En resumen
- En Venezuela el Instituto Nacional de Empleo tiene 15 días hábiles para decidir si te corresponde el paro forzoso (art. 36 de la ley).
- Tras la notificación tienes 15 días para pedir reconsideración o, en su caso, el recurso jerárquico ante el Presidente del Instituto.
- Si pediste el paro el 20 de octubre, el límite de decisión es el 10 de noviembre. Con notificación ese día, el recurso vence el 25 de noviembre.
- La prestación debe pagarse dentro de los 30 días siguientes a la solicitud (art. 37): en ese ejemplo, hasta el 19 de noviembre.
Qué plazos fija la ley para el paro forzoso
Cuando pides el paro forzoso en Venezuela, el Instituto Nacional de Empleo tiene 15 días hábiles para decidir; si te lo niegan, tienes 15 días para reconsideración o jerárquico, y el pago debe llegar en 30 días desde la solicitud. Son los artículos 36 y 37 de la Ley del Régimen Prestacional de Empleo.
Esta calculadora sirve solo para Venezuela. Es una estimación con las fechas que escribes: quien decide es el Instituto Nacional de Empleo.
| Paso | Plazo | Artículo |
|---|---|---|
| Decisión del Instituto | 15 días hábiles desde la solicitud | 36 |
| Reconsideración o jerárquico | 15 días siguientes a la decisión | 36 |
| Pago de la prestación | 30 días siguientes a la solicitud | 37 |
Para saber desde cuándo puedes pedirlo, mira el plazo para solicitar el paro forzoso. Aquí empieza lo que ocurre después de pedirlo.
Cómo usar la calculadora
- Escribe el día en que pediste la calificación.
- Escribe el día en que te notificaron la decisión.
- Escribe la fecha de hoy, o el día en que piensas presentar el recurso.
- Mira el límite de decisión, el último día del recurso, los días que te quedan y el límite de pago.
En las opciones avanzadas puedes cambiar los plazos y sumar los feriados entre semana que cayeron mientras el Instituto decidía.
Cómo se cuentan los días
Los días hábiles son de lunes a viernes. La calculadora empieza a contar el día siguiente a la solicitud y salta sábados y domingos. Cada feriado entre semana que indiques suma un día hábil más.
Los 15 días del recurso se cuentan seguidos desde la notificación. El texto de la ley dice «quince días siguientes» y no aclara que sean hábiles, así que se elige la cuenta más prudente. Los 30 días del pago también corren seguidos.
Límite de decisión = solicitud + 15 días hábiles Último día del recurso = notificación + 15 días Límite de pago = solicitud + 30 días Días que quedan = 15 − días desde la notificación
Ejemplo
Pediste el paro forzoso el 20 de octubre y te notificaron el 10 de noviembre. Hoy es el 16 de noviembre.
| Concepto | Fecha o dato |
|---|---|
| Solicitud | 20/10/2026 |
| Límite de decisión (15 días hábiles) | 10/11/2026 |
| Notificación | 10/11/2026 |
| Último día del recurso | 25/11/2026 |
| Días desde la notificación | 6 días |
| Días que quedan | 9 días |
| Límite de pago (30 días) | 19/11/2026 |
La decisión llegó el último día del plazo, así que está dentro de lo previsto. Te quedan 9 días para el recurso. Como hoy faltan 3 días para el límite de pago, ese plazo aún no ha pasado.
Reconsideración y jerárquico: qué son
La reconsideración se presenta ante el mismo Instituto y le pide revisar su decisión. El recurso jerárquico va ante el Presidente o Presidenta del Instituto. Según el artículo 36, la decisión de este último agota la vía administrativa.
La ley no detalla aquí el formato del escrito. Pregunta en el Instituto qué documentos piden y guarda copia de todo lo que entregues, con la fecha de recibido.
Qué pasa si el pago se retrasa
Si pasa el límite de pago, el artículo 37 dice que el retraso genera intereses moratorios, calculados según la variación del Índice de Precios al Consumidor de Caracas. Puedes estimarlos con la calculadora de intereses por mora del paro forzoso.
Para saber cuánto cobrarías, usa la de prestación del paro forzoso.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días tiene el Instituto Nacional de Empleo para decidir mi paro forzoso?
Quince días hábiles, según el artículo 36 de la ley. La decisión debe ser fundamentada. Los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar feriados.
¿Cuántos días tengo para pedir la reconsideración?
Quince días siguientes a la decisión. En la calculadora, cuenta desde el día de la notificación. Si hoy es el último día, aún estás a tiempo.
¿Qué diferencia hay entre reconsideración y jerárquico?
La reconsideración la revisa el propio Instituto. El jerárquico se presenta ante su Presidente o Presidenta, y su decisión agota la vía administrativa.
¿En cuánto tiempo debe pagarse la prestación?
Dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la solicitud (art. 37). Si hay retraso, se generan intereses moratorios.
¿Los 15 días del recurso son hábiles?
El texto de la ley dice «quince días siguientes». Esta calculadora los cuenta seguidos, que es lo más prudente. Confirma con el Instituto cómo cuenta él el último día.
¿Los plazos cambian cada año?
No cambian con el año. Solo variarían si se reforma la ley. Por eso están como campos editables en las opciones avanzadas.
