En resumen
- Un hijo de 30 años que recibe 150.000 € de sus padres en escritura pública paga 49,76 € de donaciones en la Comunitat Valenciana.
- Hijos, nietos, cónyuge, padres y abuelos tienen una reducción de 100.000 € y una bonificación del 99 % de la cuota.
- Un hermano que recibe 150.000 € paga 25.483,04 €: no tiene reducción y la bonificación es solo del 25 %.
- Sin escritura pública se pierden la reducción y la bonificación: ese mismo hijo pagaría 21.393,65 €.
¿Cuánto cuesta una donación en la Comunitat Valenciana?
Entre padres e hijos, muy poco si se hace ante notario: la Generalitat reduce la base y bonifica el 99 % de la cuota. Con 150.000 € donados a un hijo, el impuesto es de 49,76 €. Hermanos, tíos y sobrinos pagan bastante más, y primos o personas sin parentesco pagan la cuota entera con un coeficiente alto. Vale solo para donaciones en España cuando quien recibe vive en la Comunitat Valenciana, o cuando el inmueble donado está allí.
Las reglas valencianas
La Ley 13/1997 de la Generalitat combina cuatro piezas:
- Reducción por parentesco (artículo 10 bis): 100.000 € para hijos y nietos de 21 o más años, cónyuge, padres y abuelos. Hijos y nietos menores de 21 años suman 8.000 € por cada año que les falta, con un máximo de 156.000 €. Hermanos, tíos, sobrinos y el resto no tienen reducción.
- Coeficiente por patrimonio previo (artículo 12): cuanto más tenías ya, más alta sale la cuota.
- Bonificación (artículo 12 bis): 99 % para cónyuge, padres, hijos, nietos y abuelos, y 25 % para hermanos, tíos y sobrinos de sangre.
- Escritura pública: sin documento público no se aplican la reducción de parentesco, la de discapacidad ni la bonificación.
La reducción tiene un límite de 5 años: se cuentan todas las donaciones del mismo donante. Si ya usaste 60.000 € de los 100.000 €, solo te quedan 40.000 €.
Los datos que pide
Cuatro a la vista: lo que te donan, tu parentesco, tu edad y tu patrimonio previo. En avanzadas: escritura pública, discapacidad, negocio familiar, reducciones ya usadas y las cifras de la ley por si se reforma.
La cuenta: la donación menos las reducciones da la base liquidable; pasa por la tarifa, se multiplica por el coeficiente y al final se resta la bonificación.
Ejemplo: 150.000 € de padres a hijo
Un hijo de 30 años, que ya tenía 120.000 €, recibe 150.000 € en escritura pública.
| Paso | Importe |
|---|---|
| Valor de la donación | 150.000,00 € |
| Reducción por parentesco | -100.000,00 € |
| Base liquidable | 50.000,00 € |
| Cuota según la tarifa | 4.975,75 € |
| Bonificación del 99 % | -4.925,99 € |
| Impuesto a pagar | 49,76 € |
La tarifa del artículo 11 empieza en el 7,65 % y llega al 34 % desde 781.916,75 €. El coeficiente sale de cruzar tu grupo con tu patrimonio previo:
| Patrimonio previo | Hijos, cónyuge, padres, nietos y abuelos | Hermanos, tíos y sobrinos | Resto |
|---|---|---|---|
| Hasta 390.657,87 € | 1 | 1,5882 | 2 |
| Hasta 1.965.309,58 € | 1,05 | 1,6676 | 2,1 |
| Hasta 3.936.629,28 € | 1,10 | 1,7471 | 2,2 |
| Más | 1,20 | 1,9059 | 2,4 |
Escritura pública
Sin escritura, el mismo hijo no tendría reducción ni bonificación: tributaría por los 150.000 € completos y pagaría 21.393,65 €. La ley permite sustituirla por un documento firmado digitalmente solo si lo donado, en tres años, no pasa de 4.000 €. Si donas dinero, también hay que justificar de dónde sale y decirlo en el documento.
Hermanos, tíos y sobrinos
Un hermano de 50 años, con 50.000 € de patrimonio, recibe 150.000 €. No hay reducción, así que tributa por todo. La tarifa da 21.393,65 €; por el coeficiente de 1,5882 son 33.977,39 €. La bonificación del 25 % quita 8.494,35 € y paga 25.483,04 €. Esa bonificación pasa al 50 % desde el 1 de junio de 2027. Suegros, yernos y nueras no la tienen.
Cuánto pesa lo que ya tenías
Un cónyuge recibe 200.000 €. Si su patrimonio es de 390.657,87 € o menos, paga 124,88 €. Con un céntimo más, el coeficiente pasa a 1,05 y paga 131,12 €.
Discapacidad y empresa
- Discapacidad: 240.000 € de reducción desde el 65 %, o desde el 33 % si es intelectual o mental permanente, con bonificación del 99 % sea cual sea el parentesco. Entre familia directa, el 33 % da 120.000 € y se suma a la de parentesco.
- Negocio o participaciones familiares: 99 % para cónyuge y descendientes (y, si no los hay, ascendientes y colaterales hasta el cuarto grado). Exige conservarlo 5 años y otros requisitos del artículo 10 bis; si el donante está jubilado a los 60-64 años, baja al 90 %.
Plazo: 1 mes
La autoliquidación de una donación se presenta en el mes siguiente a la fecha de la escritura (artículo 12 ter). Es una estimación: Hacienda puede comprobar el valor de lo donado. Si falta para otra comunidad, usa el impuesto de donaciones de las 20 regiones. Si lo que te interesa es una herencia, mira el impuesto de sucesiones.
Preguntas frecuentes
¿Hay que pagar si mis padres me donan dinero para comprar casa?
Hay que presentar la donación. Con 100.000 € o menos a un hijo de 30 años, ante notario, la reducción lo cubre todo y sale 0 €. Por encima, queda la cuota con el 99 % bonificado.
¿Cuenta la pareja de hecho?
Sí, si está inscrita en el registro de uniones de hecho de la Comunitat Valenciana o en otro equivalente (artículo 12 quáter).
¿Puedo donar varias veces a un hijo?
Sí, pero las reducciones se cuentan por donante en 5 años y las donaciones de los últimos 3 años se acumulan al calcular la tarifa. Esta calculadora no suma las anteriores en la tarifa.
¿Por qué cambia el impuesto con mi patrimonio?
Porque la Comunitat Valenciana multiplica la cuota por un coeficiente que sube con el patrimonio previo del que recibe. Para hijos y cónyuge, hasta 390.657,87 € vale 1.
¿Qué comunidad aplica el impuesto si quien dona vive en otra?
Para un inmueble, la del lugar donde está; para dinero y otros bienes, la comunidad donde ha vivido más tiempo en los 5 últimos años quien recibe la donación, no quien dona.
