En resumen
- En Perú, con un promedio de S/ 2,500.00, el SCTR paga S/ 875.00 al mes al cónyuge con hijos: el 35 % de la remuneración.
- Sin hijos, la viudez sube al 42 %: S/ 1,050.00 al mes con ese mismo promedio.
- Cada hijo cobra el 14 %, S/ 350.00, y cada padre o madre con derecho otro 14 %, solo si queda saldo.
- Con cónyuge, 2 hijos y 1 ascendiente, el total es de S/ 1,925.00 al mes, el 77 % de la remuneración.
¿Cuánto paga el SCTR a la familia de un trabajador fallecido?
El SCTR paga a la familia una pensión mensual que es un porcentaje del promedio de las 12 últimas remuneraciones del trabajador. El cónyuge o conviviente cobra el 42 % si no hay hijos y el 35 % si los hay. Cada hijo cobra el 14 %. Con S/ 2,500.00 de promedio, la viudez con hijos es de S/ 875.00 al mes.
El SCTR (Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo) lo regula la Ley 26790 y lo contrata el empleador. Cubre la muerte por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. También cobra la familia de un pensionista del SCTR que fallece. Esta calculadora es solo para Perú. Para el sistema general de la ONP (Decreto Ley 19990), mira la pensión de viudez y orfandad de la ONP.
Cómo usar la calculadora
- Promedio de las 12 últimas remuneraciones. Suma lo que ganó el trabajador cada mes antes del accidente o la enfermedad y divide entre 12.
- Cónyuge o conviviente. Marca «Sí» si hay una persona con derecho.
- Hijos con derecho. Menores de 18 años o con discapacidad total y permanente.
- Madre o padre con derecho. Solo cobran si tienen discapacidad superior al 50 %, dependían del fallecido, no trabajan ni tienen pensión, y la madre tiene 55 años o más y el padre 60 o más.
En Opciones avanzadas puedes cambiar los porcentajes y el tope del conjunto.
Fórmula
Viudez = remuneración × 42 % (sin hijos) o × 35 % (con hijos) Orfandad, por hijo = remuneración × 14 % Ascendiente, cada uno = remuneración × 14 % (solo si queda saldo) Total = viudez + orfandad de todos los hijos + ascendientes
Si la suma de viudez y orfandad pasa del 100 % de la remuneración, se reducen en proporción. Los padres solo cobran con lo que quede hasta el 100 %.
Ejemplo
Un trabajador con promedio de S/ 2,500.00 deja cónyuge, 2 hijos y 1 madre con derecho.
| Concepto | Porcentaje | Importe al mes |
|---|---|---|
| Viudez (con hijos) | 35 % | S/ 875.00 |
| Orfandad, cada hijo | 14 % | S/ 350.00 |
| Orfandad, 2 hijos | 28 % | S/ 700.00 |
| Ascendiente | 14 % | S/ 350.00 |
| Total | 77 % | S/ 1,925.00 |
Hasta el 63 % lo cobran cónyuge e hijos. Quedan 37 de cada 100 soles libres, así que la madre cobra su 14 % completo.
Plazo para presentar a los beneficiarios
La ONP da 120 días calendario desde la fecha del fallecimiento para presentar a los beneficiarios. Si se presentan después, no se pierde el derecho, pero la pensión se cobra solo desde la fecha de la solicitud. El resultado llega en un máximo de 30 días calendario y, si tarda más, hay una pensión provisional.
Si el empleador no contrató el SCTR
Existe la cobertura supletoria: si el trabajador hacía labores de riesgo y su empleador no lo aseguró, la familia puede pedir la pensión igualmente. Hay que presentar la planilla del mes del accidente y las 12 últimas remuneraciones. Mira más sobre el seguro en la calculadora de coste del SCTR.
Fuentes oficiales
- Pensión por viudez del SCTR (ONP)
- Pensión de orfandad del SCTR (ONP)
- Pensión de ascendientes del SCTR (ONP)
Es una estimación. La fuente no detalla el tope del conjunto ni cómo se reparte si se pasa: la calculadora supone el 100 % y una reducción en proporción.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje cobra la viuda o el viudo por el SCTR?
El 42 % de la remuneración si no hay hijos y el 35 % si hay uno o más. Con S/ 2,500.00 de promedio son S/ 1,050.00 o S/ 875.00 al mes, y es una pensión vitalicia.
¿Cuánto cobra un hijo huérfano?
El 14 % del promedio de las 12 últimas remuneraciones. Con S/ 2,500.00 son S/ 350.00 al mes por cada hijo. Si tiene discapacidad total y permanente, la pensión es vitalicia.
¿Los padres también cobran?
Sí, pero solo si queda saldo después de la viudez y la orfandad. Cada uno cobra el 14 %. Deben tener discapacidad superior al 50 %, depender del fallecido y no trabajar ni tener otra pensión.
¿Y si pasan más de 120 días?
No pierdes el derecho. La pensión se cobra desde la fecha en que presentas la solicitud, no desde el fallecimiento.
¿Cuál es la diferencia con la pensión de viudez de la ONP?
La ONP del Decreto Ley 19990 paga el 50 % de la pensión del fallecido. El SCTR paga un porcentaje de sus 12 últimas remuneraciones y solo si la muerte fue por accidente de trabajo o enfermedad profesional.
