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Calculadora de pacto colectivo prohibido por el tercio de afiliados en Colombia

Solo para Colombia. Escribe cuántos trabajadores están afiliados al sindicato y cuántos tiene la empresa. Verás si los afiliados pasan de la tercera parte, que es el límite del Decreto 1072 para firmar un pacto colectivo.

Solo Colombia · Gratis y sin registro · Tema: Calculadoras fiscales
Tus datos
Convención colectiva con el sindicato

La regla aplica a empresas que hayan firmado o firmen convención.

afiliados

Si hay varios sindicatos con convención, suma sus afiliados.

trabajadores

Cuenta a todos, también a los afiliados.

Pacto colectivo Prohibido según los afiliados al sindicato
Máximo de afiliados 100 afiliados sin pasar de la tercera parte

Con 120 afiliados de 300 trabajadores (40 %), los afiliados superan la tercera parte. La empresa no podría firmar un pacto colectivo.

Afiliados sobre el total
40 %
Tercera parte de los trabajadores
100
Afiliados por encima del máximo
20 afiliados
Trabajadores totales para no pasar del tercio
360 trabajadores

La cuenta paso a paso

Dato Valor
Afiliados 120
Total de trabajadores 300
Tercera parte del total 100
Afiliados sobre el total 40 %
Máximo de afiliados 100
Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación con el Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.2.2.3: prohíbe el pacto colectivo si los afiliados del sindicato con convención exceden la tercera parte del total de trabajadores.
  • Si los afiliados son exactamente la tercera parte, no la exceden y la regla no lo prohíbe.
  • Cuenta los trabajadores de la empresa en la fecha que quieras revisar; las cifras cambian con las altas y bajas.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: normativa.colpensiones.gov.co · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de pacto colectivo prohibido por el tercio de afiliados en Colombia · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Colombia, una empresa con convención colectiva no puede firmar pactos colectivos si los afiliados del sindicato exceden la tercera parte de sus trabajadores (Decreto 1072, art. 2.2.2.2.3).
  • Con 300 trabajadores, la tercera parte es 100: con 100 afiliados se puede firmar el pacto; con 101 ya no.
  • Con 120 afiliados de 300 trabajadores (40 %), sobran 20 afiliados sobre el máximo de 100 y el pacto colectivo queda prohibido.
  • Para que 120 afiliados no pasen del tercio, la empresa necesitaría al menos 360 trabajadores en total.

¿Puede una empresa firmar un pacto colectivo si ya hay convención con un sindicato?

Depende de cuántos trabajadores estén afiliados. En Colombia, si los afiliados del sindicato con convención son más de la tercera parte de los trabajadores de la empresa, esa empresa no puede firmar pactos colectivos. Si son la tercera parte o menos, esta regla no lo impide.

La norma es el artículo 2.2.2.2.3 del Decreto 1072 de 2015, que recoge el artículo 46 del Decreto 1469 de 1978. Dice que las empresas que hubieren firmado o que firmen convenciones colectivas con sindicatos cuyos afiliados excedan de la tercera parte del total de trabajadores de cada una de ellas, no podrán suscribir pactos colectivos.

Esta calculadora es solo para Colombia y es una estimación: no sustituye la lectura de la norma ni la decisión de la autoridad del trabajo.

¿Cómo se calcula la tercera parte?

Se divide el total de trabajadores entre 3 y se compara con los afiliados. Una forma fácil de verlo: por cada 3 trabajadores de la empresa, puede haber 1 afiliado como máximo.

Prohibido si:  afiliados × 3  >  total de trabajadores
Máximo de afiliados = parte entera de (total ÷ 3)
Porcentaje = afiliados ÷ total × 100
Total mínimo = afiliados × 3
  • Afiliados: trabajadores de la empresa que pertenecen al sindicato (o a los sindicatos) con convención.
  • Total: todos los trabajadores de la empresa, incluidos los afiliados.
  • Máximo de afiliados: el número más alto de afiliados con el que el pacto colectivo aún no queda prohibido.

Cómo usar la calculadora

  1. Elige si la empresa ya firmó o va a firmar una convención colectiva, o si no hay ninguna.
  2. Escribe los afiliados al sindicato en la empresa. Si hay varios sindicatos con convención, suma sus afiliados.
  3. Escribe el total de trabajadores, contando también a los afiliados.

El resultado sale al momento con los valores de ejemplo. Verás si el pacto queda permitido o prohibido, el máximo de afiliados, cuántos sobran o cuántos aún caben, y el porcentaje.

Ejemplo

Una empresa tiene 300 trabajadores y 120 están afiliados al sindicato con el que tiene convención. De cada 100 trabajadores, 40 están afiliados.

DatoResultado
Tercera parte de 300 trabajadores100
Afiliados sobre el total40 %
Máximo de afiliados100 afiliados
Afiliados por encima del máximo20 afiliados
Trabajadores totales para que 120 afiliados no pasen del tercio360 trabajadores
Pacto colectivoProhibido

Con 100 afiliados de 300 (33,33 %), los afiliados son justo la tercera parte. No la exceden, así que la regla no prohíbe el pacto. Con 101 ya sería 303 contra 300 y quedaría prohibido.

Casos límite que conviene mirar

  • Exactamente un tercio: no excede. El decreto habla de «exceder», no de «llegar».
  • Totales que no se dividen entre 3: con 31 trabajadores, la tercera parte es 10,33. Con 10 afiliados se puede; con 11 ya no.
  • Sin convención: si no hay ni habrá convención colectiva, esta regla no se aplica. La calculadora te lo indica.
  • Cambios de plantilla: las altas y bajas modifican el total y los afiliados. Haz la cuenta con las cifras de la fecha que te interesa.

Qué hacer con el resultado

Si sale prohibido, el pacto colectivo no sería una vía para esa empresa mientras los afiliados pasen de la tercera parte. Si sale permitido, ten en cuenta que el pacto colectivo también tiene sus propios requisitos, como su depósito en el Ministerio del Trabajo, que puedes calcular en la calculadora del depósito del pacto colectivo. Para saber cuántos afiliados necesita un sindicato para existir, mira constitución y subsistencia del sindicato.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un pacto colectivo?

Es un acuerdo escrito entre el empleador y trabajadores que no están sindicalizados, para fijar condiciones de trabajo. Se diferencia de la convención colectiva, que se firma con un sindicato.

¿Cuántos afiliados hacen falta para que se prohíba?

Más de la tercera parte del total de trabajadores. Con 90 trabajadores, la tercera parte es 30: con 30 afiliados no se prohíbe y con 31 sí.

¿Cuenta solo un sindicato o todos?

El decreto habla de «sindicatos» con los que la empresa firmó o firma convenciones. Por prudencia, suma los afiliados de todos los sindicatos con convención en la empresa.

¿Qué pasa si la empresa no tiene convención colectiva?

Esta regla solo aplica a empresas que hayan firmado o firmen convenciones. Sin convención, la calculadora marca «No aplica», aunque habrá otros requisitos del pacto que debes revisar en la norma.

¿Los afiliados se cuentan por empresa o por sindicato en total?

Se cuentan los afiliados que trabajan en la empresa, frente al total de trabajadores de esa empresa. No se usa el total de afiliados del sindicato en todo el país.

¿Esta cuenta es una decisión oficial?

No. Es una estimación para orientarte con el texto del decreto. La interpretación en un caso concreto corresponde a las autoridades del trabajo.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula, con un ejemplo, está en cómo se calcula. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

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