Saltar al contenido

Calculadora de pensión de sobrevivencia D.L. 20530: viudez, orfandad y ascendientes

Calcula la pensión de viudez, orfandad o ascendientes del régimen del Decreto Ley 20530 de Perú. Escribe la pensión del fallecido y responde a las condiciones. Verás si hay derecho y cuánto sería al mes.

Solo Perú · Gratis y sin registro
Tus datos Importes en soles (PEN)
S/

La que cobraba, o la que le habría correspondido.

años

En esos casos no se exige el plazo de matrimonio.

Opciones avanzadas
S/

S/ 1,230 desde octubre de 2026.

%
%
%
%
Pensión de viudez al mes S/ 1,000.00

La pensión de viudez sería de S/ 1,000.00 al mes, el 50.00 % de la pensión del fallecido. Como era mayor a la RMV, se paga la mitad.

Pensión de la persona fallecida
S/ 2,000.00
Porcentaje aplicado
50 %
RMV usada
S/ 1,230.00

Ver cómo se calcula

Concepto Dato
Pensión de la persona fallecida S/ 2,000.00
Porcentaje aplicado 50 %
Pensión de viudez al mes S/ 1,000.00

Solo para Perú y para el régimen del Decreto Ley 20530.

Cómo se calcula y qué tiene en cuenta
  • Es una estimación: la ONP o la entidad donde trabajó el fallecido decide cada caso.
  • Si la pensión es igual a la RMV, se paga el 100 %. Si la supera aunque sea por S/ 0.01, se paga el 50 %.
  • La fuente oficial da el 50 % de orfandad como máximo; el reparto entre hijos aquí es en partes iguales, como estimación.
  • Los hijos con discapacidad tienen además una bonificación mensual que la ONP no publica con importe; no está incluida.
  • La RMV es de S/ 1,230 desde octubre de 2026. Si cambia, edítala en Opciones avanzadas.
¿Quieres que añadamos algo a esta calculadora?

Datos oficiales: Gobierno del Perú · Cómo lo calculamos y fuentes

Calculadora de pensión de sobrevivencia D.L. 20530: viudez, orfandad y ascendientes · calculadora gratis de Skilio

En resumen

  • En Perú, si el pensionista del régimen 20530 cobraba S/ 2,000, la viudez sería de S/ 1,000 al mes, el 50 % de su pensión.
  • Si la pensión era igual o menor a la RMV (hoy S/ 1,230), la viudez sube al 100 %: S/ 1,230.
  • La orfandad llega como máximo al 50 % de la pensión del fallecido, y la de ascendientes es del 20 %: S/ 400 con S/ 2,000.
  • Un hijo cobra hasta los 18 años; después, solo si estudia sin interrupción o tiene discapacidad para trabajar.

Qué pensión de sobrevivencia da el régimen 20530

Si el pensionista del Decreto Ley 20530 cobraba S/ 2,000, su viuda o viudo recibiría S/ 1,000 al mes. Es la mitad, porque la pensión superaba la remuneración mínima vital (RMV). Esta calculadora solo sirve para Perú y para el régimen del Decreto Ley 20530. No es la de jubilación: para eso mira la pensión del régimen 20530.

Es una estimación. La ONP, o la entidad del Estado donde trabajó la persona fallecida, decide cada caso con los documentos de la familia.

Cómo usar la calculadora

  1. Elige la pensión: viudez, orfandad o ascendientes.
  2. Escribe lo que cobraba, o le habría correspondido, la persona fallecida.
  3. Responde a las preguntas que salen según el caso.
  4. Mira el monto y, si no hay derecho, la condición que falla.

En Opciones avanzadas puedes cambiar la RMV y los porcentajes si la norma cambia.

Pensión de viudez

La ONP la da al cónyuge o conviviente de unión de hecho de un pensionista o asegurado fallecido. El porcentaje depende de la RMV:

Pensión del fallecidoViudez
Mayor a la RMV50 %
Igual o menor a la RMV100 %

Con la RMV en S/ 1,230, una pensión de S/ 1,230 da S/ 1,230. Con S/ 1,231 baja a S/ 615.50. Cuando la pensión supera la RMV, la ONP no publica una mínima; por eso no la hemos añadido.

