En resumen
- Un agente forestal o medioambiental adelanta la jubilación 20 días por cada 100 trabajados: coeficiente 0,20 sobre los años completos como agente. Con 20 años adelanta 4.
- Una persona con 38 años cotizados y 20 años como agente se jubila con 63 años en vez de con 67, y esos 4 años cuentan como cotizados solo para el porcentaje de la pensión.
- El adelanto máximo es de 5 años, o de 6 con 37 años de actividad efectiva y cotización; hacen falta 15 años como agente y 15 cotizados.
- Se aplica el real decreto de agentes forestales, que entra en vigor con la norma que fije la cotización adicional.
¿A qué edad se jubila un agente forestal o medioambiental?
Un agente forestal o medioambiental puede jubilarse antes de la edad ordinaria si cumple los requisitos del Real Decreto 919/2025. Esta calculadora es solo para España y te da tres cifras: cuánto adelantas, a qué edad te jubilas y en qué fecha.
La norma desarrolla la Ley 4/2024, básica de agentes forestales y medioambientales. Se aplica a quienes son funcionarios públicos del Régimen General de la Seguridad Social y tienen encomendada la vigilancia, policía y custodia de los bienes forestales y medioambientales.
¿Cómo se calcula cuánto adelantas?
Se multiplican los años completos trabajados como agente por el coeficiente 0,20. El resultado se resta a la edad ordinaria de jubilación. Por cada 5 años de agente, adelantas 1.
Adelanto (en meses) = años completos como agente × 0,20 × 12 Edad de jubilación = edad ordinaria − adelanto
- Edad ordinaria: la de la disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social para el año en que te jubilas. En 2026 es 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o 66 años y 10 meses. Desde 2027, 65 años con 38 años y 6 meses, o 67 años.
- Topes: el adelanto no puede pasar de 5 años. Llega a 6 años si acreditas 37 años de actividad efectiva y cotización como agente.
- Mínimos: hacen falta 15 años cotizados como agente para aplicar el coeficiente y 15 años cotizados en total para tener pensión.
- Edad mínima: nunca por debajo de 52 años.
- Meses incompletos: la calculadora los descarta, para no prometerte más de lo que hay.
Cómo usar la calculadora
- Fecha de nacimiento: día, mes y año.
- Años como agente: años completos de funcionario en puestos propios de agente forestal y medioambiental, en cualquier administración pública.
- Años cotizados en total: toda tu vida laboral. Míralo en tu informe de vida laboral de la Seguridad Social.
Ejemplo
Una persona nacida el 10 de marzo de 1975, con 20 años como agente y 38 años cotizados en total:
| Concepto | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Adelanto | 20 × 0,20 = 4 años | 48 meses |
| Edad ordinaria | 38 años no llegan a 38 años y 6 meses | 67 años |
| Edad con coeficiente | 67 − 4 | 63 años |
| Fecha de jubilación | 10 de marzo de 2038 | |
| Sin coeficiente | 10 de marzo de 2042 | |
| Cotizado para el porcentaje | 38 + 4 | 42 años |
Qué cuenta como tiempo trabajado
Se descuentan todas las faltas al trabajo, salvo estas:
- La incapacidad temporal por enfermedad común o profesional, o por accidente.
- Nacimiento, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o la lactancia, permiso parental y abandono del puesto por violencia de género o sexual.
- Los permisos y licencias retribuidos, incluida la representación sindical (con la cotización adicional pagada si no es retribuida).
Si has estado en varias actividades con coeficiente reductor, los periodos se acumulan para llegar al mínimo y a cada uno se le aplica su coeficiente. Esta calculadora solo calcula la parte de agente.
Qué cuenta y qué no cuenta para la pensión
- Cuenta para el porcentaje: el tiempo que adelantas se suma como cotizado solo para calcular el porcentaje de la pensión. La cuantía la explica la base reguladora.
- No cuenta para los años exigidos: por eso, con 38 años cotizados, la edad ordinaria sigue siendo la de 67 años.
- Alta en la actividad: el beneficio exige estar de alta como agente hasta la jubilación. Se mantiene si has llegado a la edad de acceso y sigues de alta en otra actividad.
- Cotización adicional: el real decreto prevé un incremento de cotización para el colectivo, en los términos que fije la ley.
Cuándo se aplica
El real decreto entra en vigor el mismo día que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026 o la norma con rango de ley que establezca la cotización adicional. Antes de decidir nada, comprueba en el BOE que ya está en vigor.
Para otros colectivos mira los coeficientes reductores y la jubilación anticipada. Para saber cuándo te toca sin coeficiente, usa cuándo me jubilo.
Fuentes oficiales: Real Decreto 919/2025 y Ley General de la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años adelanta un agente forestal?
Un año por cada 5 trabajados como agente. Con 20 años adelantas 4. El máximo es de 5 años, o de 6 si tienes 37 años de actividad efectiva.
¿Cuántos años como agente hacen falta?
Quince años de cotización como agente forestal y medioambiental, además de 15 años cotizados en total. Con 14 años como agente el coeficiente no se aplica.
¿Qué pasa con el tiempo que me ahorro de edad?
El real decreto lo computa como cotizado solo para el porcentaje de tu pensión de agente. No te acerca a los 38 años y 6 meses que dan los 65 años.
¿Me sirve si cambio de trabajo antes de jubilarme?
Hay que estar de alta como agente hasta la jubilación. Si ya has alcanzado la edad de acceso y sigues de alta en otra actividad, se mantiene el derecho.
¿Las bajas por enfermedad restan tiempo?
No. La incapacidad temporal, los permisos de nacimiento y los permisos retribuidos no se descuentan. Las demás faltas sí.
¿La fecha que sale es la que me dará la Seguridad Social?
Es una estimación para orientarte. La fecha firme la fija la Seguridad Social con tu vida laboral y con el real decreto ya en vigor.
