |
|---|---|
| Régimen común (18 %) | $ 270.000 |
| Más 2 puntos agrarios | $ 30.000 |
| Contribución sin reducción (20 %) | $ 300.000 |
| Reducción del 50 % | − $ 150.000 |
| Contribución del mes | $ 150.000 |
En 6 meses el empleador paga $ 900.000 y no $ 1.800.000: ahorra $ 900.000. En una gran empresa de servicios o comercio, la contribución sin reducción sería de $ 336.000 y con reducción de $ 168.000.
Qué pasa cuando termina la reducción
La rebaja dura 24 meses. En el mes 25, la contribución vuelve a ser la completa. Con 25 meses de contrato, el total es de $ 3.900.000: 24 meses a $ 150.000 ($ 3.600.000) y uno a $ 300.000.
Qué no incluye este cálculo
Solo calcula las contribuciones patronales de la seguridad social. No suma obra social, ART, aguinaldo ni sumas no remunerativas. Para esos rubros mira la calculadora de contribuciones patronales generales y el costo de un empleado. Lo que paga el trabajador está en los aportes al SIPA. Para el cierre de la temporada, usa la liquidación del trabajador rural temporario y para la antigüedad, la bonificación por antigüedad rural.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la contribución patronal de un trabajador rural en Argentina?
Es la del régimen común más 2 puntos: un 20 % si el común es del 18 % y un 22,4 % si es del 20,4 %. Con $ 1.500.000, son $ 300.000 al mes sin reducción.
¿Quién tiene la reducción del 50 %?
Los empleadores que contratan trabajadores temporarios y permanentes discontinuos, por 24 meses. Un trabajador permanente continuo no la tiene.
¿Cuánto me ahorro con la reducción?
La mitad de la contribución. Con $ 1.500.000 y el 20 %, ahorras $ 150.000 al mes y $ 900.000 en 6 meses.
¿Qué pasa después de los 24 meses?
La contribución vuelve a pagarse completa. La ley permite prorrogar la reducción una sola vez, por el mismo plazo, pero lo decide el Poder Ejecutivo.
¿Se puede restar algún importe del sueldo?
La ley agraria no fija ninguno. Por eso la calculadora arranca en cero, pero puedes escribir uno en opciones avanzadas si tu contador te lo indica.
¿Con este cálculo basta para pagar a ARCA?
No. Es una estimación de las contribuciones. Faltan obra social, ART y otros rubros, y la reglamentación de la reducción puede tener condiciones propias.