Plazo de matrimonio

  • Si el cónyuge tenía menos de 60 años al casarse, el matrimonio debió ser al menos 1 año antes del fallecimiento.
  • Si tenía 60 años o más, al menos 2 años antes.
  • No se exige el plazo si el fallecimiento fue por accidente, si hubo hijos en común o si la viuda está embarazada.

Pensión de orfandad

Según la ONP, el monto máximo es el 50 % de la pensión del fallecido. Tienen derecho los menores de 18 años. Los mayores de 18 también, si estudian sin interrupción en educación básica o superior (hay que revalidarlo cada ciclo) o tienen discapacidad para trabajar. Con discapacidad hay además una bonificación mensual que la fuente no valora en soles.

La fuente no explica cómo se reparte entre varios hijos. Aquí lo repartimos en partes iguales, solo como estimación.

Pensión de ascendientes

Según la ONP, es el 20 % de la pensión del fallecido. Pide todo esto a la vez:

  • Madre de 55 años o más, padre de 60 o más, o discapacidad.
  • Dependencia económica del fallecido.
  • No tener actividad económica ni cobrar otra pensión.
  • Que no haya pensión de viudez ni de orfandad.

Fórmula

Viudez = pensión × (50 % si pensión > RMV; 100 % si pensión ≤ RMV)
Orfandad (máximo) = pensión × 50 %
Ascendientes = pensión × 20 %

Ejemplo

Pensión del fallecido de S/ 2,000, viudez, matrimonio de 3 años:

ConceptoDato
Pensión del fallecidoS/ 2,000.00
Porcentaje50 %
Viudez al mesS/ 1,000.00

Con 2 hijos con derecho, la orfandad máxima sería S/ 1,000 y S/ 500 por hijo. Para los padres, S/ 400.

Dónde se presenta la solicitud

Si el régimen lo administra la ONP, la solicitud se hace por videollamada o en sus oficinas, con un plazo de respuesta de 30 días hábiles (viudez y orfandad) o 30 días calendario (ascendientes). Si lo administra una entidad activa del Estado, se presenta en la empresa donde trabajó el fallecido.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra la viuda del régimen 20530?

El 50 % de la pensión del fallecido si era mayor a una RMV, y el 100 % si era igual o menor. Con S/ 2,000, serían S/ 1,000.

¿Cuánto tiempo de matrimonio hace falta?

Un año antes del fallecimiento si el cónyuge tenía menos de 60 años al casarse; dos años si tenía 60 o más. No se exige con accidente, hijos en común o embarazo.

¿Hasta qué edad cobra un hijo la pensión de orfandad?

Hasta los 18 años. Después, solo si sigue estudios sin interrupción o tiene discapacidad para el trabajo.

¿Los padres pueden cobrar a la vez que la viuda o los hijos?

No. La pensión de ascendientes se da solo si no hay pensión de viudez ni de orfandad.

¿Cuál es la RMV que usa la calculadora?

S/ 1,230 desde octubre de 2026, la misma de la calculadora de la RMV. Puedes cambiarla si sube.

¿Una conviviente tiene derecho?

Sí, si es unión de hecho con declaración judicial o notarial hecha antes del fallecimiento.

Cómo lo verificamos

Las fórmulas de esta calculadora se comprueban con pruebas automáticas, y cada cálculo ha pasado una revisión independiente: se rehízo por separado con otro código y se compararon las cifras. Los tramos, tipos e importes legales son los de 2026 y se contrastan en su fuente oficial: son los enlaces de arriba. La fórmula está en su apartado. Más detalles en cómo trabajamos, cómo calculamos: metodología y fuentes y quiénes somos y cómo hacemos las calculadoras.

Otras calculadoras que te pueden interesar